Martín Vizcarra: ¿fiscal podría pedir prisión preventiva por incumplir normas de conducta?

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El dominical Panorama sostuvo, mediante un reportaje, que el expresidente Martín Vizcarra podría afrontar un nuevo problema en su proceso judicial, pues habría tenido una reunión secreta en el hotel Monasterio del Cusco con una excandidata al Congreso por Somos Perú, Zully Pinchi.

El expresidente solicitó un permiso al Poder Judicial para realizar solo actividades partidarias en la Ciudad Imperial, sin embargo, habría pactado esta reunión privada.

Martín Vizcarra, expresidente de la República, aseguró que nunca cometió ni una sola irregularidad en el viaje que realizó al Cusco en febrero de este año y afirmó que todas las acusaciones son parte de una campaña de desprestigio:

Esto es parte de una campaña para desprestigiarme, tratan de inhabilitarme, comienzan a atacarme mediáticamente. Son siete reglas de conducta que yo debo cumplir para el Poder Judicial. He pedido como 15 veces (salir de Lima) solo me han autorizado tres. Así de celosos son conmigo, en cambio Vladimir Cerrón tiene las mismas restricciones y viaja por todo el Perú.

A raíz de una presunta transgresión del expresidente Martín Vizcarra al permiso judicial para viajar al Cusco por actividades políticas, surgen la siguiente inquietud: ¿la Fiscalía podría solicitar que se varíe su condición de comparecencia a prisión preventiva?

Ante esta pregunta, es necesario contemplar dos opciones: la primera, que el fiscal solicite prisión preventiva por incumplimiento de normas de conducta; sin embargo, la otra opción consiste en solicitar un apersonamiento, es decir, un llamado de atención por parte del juzgador para que no vuelva a violar las reglas de conducta.

Es importante precisar que el expresidente rindió cuentas en clave de días y horas, en atención a todas sus actividades, soslayando la reunión que habría tenido con Zully Pinchi. Estos son los efectos jurídicos que provocan el incumplimiento de una regla de conducta:

Artículo 59.- Efectos del incumplimiento 

Si durante el período de suspensión el condenado no cumpliera con las reglas de conducta impuestas o fuera condenado por otro delito, el Juez podrá, según los casos:

1. Amonestar al infractor;

2. Prorrogar el período de suspensión hasta la mitad del plazo inicialmente fijado. En ningún caso la prórroga acumulada excederá de tres años; o

3. Revocar la suspensión de la pena.

¿Prisión preventiva?

Al respecto, el abogado penalista Dino Carlos Caro Coria comenta que se trata de una violación del mandato de comparecencia y del permiso de viaje, y que (Martin Vizcarra) se expone a una revocatoria del mandato de comparecencia.

Por su lado, el abogado Mario Amoretti aclaró que, al rendir cuentas al Juzgado, describió todas sus actividades, pero omitió comunicar al Juzgado el encuentro que tuvo en esa habitación, algo que no le estaba permitido.

Es importante recordar que el expresidente es investigado por la presunta comisión de los delitos contra la administración pública, concusión y negociación incompatible o aprovechamiento del cargo y que ayer el Juzgado decidió levantar su impedimento de salida del país, pues el periodo comprendido para la medida venció y el Ministerio Público no presentó ninguna acción para prolongar la misma.

Al respecto, la prisión preventiva es una medida excepcional que, a pedido de un fiscal, puede ser dictada por un juez para que la persona, a pesar de no haber sido condenado por un delito, ingrese a un centro penitenciario y permanezca allí durante el tiempo que dure el proceso penal. Esta medida es excepcional y solo puede ser aplicada por un juez penal cuando nos encontremos en circunstancias específicas, como las siguientes:

1.  Cuando se haya realizado un delito doloso o culposo y existan elementos razonables de prueba que la persona sobre la cual caerá la prisión preventiva, participó en la realización del hecho delictivo. Es decir, cuando exista lo que en derecho penal se conoce como el fumus commissi delicti (aparente comisión del delito.)

2.  Para que proceda la prisión preventiva, el juez deberá verificar, si en el caso concreto, la sanción que probablemente se impondrá a futuro en la sentencia condenatoria, será superior a los 4 años de prisión.

Mira aquí el vídeo completo sobre vacancia del expresidente Vizcarra 

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