Conclusión plenaria: El plenario adoptó por MAYORÍA la posición 1:
SE PRESENTA UN CONCURSO APARENTE ENTRE LAS FIGURAS TÍPICAS PREVISTAS EN EL ART. 122-B.2 DEL CP Y EL ART. 368° DEL CP, POR TANTO, SE DEBE APLICAR LA LEY PENAL MÁS FAVORABLE. Existe identidad en la regulación del incumplimiento de una medida de protección de no agresión en contra de mujer o integrante del grupo familiar entre lo estipulado en el art. 122.B°.2 y el art. 368° del CP.; por lo que, la conducta debe ser calificada bajo la agravante prevista en el segundo parágrafo del art. 122-B°.2 del CP., dado que prevé una penalidad abstracta menor
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO
PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL EN MATERIA PENAL
ACTA DE SESIÓN PLENARIA
La Comisión de Plenos Jurisdiccionales encargada de la realización del Pleno Jurisdiccional Distrital en Materia Penal de Cusco para el año 2019, integrada por los Magistrados Dr. Luis Alfonso Sarmiento Núñez en su condición de Presidente, Dr. Pedro Álvarez Dueñas y Dr. Aníbal Abel Paredes Matheus, se reúne en la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cusco en fecha 27 de septiembre del año 2019 a horas 14:30, junto a los Jueces Penales Especializados y Superiores de la Corte Superior de Justicia de Cusco, con la finalidad de llevar cabo el Pleno Jurisdiccional Distrital programado para la fecha y hora.
Las palabras de bienvenida fueron dadas por la Lic. Eva Ramos Murriel, representante de la Oficina de Imagen Institucional de la Corte Superior de Justicia del Cusco. Posteriormente, se procedió con la inauguración del evento por parte del Juez Superior Dr. Pedro Álvarez Dueñas, y la presentación de los temas a debatir, la metodología y las pautas del Pleno por el Director de Debates, Juez Superior Dr. Luis Alfonso Sarmiento Núñez.
Para el presente Pleno Jurisdiccional se escogieron como temas a debatir:
TEMA I.- Vinculación del periodo de prueba a la pena impuesta en los casos de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución.
TEMA II.- Formación del expediente judicial para el juzgamiento.
TEMA III.- El incumplimiento de las medidas de protección dictadas en los procesos de violencia familiar constituye la circunstancia agravante prevista en el inciso 6 del segundo parágrafo del art. 122-b del CP, o delito de desobediencia a la autoridad previsto en la segunda parte del artículo 368° del CP.
[…]
TEMA III.- Realizado el conteo de votos, se verifica la votación de los señores Magistrados Superiores en base a las posiciones o tesis propuestas en el Pleno, siendo el resultado el siguiente:
-
- Posición 1: 7 votos.
- Posición 2: 5 votos.
Conclusión plenaria
El plenario adoptó por MAYORÍA la posición 1: SE PRESENTA UN CONCURSO APARENTE ENTRE LAS FIGURAS TÍPICAS PREVISTAS EN EL ART. 122-B.2 DEL CP Y EL ART. 368° DEL CP, POR TANTO, SE DEBE APLICAR LA LEY PENAL MÁS FAVORABLE. Existe identidad en la regulación del incumplimiento de una medida de protección de no agresión en contra de mujer o integrante del grupo familiar entre lo estipulado en el art. 122.B°.2 y el art. 368° del CP.; por lo que, la conducta debe ser calificada bajo la agravante prevista en el segundo parágrafo del art. 122-B°.2 del CP., dado que prevé una penalidad abstracta menor.
[Continúa…]
![Que el policía haya sido suspendido no desaparece su arraigo laboral, en tanto tiene trabajo y su actividad esencial se circunscribe a dicha condición hasta que se determine su situación jurídica [Casación 435-2024, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-justicia-juez-jueza-defensa-civil-penal-juicio-LPDerecho-218x150.jpg)

![[VIVO] Clases introductorias de razonamiento probatorio (28 y 29 de octubre)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Dayana-Cruz-Ibanez-LPDerecho-218x150.jpg)
![CSN inaplica Ley 32170 (que prescribe delitos de lesa humanidad) y condena a militares por desapariciones forzadas de estudiantes, docentes y trabajadores, al tiempo que absuelve a otros [Exp. 00123-2010-0-5001-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)
![La prueba trasladada no lesiona el derecho de defensa si abogado tuvo la posibilidad de efectuar sus observaciones y realizar un contrainterrogatorio [Exp. 01570-2024-PHC/TC, f. j. 23] Recurso de elevación de actuados](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-fachada-tc-peru-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala otorga tenencia a padre conocido por protestar cantando en frontis de juzgado [Expediente 02892-2021-0-2001-JR-FT-04]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PADRE-CANTANDO-PROTESTA-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Puede un funcionario público patrocinar a particulares en procesos contra la misma entidad donde labora? [Informe Técnico 947-2025-Servir-GPGSC] Servir](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-218x150.png)
![Suprema fija plazo de 20 días para impugnar laudos económicos que resuelven una negociación colectiva bajo la Ley 31188 [Apelacion 2510-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Varias organizaciones sindicales pueden negociar en conjunto si ninguna alcanza el cincuenta por ciento más uno de afiliados? [Informe Técnico 1269-2025-Servir-GPGSC] sindicato licencia sindical](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/sindicato-licencia-sindical-LPDerecho-218x150.png)



![Indecopi declara ilegales restricciones de Migraciones que impedían la participación de apoderados en trámites administrativos [Res. 0363-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/FACHADA-MIGRACIONES-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIDEO] Hay jueces que rechazan cautelares porque «el caso es complejo», advierte Giovanni Priori en LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/JUECES-RECHAZAN-CAUTELARES-GIOVANNI-LPDERECHO-218x150.jpg)




![Sala de Extinción de Dominio ordena transferir más de un millon de soles de cuentas de Vladimir Cerrón al Estado [Exp. 00055-2024-0-5401-JR-ED-ED-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/VLADIMIR-CERRON-DOC-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Que el policía haya sido suspendido no desaparece su arraigo laboral, en tanto tiene trabajo y su actividad esencial se circunscribe a dicha condición hasta que se determine su situación jurídica [Casación 435-2024, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-justicia-juez-jueza-defensa-civil-penal-juicio-LPDerecho-324x160.jpg)





![Que el policía haya sido suspendido no desaparece su arraigo laboral, en tanto tiene trabajo y su actividad esencial se circunscribe a dicha condición hasta que se determine su situación jurídica [Casación 435-2024, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-justicia-juez-jueza-defensa-civil-penal-juicio-LPDerecho-100x70.jpg)
![Bien jurídico protegido y resultado objetivo del delito de afiliación a organización terrorista [RN 607-2022 Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/terrorismo-1-LPDerecho-324x160.jpg)