En entrevista para LP, el abogado penalista Edward García Navarro analizó el caso del exjefe de la ONPE, Piero Corvetto, y cuestionó el requerimiento de detención preliminar presentado por el Ministerio Público. Su análisis se centró en los aspectos procesales de la medida y en los elementos que, según explicó, no se cumplieron para justificar una restricción de libertad.
Durante la conversación, el especialista adelantó que el rechazo judicial al pedido fiscal no fue arbitrario, sino que respondió a una evaluación concreta de los requisitos legales. En ese marco, sostuvo:
El juez Chuyo Zavaleta rechaza esa detención preliminar advirtiendo que no se cumple con los presupuestos de peligro procesal, porque también al señor se le encontró en su vivienda, tenía todos los componentes, y la salida de la detención preliminar, antes que una medida procesal idónea para la investigación, era más bien un elemento de castigo anticipado.
Falta de peligro procesal y cuestionamiento a la medida
El penalista explicó que el principal argumento del juez fue la ausencia de peligro procesal, requisito indispensable para dictar una detención preliminar. En ese sentido, remarcó que el hecho de que Corvetto se encontrara en su domicilio y con arraigo debilitaba cualquier hipótesis de fuga o de obstaculización de la justicia.
Inscríbete aquí Más información
Además, precisó que las medidas restrictivas deben tener una finalidad clara dentro del proceso penal. Según indicó, cuando no se justifica su necesidad para la investigación, estas pierden su carácter legítimo y pueden convertirse en decisiones desproporcionadas.
Posibles «juicios paralelos» en el caso
García Navarro también abordó el impacto mediático del caso y advirtió sobre los riesgos de que la opinión pública influya en el desarrollo del proceso. En esa línea, señaló que «posiblemente […] se generan lo que se llama juicios paralelos», al referirse a la percepción negativa que ya existe en torno al exjefe de la ONPE.
El abogado añadió que espera que este tipo de presiones no haya influido en la actuación del Ministerio Público. Sin embargo, dejó abierta la posibilidad de que el contexto mediático haya tenido algún grado de incidencia en el requerimiento presentado.
Delitos en investigación y principal dificultad
En otro momento de la entrevista, el especialista explicó que uno de los delitos más relevantes en el caso será la omisión de funciones. Sobre este punto, afirmó que «quizá el delito en el cual va a tener que hacer mayor esfuerzo la defensa técnica de Piero Corvetto es la omisión de funciones», destacando la complejidad de su acreditación.
Asimismo, señaló que este delito se caracteriza por centrarse en el conocimiento previo de los hechos. «La omisión de funciones es un delito de conocimiento; prácticamente la voluntad es subalterna, el conocimiento impera», explicó al detallar la naturaleza jurídica de esta imputación.
El abogado también hizo referencia a un elemento importante dentro de la investigación: un posible informe de la Contraloría previo a las elecciones. Según indicó, este documento podría ser determinante para establecer responsabilidad penal.
En ese sentido, afirmó que «de ser acreditado que ese informe previo […] informa de los desfalcos y deficiencias que podrían darse durante el 12 de abril, entonces por ahí está fortalecido el conocimiento», lo que podría incidir directamente en la imputación por omisión de funciones.
Etapa inicial y escenarios abiertos
García Navarro enfatizó que el caso aún se encuentra en una etapa preliminar, por lo que no existen conclusiones definitivas. En esa línea, sostuvo que «no conozco el expediente en su integridad» y que los elementos actuales deben ser analizados con cautela dentro del proceso.
Finalmente, remarcó que el desarrollo probatorio será clave para determinar responsabilidades. «Son perspectivas porque el caso recién se está iniciando», afirmó, dejando claro que el escenario puede variar conforme avance la investigación.
El penalista también reflexionó sobre la proporcionalidad de las medidas solicitadas por la Fiscalía. Indicó que los delitos electorales no tienen, en general, penas elevadas, lo que debe ser considerado al momento de evaluar restricciones como la detención preliminar.
En ese sentido, su análisis plantea que la medida solicitada no solo carecía de sustento procesal suficiente, sino que también podía resultar excesiva frente a los hechos investigados.
Mira la entrevista completa aquí:
![Las declaraciones del imputado rendidas en etapa preliminar son válidas si se realizaron con presencia del fiscal y su abogado, y pueden ser leídas en el juicio si este se acoge al silencio [Apelación 356-2024, San Martín, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Falsedad documental: El dolo exige que el autor conozca el riesgo concreto que su acción (trastocar la realidad) genera respecto de la alteración de la función que cumple el documento público (sabe que no dice la verdad); es irrelevante que el daño llegue a causarse [Casación 341-2021, Áncash, f. j. 2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![La duplicidad del plazo de prescripción no se rige solo por el título de imputación atribuido (cómplice), sino por la condición que el agente ostenta, esto es, la de funcionario público [RN 817-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Inscribir la unión de hecho en el Registro Personal no basta para que los bienes adquiridos durante ella sean tratados automáticamente como sociales en el registro de bienes [Res. 1509-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/divorcio-separacion-casamiento-matrimonio-anillos-compromiso-union-de-hecho-firma-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![La declaratoria de desnaturalización del vínculo laboral no se extingue por el cese posterior del trabajador, sino que el derecho persiste mientras exista interés legítimo en el reconocimiento de los derechos laborales durante determinado periodo [Casación 20903-2023, Moquegua, f. j. 3.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Defensa ineficaz del defensor público: Si el imputado acepta una conclusión anticipada sin comprender sus consecuencias —como la ejecución real de la pena— se vulnera su derecho a la defensa eficaz [Expediente 00947-2023-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La motivación suficiente de la actuación administrativa es una garantía de razonabilidad y no arbitrariedad de las decisiones administrativa, lo cual se traduce en una exigencia o condición impuesta para la vigencia efectiva del principio de legalidad (fundamento de voto) [Exp. 00170-2019-PA/TC, Tumbes, f.j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La administración pública está sometida al principio jurídico de supremacía de la Constitución; por lo que la legitimidad de los actos administrativos no viene determinada por el respeto a la ley, sino por su vinculación a la Constitución [Exp. 3741-2004-AA/TC, Lima, f.j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-justicia-juez-jueza-defensa-civil-penal-juicio-LPDerecho-218x150.jpg)


![JNJ convoca concurso público para elegir al nuevo jefe de la ONPE [Resolución 283-2026-JNJ] JNJ - Junta Nacional de Justicia - LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/06/JNJ-Junta-Nacional-de-Justicia-LP-218x150.png)
![Multan a empresa de transporte por salir con retraso injustificado de más de 3h: el certificado de inspección técnica solo acredita el estado del vehículo al momento de la revisión, no su operatividad durante los seis meses de vigencia [Res. 0087-2026/Indecopi-SAM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)


















![Dictan medidas para la formalización de terrenos ocupados por posesiones informales [Decreto Supremo 007-2026-Vivienda]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/cofopri-LPDerecho-100x70.png)
![Multan a Scotiabank por no alertar a cliente de supuesto consumo de S/28 790.30, cuando en los seis meses previos su consumo individual más alto había sido de S/1238.80 [Res. 085-2026/CPC-Indecopi-Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)









![[VÍDEO] Así fue la entrevista a Manuel Estuardo Luján Túpez, nuevo juez supremo elegido por la JNJ](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/06/Manuel-Estuardo-Lujan-Tupez-LPDerecho-324x160.png)