Artículo 1500.- Pérdida del derecho al saneamiento
El adquirente pierde el derecho a exigir el saneamiento:
1. Si no pidió y cuidó que se citara al transferente con la demanda del juicio de evicción.
2. Si se sometió la causa a arbitraje sin asentimiento del transferente y la perdió.
3. Si transigió el juicio sin anuencia del transferente.
4. Si al celebrar el contrato conocía que el bien era litigioso o ajeno.
5. Por caducidad, siendo el plazo de ésta de un año a partir de la fecha en que se produjo la evicción.
Concordancias
CC: arts. 1302, 1409.2, 1488.
Jurisprudencia del artículo 1500 del Código Civil
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Corte Suprema
- No procede otorgar indemnización a demandante, pues caducó acción al haber transcurrido más de un año desde que se produjo la evicción [Casación 1757-2011, Cañete]. Link: lpd.pe/7Mqer
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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