El Juzgado Penal Colegiado Especializado en Delitos Asociados a la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Lima Norte impuso la pena de cadena perpetua a José Carlos Vargas Tucto (18) por ser autor del delito de violación sexual de menor de edad en agravio de un niño cuando este tenía 13 años.
Está drástica sanción fue impuesta en primera instancia, en un fallo virtual, donde el ahora sentenciado Vargas Tucto, quien, desde el Establecimiento Penitenciario de Ancón I escuchó su sentencia, la misma que establece que este ultrajó sexualmente hasta en cinco oportunidades al menor agraviado.
Las juezas del referido Colegiado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, Sara Ana Muñoz Rivera (presidenta), Mariela Pecho Huamán (integrantes) y Gloria Ruth Silvero Encarnación (integrante), adoptaron está decisión de forma unánime.
De acuerdo con la imputación fiscal, José Vargas habría captado al menor a través de la red social Facebook, quien estaba registrado con el usuario ‘Ximena Flores’ en la citada plataforma, la que fue utilizada para entablar una relación amical con el agraviado pretendiendo tener una relación amorosa.
Según las investigaciones, en agosto del 2020, el sentenciado quien era dueño de un local de carnicería, mediante comunicaciones constantes por Facebook Messenger citó al menor en su local de trabajo donde este abusó sexualmente del agraviado.
En tanto, la madre de la víctima a través de Facebook Messenger descubrió las conversaciones encontradas entre su hijo y el sentenciado, además de fotografías que este le enviaba al menor, para posteriormente asentar la denuncia en la comisaria PNP de la Pascana, dando lugar a la ubicación y captura de José Carlos Vargas Tucto.
En Entrevista Única de Cámara Gesell, el menor narró los hechos suscitados de abuso sexual, cuya agresión se produjo hasta en cinco oportunidades, en el puesto de carnicería del sentenciado, en el distrito de San Martín de Porres.
Por otro lado, el tribunal penal exige que el menor sea sometido a tratamiento psicológico, que debe realizarse en el centro de salud más cercano al domicilio de la agraviado.
Cabe resaltar que, el Código Penal en el artículo 173 de este ordenamiento jurídico señala que, corresponde aplicar la pena máxima de cadena perpetua si la víctima que sufrió la violación sexual es un menor de 14 años.
Finalmente, este Juzgado Penal Colegiado del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar (SNEJ), que integra el Poder Judicial, viene emitiendo drásticas sentencias, de forma célere en conformidad a Ley.
Fuente: Poder Judicial.
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