En entrevista con LP, el abogado civilista Mario Solís Córdova analizó distintos problemas relacionados con la prescripción adquisitiva de dominio, la informalidad en la propiedad y los conflictos patrimoniales entre familiares. Durante la conversación, el especialista sostuvo que muchos litigios sobre inmuebles se originan por acuerdos verbales o compras realizadas «por confianza» entre parientes.
Durante la entrevista, Solís explicó que los mayores conflictos patrimoniales que observa en el ejercicio profesional no suelen producirse entre desconocidos, sino dentro de las propias familias. El abogado señaló que, en numerosos casos, hermanos o familiares adquieren propiedades utilizando el nombre de otra persona sin formalizar adecuadamente la titularidad del bien.
Somos la hora peruana, somos dejados y somos confiados. Los mayores problemas en estos asuntos se dan entre familiares. El hermano que compró a nombre del otro y luego no se lo devuelven. Los líos familiares son lo más complicado. Por eso siempre le digo a la gente que los asuntos patrimoniales deben dejarse en lo más frío y firmar documentos. Los conflictos de propiedad destruyen familias en el Perú. Cuando el tema es familiar ya entra el odio.
Informalidad en temas de propiedad
Durante la conversación, el civilista sostuvo que la informalidad en la posesión y transferencia de inmuebles continúa siendo una característica recurrente en el Perú. Según explicó, muchas personas toman decisiones patrimoniales sin evaluar las consecuencias legales o sin formalizar adecuadamente los acuerdos relacionados con la propiedad.
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«Perú es un país de informales. La prescripción adquisitiva es una respuesta de hace casi 2000 años a un problema peruano de hace 50 o 100 años», especificó. El abogado agregó además que gran parte del crecimiento urbano en Lima y otras ciudades estuvo relacionado con ocupaciones informales de terrenos.
Solís sostuvo también que la prescripción adquisitiva permitió que miles de familias pudieran posteriormente formalizar sus propiedades y acceder a mejores condiciones económicas, pues «estos mecanismos tan antiguos han servido para el ascenso social y la mejora de vida».
«Siempre es bueno tener títulos sobre los inmuebles»
Otro de los temas desarrollados durante la entrevista estuvo relacionado con la importancia de formalizar jurídicamente la propiedad de los inmuebles. El especialista indicó que tener un título inscrito no solo brinda seguridad jurídica, sino también acceso al crédito y mejores oportunidades económicas.
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«En los años 90 con Hernando de Soto se difundió la importancia de tener títulos sobre los bienes inmuebles porque nos vuelve sujetos de crédito y nos capitaliza». El abogado añadió además que «si tiene la posesión es muy importante porque es el primer contacto con la tierra, pero llegar a alcanzar el título de propiedad también lo es».
Solís recordó además las campañas de titulación desarrolladas en distintas zonas del país y señaló que muchas familias percibían la obtención del título como un cambio importante en sus vidas. «Alguna vez vi las campañas de titulación y la gente lo vivía como el nacimiento de un hijo tras veinte años de condiciones difíciles».
Contratos de «transferencia de posesión»
Durante la entrevista, Mario Solís también criticó determinadas prácticas utilizadas en operaciones informales sobre inmuebles. Entre ellas mencionó contratos de «transferencia de posesión» elaborados por algunos abogados pese a que, según sostuvo:
Hay colegas que hacen contratos de transferencia de posesión, lo cual es un contrato inexistente porque no se puede transferir un hecho, engañando a la gente haciéndoles creer que eso les genera un derecho.
Asimismo, advirtió sobre casos de personas que adquieren terrenos sin verificar adecuadamente la situación legal del inmueble o la legitimidad del vendedor. Hay grandes mafias que se dedican a estafar vendiendo lugares que no les pertenecen».
La buena fe se acaba cuando uno conoce la verdad
Otro de los puntos abordados en la entrevista fue el concepto de buena fe dentro de la prescripción adquisitiva. Solís explicó que la denominada «buena fe creencia» consiste en que una persona considere legítimamente que adquirió correctamente un inmueble.
«La buena fe creencia es un estado psicológico donde usted cree que estaba haciendo las cosas bien, usted posee un terreno creyendo que se lo vendieron bien». Sin embargo, precisó que esa condición desaparece cuando el poseedor descubre que quien transfirió el inmueble no era realmente propietario.
El abogado añadió además que la buena fe y el justo título permiten acceder a una prescripción adquisitiva más corta dentro del sistema peruano, ya que «la buena fe se acaba cuando uno conoce la verdad, cuando se entera de que el vendedor no era el dueño».
Mira la entrevista completa aquí:
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