Jurisprudencia del artículo 790 del Código Procesal Civil.- Procedencia

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Artículo 790.- Procedencia
A pedido de interesado o del Ministerio Público, se puede solicitar la declaración de desaparición, ausencia o de muerte presunta, sustentada en los casos previstos en el Código Civil.


Concordancias

C: art. 159; CC: arts. 47-49, 60, 63-66, 274.3, 318.4, 319, 323, 326, 334, 364, 466, 616, 637, 638, 653, 654, 796.6, 955, 987, 1252, 1307, 1651, 2030.2, 2071; CPC: arts. IV, 47-60, 749.5, 759, 791, 796; LOMP: art. 1.


Jurisprudencia del artículo 790 del Código Procesal Civil

  • Corte Suprema

  1. Hermana de persona desaparecida tiene legitimidad para solicitar declaración de muerte presunta [Casación 1947-2019, Puno]. Link: lpd.pe/pNo3z

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