¡Atención, servidores civiles! Convocatoria al programa piloto de crédito-beca para financiar estudios de posgrado [Resolución 47-2020-Servir]

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Publicado el 11 de julio de 2020, en el diario oficial el Peruano.


Aprueban Cronograma de la Convocatoria Anual 2020 del Programa Piloto de Crédito-Beca

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA 47-2020-SERVIR/PE

Lima, 8 de julio de 2020

VISTO, los Informes Nº 000015 y 000016-2020-SERVIR/GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012, en su Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final, creó el Programa Piloto de Crédito-Beca a cargo de SERVIR, con el objeto de financiar, mediante la modalidad Crédito-Beca los estudios de posgrado de profesionales que prestan servicios en las entidades del Estado bajo cualquier modalidad de contratación y que cuenten con admisión en los mejores programas de posgrado y programas académicos del mundo reconocidos por SERVIR;

Que, con Decreto Supremo Nº 122-2012-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 025-2013, se aprobaron las disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 035-2019-SERVIR/PE se aprobó el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, modificado con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 066-2019-SERVIR-PE y Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000045-2020-SERVIR-PE, documento que establece en su artículo 16 que el proceso de otorgamiento de Crédito-Beca tiene previsto tres (3) etapas: (i) Inscripción; (ii) Presentación de documentos y evaluación del postulante y su aval; y, (iii) Formalización del Crédito-Beca;

Que, el literal l) del artículo 11 del mencionado Manual Operativo define que los programas de posgrado reconocidos por SERVIR como aquellos que tienen correspondencia con las áreas de estudio financiables por el Programa y son desarrollados por las 300 mejores universidades del mundo según el Ranking QS de universidades a nivel mundial o “QS World University Rankings”, cuya relación publica SERVIR anualmente;

Que, los literales e) y f) del artículo 13 del acotado Manual Operativo, señalan que:

“Artículo 13.- Cobertura del Crédito-Beca

El Crédito – Beca financia los siguientes conceptos:

(…)

e) Gastos de sostenimiento, de acuerdo con el costo de vida promedio estimado en la ciudad en la que va a desarrollar sus estudios de posgrado, aprobados por SERVIR, tomando como referencia el costo de vida establecido por el Centro de Estudios de destino. SERVIR aprobará y publicará los montos máximos de sostenimiento mensual, al inicio de cada convocatoria.

) Materiales e implementos de estudio conforme a lo requerido por el Centro de Estudios. SERVIR, a través de la Presidencia Ejecutiva, aprobará y publicará el monto anual máximo a financiar por este concepto al inicio de cada convocatoria

(…)”;

Que, mediante los Informes del Visto, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil propone el cronograma para la Convocatoria Anual 2020; el listado actualizado de las 300 mejores universidades del mundo, según el Ranking QS 2020 General; y, los montos máximos para la convocatoria 2020 de los gastos de sostenimiento y materiales de estudio, a favor de los prestatarios del Programa Piloto de Crédito – Beca que resulten seleccionados en la presente Convocatoria;

Con las visaciones del Gerente General, de la Gerente de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, de la Jefa de la Oficina General de Administración y Finanzas, del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012 y modificatoria; Decreto Supremo Nº 122-2012-PCM que aprueba disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, y modificatoria; el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 035-2019-SERVIR-PE y modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Cronograma de la Convocatoria Anual 2020 del Programa Piloto de Crédito-Beca, que en Anexo 1 forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Aprobar la actualización del listado de las 300 mejores universidades del mundo, según el Ranking QS General, que en Anexo 2 forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3.- Aprobar los Montos Máximos para la convocatoria 2020 de los gastos de sostenimiento y materiales de estudio, que en Anexo 3 forman parte de la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y de la presente Resolución y sus Anexos 1, 2 y 3 en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR (www.servir.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ MARTÍNEZ ORTIZ
Presidente Ejecutivo

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