Jurisprudencia del artículo 61 del Código Civil.- Fin de la persona

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Artículo 61.- Fin de la persona
La muerte pone fin a la persona.


Concordancias

C: art. 1; CC: arts. 1, 59, 318.5, 319, 331, 394, 461, 486, 498.3, 549, 550, 660-663, 772, 1021.4, 1705.5, 1927, 1937, 2068; CPC: art. 790; CP: art. 138; CNA: art. 84; Ley 26715: arts. 1-3; Ley 26842: art. 108; Ley 23415: arts. 5, 6; Ley 26497: arts. 7.b, 44.c; DS 015-98-PCM: arts. 3.c, 49; Ley 28189: art. 3; DS 014-2005-SA: arts. 3, 4.


Jurisprudencia del artículo 61 del Código Civil

  • Corte Suprema 

  1. La muerte de la cónyuge demandante no concluye el proceso de divorcio si se designa sucesor procesal [Casación 5332-2019, Tacna]. Link: lpd.pe/2DjzK
  2. La muerte provoca un cambio de titularidad en los bienes de los causantes en favor de sus herederos [Casación 17472-2023, Lima]. Link: lpd.pe/24xZL
  3. Procedimiento coactivo es irregular si se inicia y continúa contra una persona que ya falleció [Revisión Judicial 1755-2009, Lima]. Link: lpd.pe/k9DZM
  • Tribunal Registral

  1. No se requiere aprobación de la Asamblea General de la Sociedad para acreditar ante registros la muerte de integrante de directorio [Resolución 098-2004-Sunarp-L]. Link: lpd.pe/2gEOB
  2. Es improcedente inscripción de vacancia por fallecimiento del presidente del Consejo Directivo sin documento público que lo acredite, salvo que conste en el Registro de Sucesiones y Testamentos [Resolución 2409-2023-Sunarp-TR]. Link: lpd.pe/28L4e
  3. Procede la inscripción del nombramiento de vicepresidenta como presidenta del Consejo Directivo si se inscribe previa o simultáneamente a la vacancia del presidente por fallecimiento [Resolución 151-2021-Sunarp-TR]. Link: lpd.pe/pBVVz 
  4. La inscripción de vacancia del presidente del Consejo Directivo procede sin solicitud expresa si obra título suficiente para su mérito [Resolución 1026-2020-Sunarp-TR-L]. Link: lpd.pe/krZZy

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