Eduardo Romaña, tras el comentario que ofrecimos junto al profesor Renzo Cavani (que puede leerse aquí), pudo entrevistarse con el juez y recuperar así, el oblaje que depositó tras no haber sido beneficiado en el remate al que postuló.
Han pasado algunos meses de lo acontecido. Hoy Eduardo, con particular entusiasmo, me contó con detalle que por fin pudo adjudicarse un inmueble a través de un remate judicial. Una vez en posesión del bien, luego de casi dos años (sí, ¡¡dos años!!) que le tomó ejecutar el lanzamiento, ha podido culminar la remodelación del inmueble. “Ha quedado precioso Dr. Julio. Incluso, ya tengo comprador”, me dijo.
Inmediatamente su rostro me mostró indignación. A continuación, su historia –ahora– en el SAT:
Eduardo, en su calidad de propietario (tras haberse adjudicado el inmueble y cancelado oportunamente el precio fijado en el remate) se presentó ante la oficina del Servicio de Administración Tributaria de Lima Metropolitana (SAT) con el objeto de: i) presentar declaración jurada de impuesto predial, es decir, solicitar el “alta” de la propiedad; y, ii) obtener una copia del HR y PU del predio.
El SAT en su página web informa que “al adquirir un predio, el nuevo propietario podrá declararlo hasta el último día hábil del mes de febrero del año siguiente a la adquisición del bien. De no hacerlo incurrirá en infracción y se le sancionará con multa. Sin embargo, al estar obligado al pago de los arbitrios del mes siguiente de producida la transferencia, se recomienda presentar su declaración jurada hasta antes del último día hábil del mes siguiente de ejecutada la transferencia”[1]. Eduardo, siguió la recomendación del SAT y se presentó dentro del mes siguiente en que se adjudicó el inmueble.
Lea también: El proceso de desalojo a la luz del IV Pleno. Jaime Abanto vs. Julio Pozo [VÍDEO]
En el SAT se le permitió realizar el “alta” sin ningún problema. Sin embargo, se negaron a entregarle el denominado HR u Hoja de Resumen. El HR es aquel documento que consigna la relación de predios registrados para un determinado año, donde se puede visualizar la ubicación del predio, código catastral, el valor del autovaluo, el valor afecto, la base imponible la cual se utilizará para determinar el impuesto predial para dicho año[2].
La persona que lo atendió le indicó que el HR le sería otorgado el próximo año. Esta no pasaría de ser una simple e inoficiosa negativa, si es que el HR no fuera un requisito indispensable para cualquier notario en caso de transferencia de propiedad.
Así, resulta que Eduardo, pese a que ostenta derecho de propiedad inscrito luego haberse adjudicado el inmueble, no puede recibir de forma inmediata un HR que recoja su titularidad. Increíblemente el SAT tampoco le puede facilitar una copia de los HR de años anteriores y mucho menos una constancia de no adeudo del impuesto predial respecto del predio del que hoy es propietario. «Esos documentos solo se los podemos facilitar al propietario anterior. ¡¡Tráigalo!!» ¿Se imagina? Eduardo acaba de desalojar, vía lanzamiento, al anterior propietario. La respuesta del SAT no solo es ilegal sino también absurda.
Lea también: Las casaciones civiles más relevantes del 2017, por Julio Pozo Sánchez
Ah, pero eso sí. Sin ningún problema el SAT le ha permitido pagar el impuesto predial del presente año que no pagó el anterior propietario (deudor o tercero ejecutado)[3].
Lo antes referido es una manifiesta traba burocrática además de una completa vulneración del ejercicio del derecho de propiedad. El derecho a la propiedad predial supone que el adjudicatorio (nuevo propietario) pueda exigir inmediatamente respecto del predio (hoy de su propiedad) que tanto el HR como el PU reflejen su nueva condición. Además, se encuentra plenamente habilitado a exigir constancias de adeudo o no, respecto al predio, sin limitación alguna, máxime si le es permitido cancelar el impuesto predial del año en curso.
Resulta absurda la negativa del SAT, que no contenta con negarse a otorgar el HR actualizado, además niega una copia del HR de años anteriores, y lo que es peor, una constancia de no adeudo del impuesto predial (habiéndose pagado el año en curso) con el único objeto de que cualesquiera de los documentos antes indicados puedan ser presentados ante un notario.
Corresponde un llamado de atención a nuestras autoridades ediles y en este caso puntual a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Ahora que parecen tan preocupados por dar gasto al presupuesto con obras de último minuto (que más parecen propaganda electoral), deberían preocuparse también en eliminar cualquier traba burocrática como la narrada.
[3] Cabe precisar que de acuerdo al artículo 10 de la Ley de Tributación Municipal “el carácter de sujeto del impuesto se atribuirá con arreglo a la situación jurídica configurada al 1 de enero del año a que corresponde la obligación tributaria. Cuando se efectúe cualquier transferencia, el adquirente asumirá la condición de contribuyente a partir del 1 de enero del año siguiente de producido el hecho”.
21 May de 2018 @ 10:11


![Cuando la libertad de expresión se vincula con la libertad sindical y los derechos políticos, requiere protección reforzada, ya que su vulneración puede generar un efecto amedrentador y afectar la capacidad de las organizaciones para defender sus intereses [Deras García y otros vs. Honduras, ff. jj. 78-82]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)

![Partida de nacimiento obtenida judicialmente es nula si existe duplicidad de partidas [Exp. 00423-2022-0, f. j. 2.3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/peticion-de-herencia-y-declaratoria-de-herederos-es-posible-esclarecer-error-en-partida-de-nacimiento-con-la-de-bautismo-LPDerecho-218x150.png)
![Corresponde anular compraventa si compradores adquirieron el vehículo creyendo que era nuevo por engaño de la empresa vendedora [Exp. 4251-99-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/08/corresponde-anular-compraventa-si-compradores-adquirieron-el-vehiculo-creyendo-que-era-nuevo-por-engano-LPDerecho-218x150.jpg)
![Compraventa es nula por simulación absoluta si fue realizada después de inscribirse sentencia que anuló donación a favor del vendedor [Casación 5867-2017, Lima Norte]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/compraventa-es-nula-por-simulacion-absoluta-si-fue-realizada-despues-de-inscribirse-sentencia-que-anulo-donacion-a-favor-del-vendedor-LPDerecho-218x150.jpg)
![Nulidad de acto jurídico: Desistimiento de pretensión aprobada adquiere similar efecto que una demanda infundada con calidad de cosa juzgada [Exp. 02919-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/firma-documento-testamento-susecion-civil-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Casuística judicial del justo título en la prescripción adquisitiva de dominio. (miércoles 13 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/6ee86eee-8d4e-4f14-b19b-01917a39887c-218x150.jpg)
![Dos precisiones sobre la aplicación retroactiva de los convenios colectivos: i) al suscribirse un nuevo convenio colectivo, sus cláusulas entran en vigencia desde el día siguiente de la caducidad del convenio anterior y, de no existir pacto alguno, desde la fecha de presentación del pliego de reclamos; y ii) no rige la aplicación retroactiva cuando se trate de obligaciones de dar bienes en especie, caso en el cual la obligación surte efectos desde la suscripción del convenio [Casación 21340-2023, Loreto, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley del Mercado de Valores (Decreto Legislativo 861) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_Ley-del-mercado-de-valores-218x150.jpg)



![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
![Promocionan la formalización y dinamización de micro, pequeña y mediana empresa mediante el régimen societario alternativo, sociedad por acciones cerrada simplificada [Decreto Legislativo 1409] Ejecutivos - Socios - Negocios - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Ejecutivos-Socios-Negocios-LPDerecho-218x150.jpg)
![Nuevo TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General [2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER-LIBRO-TUO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)












![Es improcedente la prescripción adquisitiva de dominio si el demandante ingresó a poseer el bien en calidad de comprador y buscó renegociar el pago, pues ello elimina los requisitos de pacificidad y «animus domini» [Casación 1549-2021, Lima Norte]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Oswaldo Ordóñez: Lea la resolución de la JNJ que no ratificó a juez que criticó al Congreso ante la Comisión IDH [Resolución 151-2026-PLENO-JNJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_Informe-Oral-Oswaldo-Alberto-Ordonez-Alcantara_LP-324x160.jpg)
![Partida de nacimiento obtenida judicialmente es nula si existe duplicidad de partidas [Exp. 00423-2022-0, f. j. 2.3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/peticion-de-herencia-y-declaratoria-de-herederos-es-posible-esclarecer-error-en-partida-de-nacimiento-con-la-de-bautismo-LPDerecho-100x70.png)
![[VIVO] Casuística judicial del justo título en la prescripción adquisitiva de dominio. (miércoles 13 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/6ee86eee-8d4e-4f14-b19b-01917a39887c-100x70.jpg)
![Corresponde anular compraventa si compradores adquirieron el vehículo creyendo que era nuevo por engaño de la empresa vendedora [Exp. 4251-99-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/08/corresponde-anular-compraventa-si-compradores-adquirieron-el-vehiculo-creyendo-que-era-nuevo-por-engano-LPDerecho-100x70.jpg)
![Compraventa es nula por simulación absoluta si fue realizada después de inscribirse sentencia que anuló donación a favor del vendedor [Casación 5867-2017, Lima Norte]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/compraventa-es-nula-por-simulacion-absoluta-si-fue-realizada-despues-de-inscribirse-sentencia-que-anulo-donacion-a-favor-del-vendedor-LPDerecho-100x70.jpg)

![Oswaldo Ordóñez: Lea la resolución de la JNJ que no ratificó a juez que criticó al Congreso ante la Comisión IDH [Resolución 151-2026-PLENO-JNJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_Informe-Oral-Oswaldo-Alberto-Ordonez-Alcantara_LP-100x70.jpg)
