Jurisprudencia del artículo 1993 del Código Civil.- Cómputo del plazo prescriptorio

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

195

Artículo 1993.- Cómputo del plazo prescriptorio
La prescripción comienza a correr desde el día en que puede ejercitarse la acción y continúa contra los sucesores del titular del derecho.


Concordancias

CC: arts. 173, 178, 182, 432, 561, 562, 660, 1218, 1240, 1260, 1262, 1277, 1985, 1989, 1992; CT: art. 44; LTV: arts. 96-100, 207.


Jurisprudencia del artículo 1993 del Código Civil

  • Corte Suprema

  1. Inicia el plazo prescriptorio de acciones fundadas en contratos desde su celebración para las partes y en terceros desde su conocimiento [Casación 5468-2009, Cusco]. Link: lpd.pe/2Dj5q
  2. Cómputo del plazo prescriptorio inicia desde que titular de la acción puede ejercerlo cuando puede conocer del contrato mediante publicidad registral [Casación 503-2013, Amazonas]. Link: lpd.pe/pWyoQ
  3. Término de prescripción de pretensión indemnizatoria por denuncia calumniosa inicia con la conclusión de la investigación en contra del calumniado [Casación 719-2013, Callao]. Link: lpd.pe/28LXM
  4. Prescripción de acción de nulidad se computa a partir de la inscripción del contrato cuando hay abuso de facultades de representación [Casación 2666-2009, Lima]. Link: lpd.pe/pbKoW
  5. Pretensión resarcitoria por responsabilidad extracontractual empieza a correr desde la ocurrencia del hecho dañoso que fundamenta la demanda [Casación 3949-2012, Cajamarca]. Link: lpd.pe/kV8R6
  6. Error de Sunarp sobre inscripción de la titularidad sobre predio no enerva inicio del  plazo prescriptorio desde la inscripción del contrato [Casación 4854-2011, La Libertad]. Link: lpd.pe/pBV7q
  7. El decurso del plazo prescriptorio de la acción no es computable desde la celebración del contrato, sino cuando la deuda es exigible [Casación 1262-2013, Lima]. Link: lpd.pe/kPgAj
  8. Prescripción extintiva es computable desde la celebración del contrato y no desde su inscripción en registros públicos [Casación 2466-2009, Lima]. Link: lpd.pe/FT6vd
  9. El término inicial del plazo prescriptorio se da cuando el contrato esté contenido en un documento de fecha cierta [Casación 2622-2014, Lima Norte]. Link: lpd.pe/pL7N1
  10. Inicia plazo de prescripción extintiva respecto de terceros desde que estos toman conocimiento del contrato por el registro [Casación 3986-2010, Piura]. Link: lpd.pe/Fr5Fs

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Comentarios: