Artículo 139.- [Principios de la Administración de justicia]
Son principios y derechos de la función jurisdiccional:
[…]
5. La motivación escrita de las resoluciones judiciales en todas las instancias, excepto los decretos de mero trámite, con mención expresa de la ley aplicable y de los fundamentos de hecho en que se sustentan.
[…]
Concordancias
C: arts. 2.10, 2.24.f, 154.3; DUDH: arts. 8, 10; NCPC: arts. 9, 44.18; RNTC: arts. 24, 47.
Jurisprudencia del artículo 139.5 de la Constitución
Debida motivación
-
Tribunal Constitucional
- El canon interpretativo que le permite al Tribunal Constitucional realizar el control constitucional de las resoluciones judiciales está compuesto por el examen de a) razonabilidad, b) coherencia y c) suficiencia (caso Giuliana Llamoja) [Exp. 00728-2008-PHC/TC, f. j. 10]. Link: lpd.pe/N5w1p
- Seis vicios que se pueden advertir en la motivación de las resoluciones judiciales: a) motivación aparente, b) falta de motivación interna del razonamiento, c) deficiencias en la motivación externa, d) motivación insuficiente, e) motivación sustancialmente incongruente y f) motivaciones cualificadas (caso Giuliana Llamoja) [Exp. 00728-2008-PHC/TC, f. j. 7]. Link: lpd.pe/y281k
- Cinco supuestos que delimitan el contenido constitucionalmente protegido del derecho a la motivación de las resoluciones judiciales: a) motivación aparente, b) falta de motivación interna, c) deficiencias en motivación externa, d) motivación insuficiente y e) motivación sustancialmente incongruente [Exp. 3943-2006-PA/TC, f. j. 4]. Link: lpd.pe/Np17v
- [Voto singular] Seis supuestos de vulneración del derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales: a) motivación aparente, b) falta de motivación interna, c) control de la motivación externa, d) motivación insuficiente, e) motivación sustancialmente incongruente y f) motivaciones cualificadas [Exp. 01744-2005-AA/TC, f. j. 11]. Link: lpd.pe/NWAnY
- La competencia ratione materiae del amparo contra resoluciones judiciales comprende la totalidad de derechos fundamentales (no solo aquellos de orden procesal como el debido proceso y la tutela jurisdiccional) reconocidos en la Constitución (caso Apolonia Ccollcca) [Exp. 3179-2004-AA/TC, ff. jj. 20, 24]. Link: lpd.pe/Nnw8v
- La tutela de la debida motivación de las resoluciones judiciales no puede servir como excusa para el reexamen sobre cuestiones de fondo resueltas por los jueces ordinarios [Exp. 01480-2006-AA/TC, f. j. 2]. Link: lpd.pe/EeW3m
- La debida motivación de las decisiones de las entidades públicas (sean o no jurisdiccionales) constituye un derecho que integra el contenido del derecho a la tutela procesal efectiva [Exp. 02061-2011-PA/TC, f. j. 13]. Link: lpd.pe/N7aBd
- Todas las resoluciones evacuadas por el CNM (ahora JNJ), en materia de destitución y ratificación de jueces y fiscales, deben ser motivadas sin importar el tiempo en que se hayan emitido (precedente vinculante) [Exp. 01412-2007-PA/TC, punto resolutivo 3]. Link: lpd.pe/EP2R5
- Toda decisión fiscal que no esté motivada de manera adecuada ni sea suficiente ni congruente será inconstitucional, pues el derecho a la debida motivación de las decisiones fiscales se vulnera cuando (i) la motivación es aparente —no expresa razones mínimas de hecho o de derecho que sustenten la decisión— o (ii) se intente dar solo un cumplimiento formal a la exigencia de la motivación [Exp. 00437-2024-PA/TC, ff. jj. 3-6]. Link: lpd.pe/Np1Y5
- Se vulnera el deber de motivación si la sentencia condenatoria no sustentó con medios probatorios los elementos constitutivos del delito imputado [Exp. 00469-2011-PHC/TC, f. j. 10]. Link: lpd.pe/yxWQw
- Juez puede hacer uso de prueba indirecta o indiciaria siempre y cuando motive debidamente su decisión mediante proceso razonado explícito [Exp. 00728-2008-PHC/TC, ff. jj. 25-28]. Link: lpd.pe/yJL1d
- Resulta necesaria una adecuada y suficiente motivación sobre la reparación civil, en la medida que es relevante para la resocialización del condenado y para la satisfacción de los derechos de la víctima del delito (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 01275-2022-PHC/TC, ff. jj. 32-35]. Link: lpd.pe/EPR15
-
Corte Suprema
- Tres requisitos que debe cumplir el aspecto externo de la motivación: congruencia, completitud y suficiencia [Casación 10449-2022, Lima, f. j. 2.7]. Link: lpd.pe/z1nLq
- Tres patologías que puede tener la motivación: omisión, insuficiencia y contradicción [Casación 10449-2022, Lima, f. j. 2.8]. Link: lpd.pe/NDn8B
- La exigencia de que haya pronunciamiento expreso y detallado de todas las alegaciones de las partes no forma parte del contenido del derecho a la motivación [Casación 70-2010, Lambayeque, f. j. 11]. Link: lpd.pe/NVL1J
-
Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Debida motivación está ligada a la correcta administración de justicia en el marco de una sociedad democrática, más aún si pueden afectar derechos humanos [Chinchilla Sandoval y otros vs. Guatemala, f. j. 248]. Link: lpd.pe/N96mK
- Despido de representante de trabajadores es lesivo si restringió el ejercicio de la libertad de pensamiento y expresión del trabajador y careció de debida motivación [Lagos del Campo vs. Perú, ff. jj. 130-132]. Link: lpd.pe/EqBnQ
- La argumentación de una decisión y de ciertos actos administrativos (debida motivación) debe permitir conocer cuáles son los hechos, motivos y normas que utilizó la autoridad para así evitar cualquier indicio de arbitrariedad [Rosadio Villavicencio vs. Perú, ff. jj. 154-155]. Link: lpd.pe/zRL1Y
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo de la Constitución Política. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
Comentarios:
![Confirman absolución de acusada por autoaborto al no acreditarse que interrumpió intencionalmente su embarazo [Exp.-05351-2023-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/embarazo-embarazada-gestante-gestacion-LPDerecho-218x150.png)
![El plazo de la investigación es un plazo impropio, por lo que no cabe la nulidad de las diligencias realizadas desde que este cesó (al no importar preclusión o caducidad), sino solo responsabilidad disciplinaria (art. 144 del CPP) [Apelación 402-2024, Corte Suprema, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Posición de garante: Si la médico se percató de que el bebé tenía fiebre, no lactaba y lloraba sin cesar, debió referirlo a un centro especializado (conforme a la guía médica), y no solo sugerir al padre del menor que lo lleve a otro centro; por ende, incrementó el riesgo permitido al incumplir criterios estandarizados de respuesta médica [Apelación 359-2024, Puno, ff. jj. 14 y 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reconocimiento fotográfico: afirmar que el sospechoso tiene rasgos físicos como «tez trigueña» y «cabello semicresco» carece de suficiente capacidad individualizados porque esos datos son genéricos y pueden aparecer en cualquier ciudadano [RN 718-2025, Piura]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Prescripción adquisitiva: No corresponde exonerar al demandante de presentar planos visados, si no prueba que el municipio le negó expresamente otorgarle el visado [Casación 28589-2025, Selva Central]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cualquier notario del país tiene competencia territorial para formalizar actos de disposición o gravamen sobre predios de personas naturales, siempre que utilice biometría Reniec [Res. 1522-2026-SUNARP-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-registral-LPDerecho-218x150.jpg)
![Cinco consideraciones para interpretar la vigencia de la convención colectiva según el inciso c) del artículo 43 del TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo [Casación 4448-2023, Ica, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Medidas de presión civil: REDAM y salida del país. (sábado, 02 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/7d110640-e53f-433e-a8e9-96842bb9749c-218x150.jpg)
![[VIVO] Omisión de alimentos y ambito penal (sábado, 09 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/e8df14bc-69c2-4bbb-9ac2-2623be1034b5-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre El paso a paso en la audiencia única de alimentos. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-MODELO-juan-carlos-arenas_El-paso-a-paso-en-la-audiencia-unica-de-alimentos-218x150.jpg)



![Defensa ineficaz del defensor público: Si el imputado acepta una conclusión anticipada sin comprender sus consecuencias —como la ejecución real de la pena— se vulnera su derecho a la defensa eficaz [Expediente 00947-2023-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![JNE declara fundada apelación de candidata al Senado por Fuerza Popular [Resolución 0851-2026-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_JNE-DECLARA-INVIABLE-ELECCIONES-COMPLEMENTARIAS_LP-218x150.jpg)
![Servir: directiva para ordenar procesos de selección en el servicio civil [Resolución 000064-2026-Servir-PE] servidor - servidores Servir CAS - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Trabajadores-Servir-LPDerecho-218x150.jpg)
![Crean programa nacional para erradicar cultivos ilegales de coca en zonas estratégicas [Decreto Supremo 003-2026-IN] drogas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/trafico-de-drogas-narcotrafico-incautacion-LP-Derecho-1-218x150.png)
![Normas reglamentarias para incluir a personas con discapacidad en la alerta Amber [Decreto Supremo 004-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/11/Alerta-amber-LPDerecho-218x150.jpg)
![TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (Decreto Supremo 006-2026-JUS) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER-LIBRO-TUO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Multan a Scotiabank por no alertar a cliente de supuesto consumo de S/28 790.30, cuando en los seis meses previos su consumo individual más alto había sido de S/1238.80 [Res. 085-2026/CPC-Indecopi-Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-324x160.jpg)
![¿Alguien retiró dinero de tu cuenta desde un cajero automático? El banco tiene que probar que la operación fue tuya, tú cómo usuario no estás obligado a probar que no la hiciste [Res. 084-2026/CPC-Indecopi-ICA]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-fachada-caso-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Prescripción adquisitiva: No corresponde exonerar al demandante de presentar planos visados, si no prueba que el municipio le negó expresamente otorgarle el visado [Casación 28589-2025, Selva Central]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[VIVO] Medidas de presión civil: REDAM y salida del país. (sábado, 02 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/7d110640-e53f-433e-a8e9-96842bb9749c-100x70.jpg)
![[VIVO] Omisión de alimentos y ambito penal (sábado, 09 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/e8df14bc-69c2-4bbb-9ac2-2623be1034b5-100x70.jpg)

![Multan a Scotiabank por no alertar a cliente de supuesto consumo de S/28 790.30, cuando en los seis meses previos su consumo individual más alto había sido de S/1238.80 [Res. 085-2026/CPC-Indecopi-Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)
