Publicado hoy, 13 de mayo, en el diario oficial El Peruano. La Resolución Administrativa Nº 351-2017-P-CSJLI/PJ prevé la conformación de salas y designa magistrado en la Corte Superior de Justicia de Lima.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 351-2017- P-CSJLI/PJ
Lima, 12 de mayo de 2017
VISTOS Y CONSIDERANDOS:
Que, mediante el ingreso número 211174-2017 la doctora Cecilia Leonor Espinoza Montoya, Juez Superior Titular integrante de la Cuarta Sala Laboral de Lima, solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del 15 al 29 de mayo del presente año.
Que, mediante el ingreso número 233986-2017 el doctor Oscar Fernando Veliz Cárdenas, Juez Provisional del 23° Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del 08 al 30 de mayo del presente año.
Que, mediante el ingreso número 285590-2017 la doctora María Del Rosario Rebeca Portocarrero Arangoitia, Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del quince de mayo al trece de junio del presente año.
Que, mediante el ingreso número 233943-2017 la doctora Velia Odalis Begazo Villegas, Juez Superior Titular integrante de la Tercera Sala Laboral de Lima, solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del 16 al 25 de mayo del presente año.
Que, estando a lo expuesto en los considerandos anteriores, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de los diversos órganos jurisdiccionales, proceder a la designación de los magistrados conforme corresponda.
Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.
Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor JULIO HEYNER CANALES VIDAL, Juez Titular del 2° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Cuarta Sala Laboral Permanente de Lima a partir del día 15 de mayo del presente año y mientras duren las vacaciones de la doctora Espinoza Montoya, quedando conformado el colegiado como sigue:
Cuarta Sala Laboral Permanente
Dra. Elisa Vilma Carlos Casas Presidente
Dr. Hugo Arnaldo Huerta Rodríguez (P)
Dr. Julio Heyner Canales Vidal (P)
Artículo Segundo.- DESIGNAR a los siguientes doctores, en los diversos órganos jurisdiccionales:
– DESIGNAR al doctor MARCO ANTONIO ALVARADO URRUNAGA, como Juez Supernumerario del 2° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima a partir del día 15 de mayo del presente año, y mientras dure la promoción del doctor Canales Vidal.
– DESIGNAR a la doctora MARIELA HUAMANI HUAMANI, como Juez Supernumeraria del 32° Juzgado de Trabajo Permanente de Lima a partir del día 15 de mayo del presente año, y mientras dure la promoción del doctor Irrazabal Núñez.
– DESIGNAR a la doctora ESTHER MARGOT MACEDO CARDENAS, como Juez Supernumeraria del 23° Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima a partir del día 15 de mayo del presente año, y mientras duren las vacaciones del doctor Veliz Cárdenas.
– DESIGNAR al doctor GEORGE CANORIO HUARANCCA, como Juez Supernumerario del 1° Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, a partir del día 15 de mayo del presente año y mientras duren las vacaciones de la doctora Portocarrero Arangoitia.
Artículo Tercero: DESIGNAR al doctor PERCY MILTON VALENCIA CARRERA, Juez Titular del 30° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Tercera Sala Laboral Permanente de Lima, a partir del día 16 de mayo del presente año, y mientras duren las vacaciones de la doctora Begazo Villegas, quedando conformado el Colegiado como sigue:
Tercera Sala Laboral Permanente
Dra. Eliana Elder Araujo Sánchez Presidenta
Dr. Máximo Saúl Barboza Ludeña (P)
Dr. Percy Milton Valencia Carrera (P)
Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la doctora MARIA MAGDALENA CESPEDES CAMACHO, como Juez Supernumeraria del 30° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima a partir del día 16 mayo del presente año, por la promoción del doctor Valencia Carrera.
Artículo Quinto.- Precisar que la Magistrada Eliana Elder Araujo Sánchez, Presidenta de la Tercera Sala Laboral de Lima se encuentra de vacaciones hasta el día dieciocho de mayo del presente año, motivo por el cual ante su ausencia alternará en adición a sus funciones el Magistrado que corresponda.
Artículo Sexto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Coordinación de Personal de esta Corte Superior, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior y de los Magistrados para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
ROLANDO ALFONZO MARTEL CHANG
Presidente
![Oportunidad de emisión de la resolución de revocatoria de suspensión de ejecución de pena por el juez de investigación preparatoria [Acuerdo Plenario 10-2025-SPS-CSJLL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)

![Voto en discordia: Posteos y comentarios en redes sociales no constituyen actos de investigación ni elementos de convicción; por tanto, no pueden incorporarse como documentos en un informe policial ni ser considerados fundados y graves (publicaciones anónimas, troles y murmuraciones difundidas en redes sociales solo constituyen fuentes de información informal) [Exp. 00339-2026, Tumbes, f. j. 7.1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala Penal absuelve a imputados por video de sembrado de arma de fuego por policías [Exp. 4573-2025-40]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![Trabajador jurisdiccional tiene derecho a percibir el mismo bono que el personal administrativo de su misma franja salarial, conforme a la regla de igualdad remunerativa «igual remuneración por trabajo de igual valor» [Casación 17009-2023, Lima, f. j. 5.8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Contrato de promesa de compraventa: no entregar los documentos prometidos dentro de un plazo razonable es incumplimiento, aunque el contrato no haya fijado una fecha exacta [Res. 0045-2026/Indecopi-SAM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-fachada-caso-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![A diferencia de los aportes reglamentarios, que son concesiones gratuitas a favor del Estado, el equipamiento urbano puede mantener su naturaleza de propiedad privada si no ha sido transferido formalmente mediante un proceso de habilitación urbana o expropiación; la clasificación de un predio como equipamiento no determina, por sí sola, su titularidad pública, sino la misma debe verificarse del procedimiento de habilitación urbana [Resolución 2017-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![[VIVO] Clase modelo sobre El animus domini en la presripción adquisitiva. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-mario-solis-cordova_El-animus-domini-en-la-presripcion-adquisitiva-218x150.jpg)
![Suegra no puede desalojar a su nuera si la edificación construida por esta y su esposo en el segundo piso del inmueble fue realizada luego de que el cónyuge recibió un anticipo de legítima mediante el cual su madre le transfirió la propiedad de los aires del primer piso. Así, la posterior donación con la que el hijo devuelve a su madre lo adquirido por el anticipo no afecta la presunción de dicha edificación como bien social, por lo que la demandada mantiene un título que justifica su posesión [Exp. 00102-2021-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/propiedad-posesion-titulo-casa-vivienda-divorcio-familia-separacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sala ampara demanda de fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el estado de cosas inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801-JR-CI-03]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Ministerio-Publico-Poder-Judicial-LPDerecho-218x150.jpg)



![En el marco de la anterior normativa de contrataciones, la exigencia de contar con autorización previa por parte de la Contraloría General de la República, solo aplica para prestaciones adicionales de obra mayores al 15 % (sistema de precios unitarios); no obstante, no se exige para la ejecución y pago de mayores metrados (mismo sistema), incluso si superaban dicho porcentaje del contrato original [D000045-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![MIMP crea plataforma integrada para centralizar atención y orientación ciudadana [RM 000282-2026-MIMP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-mujer-poblaciones-vulnerables-mimp-oficina-2-LPDerecho-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Reniec prorroga vigencia de DNI vencidos y permite uso de DNI amarillo para votar en la segunda vuelta [Resolución Jefatural 000057-2026/JNAC/Reniec]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/04/dni-menores-edad-proyecto-ley-LPDerecho-218x150.png)
![El RTRAN únicamente otorga competencia al efectivo policial asignado al control de tránsito y carreteras como la autoridad competente para detectar e imponer infracciones en la vía pública, así como para intervenir en casos de intoxicación alcohólica y accidentes de tránsito [Informe 446-2026-MTC/18.01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/policia-transito-de-espaldas-carros-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Intervención del abogado del imputado en audiencias de apelación de autos sobre [Acuerdo Plenario 11-2025-SPS-CSJLL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-324x160.jpg)
![Trabajador jurisdiccional tiene derecho a percibir el mismo bono que el personal administrativo de su misma franja salarial, conforme a la regla de igualdad remunerativa «igual remuneración por trabajo de igual valor» [Casación 17009-2023, Lima, f. j. 5.8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)

![Contrato de promesa de compraventa: no entregar los documentos prometidos dentro de un plazo razonable es incumplimiento, aunque el contrato no haya fijado una fecha exacta [Res. 0045-2026/Indecopi-SAM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-fachada-caso-LPDerecho-100x70.jpg)

![Intervención del abogado del imputado en audiencias de apelación de autos sobre [Acuerdo Plenario 11-2025-SPS-CSJLL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-100x70.jpg)
![PJ realizará una jornada judicial de trabajo extraordinario de 24 horas [RA 000383-2021-CE-PJ] Poder Judicial](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Poder-judicial-palacio-de-justicia-ultimo-minuto-1-LPDerecho-324x160.png)