La ejecución de bienes por obligación alimentaria es nula desde el momento del fallecimiento del deudor declarado inicialmente ausente (España) [AAP B 7593/2018]

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Fundamento destacado: SEGUNDO-. […] Los poseedores temporales de los bienes del ausente no podrán venderlos, gravarlos, hipotecarlos o darlos en prenda, sino en caso de necesidad o utilidad evidente, reconocida y declarada por el Juez, quien, al autorizar dichos actos, determinará el empleo de la cantidad obtenida. […]

Probablemente la compleja situación creada, la tramitación de diferentes procedimientos antes distintas instancias, contribuyó a la dilación de las actuaciones, pero una vez que ya ha quedado claro tanto el fallecimiento, como la fecha en que este se produjo, la solución no podía ser otra que la adoptada en la instancia, es decir, la declaración de nulidad de la ejecución de una obligación personalísima de prestar alimentos que quedó extinguida por este hecho. 

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Roj: AAP B 7593/2018 – ECLI:ES:APB:2018:7593A

Id Cendoj: 08019370182018200572
Órgano: Audiencia Provincial
Sede: Barcelona
Sección: 18
Fecha: 27/11/2018
Nº de Recurso: 510/2018
Nº de Resolución: 643/2018
Procedimiento: Recurso de apelación
Ponente: ANA MARIA HORTENSIA GARCIA ESQUIUS
Tipo de Resolución: Auto

Sección nº 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Calle Roger de Flor, 62-68 – Barcelona – C.P.: 08013
TEL.: 938294459
FAX: 938294466
EMAIL:[email protected]
N.I.G.: 0821142120138064494
Recurso de apelación 510/2018 -F
Materia: Incidente
Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de DIRECCION000
Procedimiento de origen:P.S. Cuestión incidental de especial pronunciamiento 201/2016
Parte recurrente/Solicitante: Sagrario
Procurador/a: Estibaliz Rodriguez Ortiz De Zárate
Abogado/a: Jaime Jimenez Saravia
Parte recurrida: Susana
Procurador/a: Anna Roca Cardona
Abogado/a:
AUTO Nº 643/2018
Magistradas:
Sra. Dª Margarita B. Noblejas Negrillo
Sra. Dª Mª José Pérez Tormo
Sra. Dª Ana Mª García Esquius (Ponente)
Barcelona, 27 de noviembre de 2018

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En fecha 10 de mayo de 2018 se han recibido los autos de P.S. Cuestión incidental de especial pronunciamiento 201/2016 remitidos por Sección Civil Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de DIRECCION000 a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la Procurador/a Estibaliz Rodriguez Ortiz De Zárate, en nombre y representación de Sagrario contra el Auto de 11/07/2017 y en el que consta como parte oponente la Procuradora Anna Roca Cardona, en nombre y representación de Susana , con la intervención del Ministerio Fiscal.

[Continúa…]

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