Declaran caducidad del PAS por notificar resolución 1 minuto tarde [Resolución 173-2023-OEFA-TFA-SE]

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Fundamento destacado: 47. En ese orden de ideas, se debe tener en cuenta que mediante Resolución de Gerencia General N° 061-2019-OEFA/GEG del 19 de noviembre de 2019, señala que, a partir del 25 de noviembre de 2019, el horario de atención a la ciudadanía del OEFA, a nivel nacional, es de lunes a viernes de 8:30 a 16:30 horas.

48. Por tanto, si bien la RD 479-2022 —que resuelve el PAS— se emitió el 22 de abril de 2022, esta fue válidamente notificada al administrado el 25 de abril de 2022, toda vez que el deposito en la casilla electrónica de Redondos fue realizado el 22 de abril de 2022, a las 16:31 horas; esto es, fuera del horario de atención hábil del OEFA. En consecuencia, se considera que la RD 479-2022 surtió efecto el 25 de abril de 2022 (día siguiente hábil). 49. Llegados a este punto, debe mencionarse que, el hecho que la notificación se entienda como recibida al día siguiente, en caso de haberse notificado en un horario no hábil, constituye una de las soluciones propuestas en doctrina nacional respecto a lo dispuesto en el artículo 18 del TUO de la LPAG. 

51. Sobre el particular, se tiene que, conforme ha tenido oportunidad de pronunciarse este Tribunal, la caducidad administrativa del procedimiento opera de manera automática (de pleno derecho) por ausencia de pronunciamiento, o de notificación de este último, antes del vencimiento del plazo máximo de tramitación, siendo su efecto directo el archivo del procedimiento respectivo.

52. Así, toda vez que la notificación de la RD 479-2022 —la cual pone fin al PAS— fue notificada un (1) día después de vencido el plazo de caducidad administrativa, conforme a lo antes señalado, se concluye que la DFAI excedió el plazo que tenía para resolver el procedimiento; en consecuencia, operó la caducidad administrativa en el presente caso.


SUMILLA: Se declara la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador seguido contra Redondos S.A. en el Expediente N° 0501-2021-OEFA/DFAI/PAS y, en consecuencia, se archiva el mismo, dejando a salvo la adopción de las medidas que correspondan por parte de la Subdirección de Fiscalización en Actividades Productivas del OEFA.


Tribunal de Fiscalización Ambiental

Sala Especializada en Minería, Energía,

Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios

RESOLUCIÓN N° 173-2023-OEFA/TFA-SE

EXPEDIENTE N°: 0501-2021-OEFA/DFAI/PAS
PROCEDENCIA: DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y APLICACIÓN DE
INCENTIVOS
ADMINISTRADO: REDONDOS S.A.
SECTOR: AGRICULTURA
NULIDAD: RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 00479-2022-OEFA/DFAI

Lima, 03 de abril de 2023

I. ANTECEDENTES

1. Redondos S.A.1 (en adelante, Redondos) es titular de la unidad fiscalizable Granjas de Engorde JFA y JFB (en adelante, UF Granjas de Engorde), ubicada en el distrito de Vegeta, provincia de Huaura y departamento de Lima.

2. Del 26 de marzo al 12 de abril de 2021, la Dirección de Supervisión de Actividades Productivas (DSAP) del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) realizó una supervisión regular de gabinete a la UF Granjas de Engorde (en adelante, Supervisión Regular 2021), cuyos hallazgos fueron analizados en el Informe de Supervisión N° 00052-2021-OEFA/DSAP-CAGR del 28 de abril de 2021 (en adelante, Informe de Supervisión).

3.Sobre esta base, mediante la Resolución Subdirectoral N° 00465-2021- OEFA/DFAI-SFEM del 30 de junio de 2021 [2] (en adelante, RSD 465-2021), la Subdirección de Fiscalización en Actividades Productivas (SFAP) de la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos del OEFA (DFAI) dispuso el inicio de un procedimiento administrativo sancionador (en adelante, PAS) contra Redondos.

4. Posteriormente, la SFAP emitió el Informe Final de Instrucción N° 00118-2022- OEFA/DFAI/SFAP el 28 de febrero de 2022 (en adelante, Informe Final de Instrucción) 3 , concluyendo que se encontraban probadas las conductas constitutivas de infracción.

5. El 04 de abril de 2022, se emitió la Resolución Subdirectoral N° 00110-2022- OEFA/DFAI-SFEM del 04 de abril de 2022[4] (en adelante, RSD 110-2022), a través de la cual se amplió el plazo de caducidad del PAS por quince (15) días calendario; esto es, hasta el 22 de abril de 2022[5] .

[Continúa…]

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[1] Registro Único de Contribuyentes N° 20221084684.

[2] Notificada el 07 de julio de 2021.

[3] Notificado al administrado mediante Carta Nº 00244-2022-OEFA/DFAI el 08 de marzo de 2022 en su casilla electrónica.

[4] Notificada el 04 de abril de 2022

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