Oficializan vacancia del presidente Martín Vizcarra [Resolución 001-2020-2021-CR]

Publicado en el diario oficial El Peruano, el 10 de noviembre de 2020.

[Actualización]

RESOLUCIÓN DEL CONGRESO QUE DECLARA LA PERMANENTE INCAPACIDAD MORAL DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA VACANCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución del Congreso siguiente:

RESOLUCIÓN DEL CONGRESO 001-2020-2021-CR

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 20 de octubre de 2020, se presentó la Moción de Orden del Día 12684, que propone la vacancia de la Presidencia de la República por la causal prevista en el inciso 2 del artículo 113 de la Constitución Política del Perú, con la cual se inició el trámite previsto en el artículo 89-A del Reglamento del Congreso.

Que, conforme al procedimiento previsto en el artículo 89-A del Reglamento del Congreso, en la sesión virtual del Pleno del 23 de octubre de 2020 se dio cuenta de la referida moción y en la siguiente sesión virtual del 2 de noviembre del año en curso, previa deliberación, el Pleno aprobó su admisión, acordándose que el debate y la votación del pedido de vacancia se efectuaría el 9 de noviembre a las 10 horas.

Que, en la sesión virtual del Pleno del Congreso del 9 de noviembre de 2020, el presidente de la República, señor Martín Alberto Vizcarra Cornejo, ejerció personalmente su derecho de defensa conforme a lo previsto en el Reglamento del Congreso, respetándose de esta manera el derecho constitucional al debido proceso.

Que, en la referida sesión virtual, el Pleno ha debatido con amplitud los fundamentos, argumentos y razones que sustentan el pedido de vacancia propuesto mediante la Moción de Orden del Día 12684, así como los descargos formulados por el señor Martín Alberto Vizcarra Cornejo, presidente de la República, conforme obra en el diario de los debates del Parlamento.

HA RESUELTO:

Artículo 1. Declaración de permanente incapacidad moral del presidente de la República

Declárase la permanente incapacidad moral del presidente de la República, señor Martín Alberto Vizcarra Cornejo, según lo establecido en el inciso 2 del artículo 113 de la Constitución Política del Perú.

Artículo 2. Declaración de vacancia de la Presidencia de la República

Declárase la vacancia de la Presidencia de la República y, en consecuencia, la aplicación del régimen de sucesión establecido en el artículo 115 de la Constitución Política del Perú.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en el palacio del Congreso, en Lima, a los nueve días del mes de noviembre de dos mil veinte.

MANUEL MERINO DE LAMA
Presidente del Congreso de la República

LUIS ALBERTO VALDEZ FARÍAS
Primer Vicepresidente del Congreso de la República

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[Actualización] El pleno del Congreso declaró la vacancia del presidente Martín Vizcarra. Fueron 105 votos a favor, 19 en contra y 4 abstenciones. Por la mañana, el jefe de Estado ejerció su derecho a la defensa por cerca de una hora y posteriormente intervinieron los voceros de las bancadas y los demás legisladores.

Alianza Para el Progreso, el Frepap y Fuerza Popular fueron las bancadas que cambiaron la posición de sus votos, a lo que ya se pronosticaba hace un par de días, al respaldar a la vacancia presidencial, superando los 87 requeridos. Solo la bancada del Partido Morado, algunos del Frente Amplio y de Acción Popular se mostraron en contra de la moción de vacancia.

“En cumplimiento del artículo 89-A del Reglamento del Congreso, la Resolución del Congreso aprobada será comunicada de inmediato al vacado y al presidente del Consejo de Ministros”, dijo Manuel Merino De Lama, presidente del Congreso.

Mañana, 10 de noviembre, a las 5 p. m., jurará Manuel Merino, titular del Congreso de la República, como nuevo presidente de la República.

Merino presidente

El titular del Congreso de la República, Manuel Merino de Lama, es el llamado a suceder a Martín Vizcarra en el cargo de presidente de la República.

El legislador de Acción Popular citó a sesión solemne de asunción para este martes 10 de noviembre a las 5 de la tarde. De esta manera, el congresista será quien lidere dos poderes Ejecutivo y Legislativo.


[Nota previa]

En este momento el presidente Martín Vizcarra, desde el Congreso de la República, ejerce su defensa en la segunda moción de vacancia.

Como se recuerda, el pasado lunes, el pleno del Congreso decidió admitir a debate la moción de vacancia presidencial impulsada por la bancada de Unión por el Perú (UPP) y otros legisladores.

Con 60 votos a favor, el pleno admitió la Moción de Orden del Día 12684, que propone declarar la permanente incapacidad moral del presidente de la República según lo establecido en el inciso 2 del artículo 113 de la Constitución Política del Perú.

Además, plantea que se “declare la vacancia de la Presidencia de la República y, en consecuencia, la aplicación del régimen de sucesión establecido en el artículo 115 de la Constitución Política del Perú”.

En dicha sesión también se acordó invitar al jefe del Estado para que asista este lunes 9, a ejercer su derecho de defensa, en cumplimiento al inciso c del artículo 89-A del Reglamento del Congreso.

El inciso d señala que el acuerdo que declara la vacancia de la Presidencia de la República, por la causal prevista en el inciso 2 del artículo 113 de la Constitución, requiere de una votación calificada no menor a los 2/3 del número legal de miembros del Congreso.

La nueva moción de vacancia contra el Presidente de la República se presentó por las afirmaciones de aspirantes a colaboradores eficaces ante la fiscalía, sobre hechos de cuando era gobernador regional de Moquegua.

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