La fiscal Niccy Mariel Valencia Llerena tiene un doctorado en Derecho y Ciencias Políticas por la Universidad Nacional de Trujillo y preside la Junta de Fiscales Superiores de Lima Sur por el periodo 2019-2020.
El 7 de marzo, Valencia Llerena envió un oficio circular que obliga a los fiscales de Lima Sur a no presentarse como «doctores» si no cuentan con el grado académico de «doctor».
La disposición hace un llamado a los fiscales de Lima Sur para que retiren la expresión «Doctor», «Doctora», «Dr.» o «Dra.» de tarjetas de presentación e incluso de sus propios sellos, si es que no tienen esa condición académica.
De esta manera, los fiscales de ese distrito fiscal no podrán atribuirse un grado académico que no les corresponde. El documento advierte que este tipo de prácticas constituirían delito de falsedad genérica, tipificado en el artículo 438 del Código Penal.
El oficio circular también señala que frente a situaciones en las que un fiscal pueda haber incurrido en la comisión del delito citado, deberá cumplir con regularizar su situación cumpliendo con las disposiciones antes mencionadas.
Niccy Mariel Valencia Llerena, además de tener el grado de doctor, cuenta con una maestría en Derecho Constitucional y Administrativo por la Universidad Nacional de Trujillo y en 1999 culminó otra maestría en Derecho Penal y Ciencias Criminológicas por la misma casa de estudios. Hacia el 2008 se convirtió en doctora en Derecho y Ciencias Políticas.
A continuación compartimos el documento.
PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE FISCALES SUPERIORES DEL DISTRITO FISCAL DE LIMA SUR
Villa El Salvador, 07 de Marzo del 2019
OFICIO CIRCULAR N° 000010-2019-MP-FN-PJFSLIMASUR
Sres(as).
- FISCALES SUPERIORES DEL DISTRITO FISCAL DE LIMA SUR
- FISCALES PROVINCIALES DEL DISTRITO FISCAL DE LIMA SUR
- FISCALES ADJUNTOS PROVINCIALES DEL DISTRITO FISCAL DE LIMA SUR
Presente.
Asunto : INDEBIDA CONSIGNACIÓN DE GRADO ACADÉMICO EN SELLOS
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, para saludarlos cordialmente y en atención al asunto de la referencia, comunicarles que, en caso de no contar con el grado académico de Doctores en Derecho, deberán retirarlos de los sellos que emplean en el desarrollo de sus funciones diarias, en los que aparecen consignados sus nombres, cargos y Despachos Fiscales en los cuales se encuentran designados; en ese sentido, deberán retirar las expresiones «Doctor«, «Doctora«, «Dr» y «Dra» si estos se encontraran consignados en dichos implementos de trabajo.
Que, la referida decisión radica en documentos presentados a esta Presidencia, poniendo en conocimiento que personal del Distrito Fiscal de Lima Sur que adolece de ciertos grados académicos, vienen haciendo uso indebido de los mismos, tanto al expedir documentos como también al emplear tarjetas de presentación personal mediante las cuales se identifican, por ejemplo, como «Doctores», incurriéndose así en el delito contra la Fe Pública de Falsedad Genérica, previsto y penado en el artículo 438° del Código Penal.
Que, en ese sentido, a efectos de evitar que se puedan suscitar situaciones en las que se deje entrever que algún Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Sur habría incurrido en la comisión del citado delito por emplear un grado académico con el que no cuenta, se les exhorta a cumplir lo detallado en el primer párrafo del presente oficio.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para expresarle mi mayor consideración
Dios guarde a ustedes.
Niccy Mariel Valencia Llerena



![Usurpación de funciones: La devolución de un vehículo al imputado requiere justificación, por lo que solo puede hacerse mediante una disposición (y no una providencia) que emite el fiscal provincial (y no el adjunto) [Apelación 379-2024, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Se establecen tres criterios sobre igualdad de trato remunerativo: i) solo serán discriminatorias las diferencias salariales basadas en criterios prohibidos; ii) no serán discriminatorias aquellas sustentadas en la necesidad de protección o asistencia especial; y iii) la homologación de remuneraciones deberá considerar criterios como la procedencia y antigüedad del homólogo propuesto, la capacitación para ocupar el cargo que desempeña el homólogo, el sometimiento a la evaluación solicitada por el empleador que acredite que merece el nivel remunerativo reclamado, y la diferenciación objetiva del pago de bonificaciones, asignaciones u otros conceptos [Casación 16507-2023, La Libertad , f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![La protección de niños privados de libertad exige su separación por edad, tipo de infracción y situación procesal, mediante alojamiento en sectores distintos y asistencia adecuada a sus necesidades para resguardar su integridad física, mental y moral [Mota Abarullo y otros vs. Venezuela, ff. jj. 81-82, 84]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sancionan a Claro y distribuidor por fallas en celular resistente al agua al no probar uso indebido del consumidor [Res. 0079-2026/Indecopi-CAJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-fachada-caso-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![¿Qué es la prescripción adquisitiva de dominio? Bien explicado [ACTUALIZADO 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/08/prescripcion-adquisitiva-de-dominio-LPDerecho-218x150.png)




![La Primera Sala Constitucional de Lima ampara demanda de Fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el Estado de Cosas Inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Indecopi multa a Apuesta Total por poner restricciones a usuario que apostaba montos elevados y tenía resultados exitosos [Resolución Final 1583-2026/CC2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Declaran el 11 de junio de cada año «Día Nacional del Vino Peruano» [RM 000136-2026-Produce]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Vino-peruano-LPDerecho-218x150.jpg)

![Reglamento de la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas [DS 009-2025-EF] (actualizado 2026)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/2025-LEY-32069-LIBRO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)













![[VÍDEO] Edgar Zúñiga: El verdadero negocio de los contratistas del Estado radica en cobrar los adicionales imprevistos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_Edgar-Zuniga-Moran_LP-218x150.jpg)

![Se establecen tres criterios sobre igualdad de trato remunerativo: i) solo serán discriminatorias las diferencias salariales basadas en criterios prohibidos; ii) no serán discriminatorias aquellas sustentadas en la necesidad de protección o asistencia especial; y iii) la homologación de remuneraciones deberá considerar criterios como la procedencia y antigüedad del homólogo propuesto, la capacitación para ocupar el cargo que desempeña el homólogo, el sometimiento a la evaluación solicitada por el empleador que acredite que merece el nivel remunerativo reclamado, y la diferenciación objetiva del pago de bonificaciones, asignaciones u otros conceptos [Casación 16507-2023, La Libertad , f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-324x160.png)
![¿Qué es la prescripción adquisitiva de dominio? Bien explicado [ACTUALIZADO 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/08/prescripcion-adquisitiva-de-dominio-LPDerecho-100x70.png)

![La protección de niños privados de libertad exige su separación por edad, tipo de infracción y situación procesal, mediante alojamiento en sectores distintos y asistencia adecuada a sus necesidades para resguardar su integridad física, mental y moral [Mota Abarullo y otros vs. Venezuela, ff. jj. 81-82, 84]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-100x70.jpg)

![Se establecen tres criterios sobre igualdad de trato remunerativo: i) solo serán discriminatorias las diferencias salariales basadas en criterios prohibidos; ii) no serán discriminatorias aquellas sustentadas en la necesidad de protección o asistencia especial; y iii) la homologación de remuneraciones deberá considerar criterios como la procedencia y antigüedad del homólogo propuesto, la capacitación para ocupar el cargo que desempeña el homólogo, el sometimiento a la evaluación solicitada por el empleador que acredite que merece el nivel remunerativo reclamado, y la diferenciación objetiva del pago de bonificaciones, asignaciones u otros conceptos [Casación 16507-2023, La Libertad , f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)

