La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Callao, rechazó las apelaciones presentadas por los procesados Gersón Gálvez Calle (Caracol), Julio Magán Zevallos (exjefe del INPE), Christian Paul Benavides Ampuero, Luis Alberto Flores Prialé y Álvaro Hernán Obregón Maldonado (exfuncionarios del INPE).
De esta forma, el colegiado conformado por los magistrados superiores Miguel Ricardo Castañeda Moya, Julio Agustín Milla Aguilar y Duberlis Nina Cáceres Ramos, confimó la sentencia condenatiria de primera instancia, aunque redujo la pena de 13 a 10 años de prisión efectiva.
Gálvez Calle fue ratificado como cómplice primario y los demás implicados como coautores del delito contra la administración de justicia, encubrimiento personal agravado, en agravio del Estado, ello a razón de encontrarse varias irregularidades para acelerar la excarcelación de “Caracol” en el año 2014 por el delito de tráfico ilícito de drogas.
Durante el proceso, el colegiado evidenció que en los sentenciados, extrabajadores del INPE, existía un marcado interés en favorecer al interno Gálvez Calle, detectándose la manipulación de documentos administrativos, disposiciones, coordinaciones, llamadas telefónicas, acuerdos mutuos y un extraño accionar para agilizar la tramitación de la excarcelación.
Asimismo, consideró las declaraciones de testigos claves quienes aportaron información relevante en relación a cómo se desarrolló dicha excarcelación, confirmando así la culpabilidad de los investigados.
Al declarase infundado el recurso de apelación, la sala confirmó el pago de la reparación civil por la suma de veinte mil soles, impuesta en el 2018, por el Primer Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Callao.
Ante la decisión, las defensas de todos los condenados indicaron que presentarán recurso de casación, que deberá realizarse ante un juzgado supremo.
Datos
El 2018 el Primer Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Callao resolvió 13 años y 4 meses de pena privativa de libertad contra Julio César Magán Zevallos, Luis Alberto Flores Prialé Christian Paul Benavides Ampuero y Álvaro Hernán Obregón Maldonado como coautores y Gerson Adair Gálvez Calle como cómplice primario, del delito contra la administración de justicia, encubrimiento personal agravado, tipificado en el artículo 404 del Código Penal y una reparación civil de veinte mil soles.
Actualmente, Gerson Gálvez Calle se encuentra preso en el penal de Challapalca (Puno) y los demás sentenciados venían cumpliendo reglas de conducta al margen de su sentencia de prisión efectiva dada en el 2018. Una vez conocida la decisión de la sala superior dicha sentencia entra en ejecución por lo que se ordenó la ubicación y captura inmediata de Julio César Magán Zevallos, Luis Alberto Flores Prialé, Christian Paul Benavides Ampuero y Álvaro Hernán Obregón Maldonado, exfuncionarios del INPE implicados en el caso.
Fuente: Corte del Callao



![Que a una misma persona se le abra diferentes procesos sobre los mismos objetos «solo con la finalidad de agravar su situación» no justifica transferencia de la competencia [Trans. de Competencia 13-2025, Lima Norte, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El silencio administrativo negativo no habilita a la Administración a extender indefinidamente el plazo para declarar nulidad de oficio [Casación 3523-2023, Lima, f. j. 3.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Heredero no puede despojar a comprador que adquirió confiando en el Registro: si la sucesión no estaba inscrita al momento de la compra, no puede exigírsele al comprador que «adivine» que existían otros herederos del causante [Casación 6073-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/casa-desalojo-vivienda-posesion-civil-bien-construccion-mala-fe-LPDerecho-218x150.jpg)
![La prueba del despido no solo se da a través de una constatación policial o judicial; también se puede valorar otras circunstancias como la propia aceptación de la demandada [Casación 1661-2024, Tacna, f. j. 5.1-5.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/fallecimiento-despido-laboral-trabajador-estres-renuncia-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Que el bien se haya vendido a un precio irrisorio no es suficiente para anular la compraventa por simulación [Casación 3007-2022, Ica, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/casa-vivienda-valor-posesion-predio-hipoteca-venta-compraventa-herencia-LPDerecho-218x150.jpg)

![¿Se aplican los beneficios de un convenio colectivo a funcionarios en cargos de confianza o de dirección? [Informe Técnico 000605-2026-Servir-GPGSC] servidor - servidores Servir CAS - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Trabajadores-Servir-LPDerecho-218x150.jpg)
![Diferencias entre personal asistencial y personal administrativo en el sector salud [Informe Técnico 00534-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Trabajador debe acreditar el despido para que proceda la reposición por despido incausado o fraudulento [Casación 43847-2022, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)


![En delitos especiales no solo debe verificarse la infracción de un deber especial (ilícito administrativo) por parte del funcionario público, sino que también se requiere, por el principio de lesividad, que, por lo menos, exista un «comienzo de ejecución de ejecución de un acto típico» [Exp. 01231-2024-PHC/TC, f. j. 37] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)


![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)





















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)







