Jurisprudencia del artículo 699 del Código Civil.- Formalidad del Testamento Cerrado

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected]

54

Artículo 699.- Formalidad del Testamento Cerrado
Las formalidades esenciales del testamento cerrado son:

1. Que el documento en que ha sido extendido esté firmado en cada una de sus páginas por el testador, bastando que lo haga al final si estuviera manuscrito por él mismo, y que sea colocado dentro de un sobre debidamente cerrado o de una cubierta clausurada, de manera que no pueda ser extraído el testamento sin rotura o alteración de la cubierta.

Tratándose de un testamento otorgado por una persona con discapacidad por deficiencia visual, podrá ser otorgado en sistema braille o utilizando algún otro medio o formato alternativo de comunicación, debiendo contar cada folio con la impresión de su huella dactilar y su firma, colocado dentro de un sobre en las condiciones que detalla el primer párrafo.

2. Que el testador entregue personalmente al notario el referido documento cerrado, ante dos testigos hábiles, manifestándole que contiene su testamento. Si el testador es mudo o está imposibilitado de hablar, esta manifestación la hará por escrito en la cubierta.

3. Que el notario extienda en la cubierta del testamento un acta en que conste su otorgamiento por el testador y su recepción por el notario, la cual firmarán el testador, los testigos y el notario, quien la transcribirá en su registro, firmándola las mismas personas.

4. Que el cumplimiento de las formalidades indicadas en los incisos 2 y 3 se efectúe estando reunidos en un solo acto el testador, los testigos y el notario, quien dará al testador copia certificada del acta.


Concordancias

CC: arts. 140.4, 735; CPC: arts. 817-825; DL 1409: arts. 67-74.


Jurisprudencia del artículo 699 del Código Civil

  • Corte Suprema

  1. Testamento cerrado resulta nulo al advertir inexistencia de acta notarial en la que conste su otorgamiento y recepción [Casación 2202-99, Lima]. Link: lpd.pe/pn3OV
  • Tribunal Registral

  1. No procede anotación preventiva de testamento cerrado si este es nulo por haber sido firmado únicamente en página final [Resolución 763-2017-Sunarp-TR-A]. Link: lpd.pe/kj3Wn
  2. Testamento cerrado es nulo si testador solo indicó mes y año de su otorgamiento, omitiendo precisar el día [Resolución 348-2014-Sunarp-TR-A]. Link: lpd.pe/0LNvA
  3. Testamento cerrado otorgado por testador analfabeto que solo estampó su huella digital y no firmó cada página resulta nulo [Resolución 015-2005-Sunarp-TR-A]. Link: lpd.pe/0moAm

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected]
Comentarios: