Fundamento destacado: CONCLUSIÓN: POR MAYORÍA.- El Juez puede aplicar el Control Difuso para determinar en un proceso de esta naturaleza si le corresponde a este menor conocer quien es su padre biológico.
PLENO JURISDICCIONAL EN MATERIA FAMILIA
13 y 14 de septiembre de 2007
1. LA PENSIÓN DE ALIMENTOS A FAVOR DE LOS HIJOS ALIMENTISTAS
CONCLUSIÓN: POR MAYORÍA
La pensión de alimentos debe continuar para aquellos alimentistas que superen los dieciocho años siempre que continúen estudiando sin laborar, debiendo encontrarse este hecho debidamente acreditado.
2. NO APLICACIÓN DE LA SUSPENSIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN PREVISTA EN EL INCISO 4 DEL ARTÍCULO 1994° DEL CÓDIGO CIVIL AL CASO DE LAS PENSIONES ALIMENTICIAS.
CONCLUSIÓN
Es aplicable la interrupción de la prescripción prevista en el artículo 1996 del Código Civil, por los casos previstos allí.
3. DERECHO DE IDENTIDAD EN CONTRADICCIÓN A LA PRESUNCIÓN IURE ET DE IURE PREVISTA EN LOS ARTÍCULOS 361° CONCORDANTE CON LOS ARTÍCULOS 396° Y 404° DEL CÓDIGO CIVIL
CONCLUSIÓN: POR MAYORÍA
El Juez puede aplicar el Control Difuso para determinar en un proceso de esta naturaleza si le corresponde a este menor conocer quien es su padre biológico.
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