Dina Boluarte: Fiscal de la Nación califica como acto de «rebeldía» pedido de reprogramación de diligencias

La defensa legal de Dina Boluarte solicitó la reprogramación debido a la "recargada agenda" de la mandataria.

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El fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena, cuestionó el pedido de la presidenta Dina Boluarte para reprogramar las diligencias de la exhibición de tres relojes Rolex.

La defensa legal de la dignataria, Mateo Castañeda Segovia, explicó que su patrocinada no podría antender el citatorio “debido a la recargada agenda de actividades” del Despacho Presidencial.

Las diligencias preliminares a cargo del fiscal supremo Hernán Mendoza estaban programadas para este martes 26 y miércoles 27.

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El último lunes 18, la Fiscalía de la Nación aperturó una investigación preliminar a Boluarte Zegarra por los presuntos delitos de enriquecimiento ilícito y omisión de consignar declaración en documentos.

Las pesquisas responden a los lujosos relojes, aparentemente de la firma Rolex, con los que Boluarte ha sido vista en distintos eventos protocolares.

En detalle 

El máximo titular del Ministerio Público aseguró, a través de un escrito, que el argumento de la defensa “no justifica” la reprogramación de la diligencia. Por ello, aseveró que la postura de Boluarte es un acto de “rebeldía“.

El documento enviado por el fiscal de la Nación interino precisa lo siguiente:

[No justifica la reprogramación] si su presencia en aquellos eventos es necesaria e indispensable como para estar por encima de su responsabilidad ante el llamado de la autoridad fiscal, lo cual es un claro indicador de rebeldía y no hace más que retardar el resulado de la investigación.

Las actividades que habría impedido a Boluarte Zegarra atender las diligencias del Ministerio Público serían dos: la inspección de nuevas obras de servicios turísticos, en el Distrito de Baños del Inca (Cajamarca); y la entrega de 5 800 títulos de propiedad en el Distrito de La Esperanza (La Libertad).

Al respecto, el documento emitido por la Fiscalía añade lo siguiente:

Pretende la defensa que la convocatoria a la investigada Dina Ercilia Boluarte Zegarra para las diligencias de exhibición y declaración Indagatoria se programen después de dos semanas, siendo su pretexto ‘recargada agenda’; sin embargo, no justifica si aquella ‘inspección’ y ‘entrega’ en ejercicio de funciones como mandataria estuvieron programadas con anterioridad a la citación del Ministerio Público.

Acciones

En ese sentido, añadió que “es indispensable que la investigada Dina Ercilia Boluarte Zegarra, o a quien ella designe para hacerlo, exhiba a la brevedad los tres relojes marca Rolex”, esto amparado en el inciso 2 del artículo 218 del Código Procesal Penal:
Artículo 218.- Solicitud del Fiscal
[…]
 2. La Policía no necesitará autorización del Fiscal ni orden judicial cuando se trata de una intervención en flagrante delito o peligro inminente de su perpetración, de cuya ejecución dará cuenta inmediata al Fiscal. Cuando existe peligro por la demora, la exhibición o la incautación debe disponerla el Fiscal. En todos estos casos, el Fiscal una vez que tomó conocimiento de la medida o dispuso su ejecución, requerirá al Juez de la Investigación Preparatoria la correspondiente resolución confirmatoria.

Perspectivas

El abogado penalista Carlos Caro Coria consideró que la presidenta Boluarte “no tiene el deber, sino la potestad de colaborar con la investigación” fiscal.
Agregó que las “negativas o dilaciones” de la mandataria “son formas de obstrucción a la justicia”. Sobre ello, añadió lo siguiente:
[Dilaciones o negativas] justifican sobradamente que la Fiscalía pida, por ejemplo, ante el Juez Supremo de Investigación Preparatoria el allanamiento e incautación de bienes en su vivienda y en Palacio de Gobierno. La inmunidad presidencial protege a la persona, no sus bienes.

 

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