El Día del Juez: acerca de su origen histórico

El autor es juez superior de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca.

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En el Perú, a partir del año 1971, todos los 4 de agosto se celebra el Día del Juez. La fecha fue establecida por Decreto Ley 18918 del 3 de agosto de 1971, expedido durante el gobierno de facto del general de división EP Juan Velasco Alvarado, en recuerdo de la fecha en que se creó la Alta Cámara de Justicia (órgano que sustituyó a la Real Audiencia española y a los oidores, y que constituye el antecedente remoto de la actual Corte Suprema de Justicia de la República) por el General Libertador don José de San Martín San Martín, vale decir, el 4 de agosto de 1821.

Rememorando los primeros años de nuestra historia republicana, encontramos que el 4 de agosto de 1821, pocos días después de haber sido declarada la independencia del régimen español, vale decir, hace 194 años, el general libertador, don José de San Martín, inspirado en el propósito de centralizar el poder en el nuevo Estado en formación, a la par que dispuso la demarcación del territorio liberado y de trazar el derrotero de la administración de justicia, instituyó en la ciudad capital de Lima la Alta Cámara de Justicia, para reemplazar a la Real Audiencia española y a los oidores, acto que fue precedido cinco meses antes, el 12 de febrero de 1821, por la determinación de establecer el departamento de Trujillo con jurisdicción septentrional (en la que se incluía al actual departamento de Cajamarca) y, al mismo tiempo, crear la Cámara de Apelaciones con sede en esa ciudad.

Alta Cámara de Justicia que por lo demás estuvo integrada por un presidente, ocho vocales y dos fiscales (uno para las causas civiles y otro para las criminales), y que es el antecedente remoto de la actual Corte Suprema de la República, máxima instancia de la administración de la justicia en el país.

De esta manera, San Martín, al crear la Alta Cámara de Justicia, en muestra de respeto hacia el Poder Judicial, prometió que se abstendría de mezclarse “en el solemne ejercicio de las funciones judiciarias, porque su independencia es la única y verdadera salvaguardia de la libertad del pueblo”, aparte de reconocer la necesidad impostergable de “desechar las reliquias de instituciones que nos dio el despotismo y hacer sentir a los pueblos el beneficio de la libertad”, toda vez que “en los Estados libres, el culto a la justicia es una de las garantías del orden social”.

Siglo y medio después de que don José de San Martín creara la Alta Cámara de Justicia, por Decreto Ley 18918 del 3 de agosto de 1971, el General de División EP Juan Velasco Alvarado, presidente de facto, designó el 4 de agosto como Día del Juez, en recuerdo de la anterior fecha, para enaltecer la magistratura nacional y con el propósito de estimular la cultura jurídica y la solidaridad profesional entre los ciudadanos encargados de administrar Justicia en la República.

Empero, no debe dejar de recordarse que fue el mismo presidente Juan Velasco Alvarado quien en 1969 destituyó a los miembros de la Corte Suprema (DL 18060 del 23.11.69) y designó motu proprio a sus reemplazantes, y que el mismo año 1971 (DL 18831 del 13.04.71 y DL 18985 del 12.10.71) creó y organizó el malhadado Consejo Nacional de Justicia (mala copia de la propuesta del organismo técnico de similar denominación que el ilustre patricio Manuel Vicente Villarán propuso en el anteproyecto de la Constitución de 1933). Consejo Nacional de Justicia que se convirtió en un ente controlado por el gobierno militar, que estableció un inaceptable tutelaje para el nombramiento de los magistrados, convirtiéndose en un mecanismo intervencionista negatorio de la independencia del Poder Judicial y, que finalmente, llegó a fracasar estrepitosamente al haber politizado la designación de los magistrados, aparte de pretender cambiar el sentido de sentencias, de destituir y deportar por consignas políticas a magistrados de la Corte Suprema y a distinguidos miembros del Colegio de Abogados de Lima.

Es decir, el gobierno militar de Velasco con una mano reconoció declarativamente la alta misión de la Magistratura Nacional y con la otra, manu militari, diluyó la autonomía e independencia de los integrantes del Poder Judicial.

De lo dicho hasta aquí, se puede constatar la complejidad y tensiones de las relaciones entre magistrados y poder político (militares o civiles) que han marcado nuestra historia nacional desde la época de la Independencia y hasta nuestro pasado reciente. Desde un “demócrata” San Martín delineando al Poder Judicial como un pilar esencial del modelo republicano de gobierno, pasando por un Velasco que convirtió al Poder Judicial en apéndice de su gobierno de facto y continuando con sus seguidores de la década del noventa del siglo XX.

Relaciones conflictivas que no ha sido más que el reflejo de una de las líneas tendenciales de nuestro constitucionalismo histórico que acentuó el predominio del Poder Ejecutivo y el régimen presidencialista, cuya exacerbación dio paso, durante los siglos XIX y XX, al fenómeno del “caudillismo” y “militarismo”, bajo cuyo mano se dieron muchos períodos dictatoriales, autoritarios y despóticos; situación que determinó que uno de los rasgos característicos de las Constituciones de 1979 y 1993 sea su impronta antimilitar, enfatizándose el sometimiento del poder militar al poder civil, incluso en el ámbito judicial, carácter de nuestra institucionalidad que no tuvo un correlato en la realidad como es fácil de constatar en las páginas recientes de nuestra historia.

Sin perjuicio de lo constatado anteriormente, el Decreto Ley 18918, aparte de designar el 4 de agosto como Día del Juez, dispuso que anualmente las Cortes Superiores de Justicia realizaran en esa fecha sesiones solemnes destinadas a rememorar la obra de los magistrados peruanos que han contribuido a la correcta administración de Justicia, al progreso de la cultura jurídica del país y a la emancipación social, política y económica de la República.

Como se puede apreciar, la valla impuesta por dicha norma legal deviene en sumamente alta como para que se la pueda superar con facilidad.

Sin desmerecer el valioso desempeño de innumerables magistrados, hombres y mujeres, en los distintos lugares del país, en el cumplimiento de la misión encomendada por el Estado para brindar el servicio de administrar justicia; es preciso indicar que la historia judicial no es rica en el registro de magistrados ejemplares, héroes civiles de la magistratura, que hayan contribuido sustantivamente a la correcta administración de justicia, al progreso de la cultura jurídica y a la emancipación de la República, tal como lo exige el Decreto Ley 18918.

Así, resulta evidente que la falta de independencia del Poder Judicial ante la injerencia y presión del poder político y económico, junto a  la ineficiencia y la corrupción, han constituido problemas que históricamente han afectado al servicio de administración de justicia del Perú y la moral de los magistrados, mucho más que la insuficiente autonomía presupuestaria, deteriorando la imagen y credibilidad de la judicatura ante la opinión pública, generando un sentimiento de desconfianza frente a la justicia oficial y su desaprobación social.

A pesar de ello, es posible mencionar a algunos magistrados emblemáticos del Poder Judicial y del Ministerio Público cuyo desempeño funcional se enmarcó en los parámetros normativos indicados. Entre otros, se destacan el fiscal supremo Guillermo Seoane, el vocal de la Corte Suprema de la República Domingo García Rada, el primer Fiscal de la Nación Gonzalo Ortiz de Zevallos, el vocal de la Corte Suprema de la República Carlos Ernesto Giusti Acuña, la jueza Antonia Esther Saquicuray Sánchez que en el caso “Barrios Altos” declaró inaplicable por inconstitucional una ley de amnistía, la jueza Inés Villa Bonilla al enfrentar la complejidad de los casos de corrupción generalizada de las últimas décadas, la vocal suprema Elcira Vásquez Cortez Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, el expresidente y juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos don Diego García-Sayán Larrabure, etc.

Finalmente, es posible afirmar que reconocer y rememorar la valiente actitud de los y las magistradas mencionadas anteriormente, esencialmente por resistir las presiones del poder político, económico y militar, evitar la quiebra de la institucionalidad del Poder Judicial peruano y para fortalecer el sistema interamericano de derechos humanos, así como para priorizar el respeto de los derechos fundamentales de los justiciables previstos en la Constitución, los convierten en figuras emblemáticas por su contribución a la correcta administración de justicia y al desarrollo de la cultura jurídica del país.

Ello no es más que el reflejo de sus convicciones éticas, de su independencia de criterio y de su estatura moral, que puede servir para elevar la autoestima de la magistratura, esencialmente porque su legado será el de permitirnos concebir optimistamente a los y las Jueces, no solo como pilares de la justicia, sino como defensores de la democracia y de los derechos fundamentales de las personas de la República del Perú, tal como la soñó el Libertador don José de San Martín hace casi ya dos siglos.

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