Premier Aníbal Torres presenta cuestión de confianza sobre proyecto de ley que define los alcances de dicha figura

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El primer ministro, Anibal Torres, presentó ante el presidente del Congreso, una cuestión de confianza para que se debata el proyecto de ley de reforma constitucional que define los alcances sobre la cuestión de confianza.


Lima, 08 de Noviembre del 2022

OFICIO N° D000433-2022-PCM-DPCM
Señor: José Daniel Williams Zapata

Presidente del Congreso de la República Presente. –

De mi especial consideración:

Lo saludo respetuosamente para solicitarle, como Presidente del Consejo de Ministros, nos convoque a la primera oportunidad que sesione el Pleno del Congreso, a fin de plantear una cuestión de confianza, de acuerdo a los artículos 51°, 126° y 132° 133° de la Constitución Política, y los literales c) y e) 1 del artículo 86° del Reglamento del Congreso.

Desde el inicio del presente periodo presidencial, hemos estado sumidos en una profunda crisis política, que no es si no el resultado de la fragilidad de nuestro sistema partidario y representativo. Esta coyuntura ha convertido en complicado llegar a los consensos necesarios para poder encausar el rumbo del país en su máximo potencial. Más aún cuando determinadas reformas legislativas ejecutadas por el Parlamento han trastocado la forma de gobierno constitucionalmente reconocida.

En ese sentido, el pasado 08 de abril de 2022, presentamos el Proyecto de Ley 1704/2021-PE, “Proyecto de Ley que deroga la Ley 31355, Ley que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza regulada en el último párrafo del artículo 132 y en el artículo 133 de la Constitución Política del Perú”.

Han transcurrido siete meses desde su presentación ante el Congreso de la República y a la fecha no cuenta con dictamen de la comisión competente. El artículo 105 de la Constitución, establece el carácter prioritario que tienen las iniciativas legislativas del Ejecutivo. A pesar de ello, y de haber sido reiterada su prioridad mediante Oficio D000041-2022-PCM-GA, de fecha 02 de noviembre de 2022, sigue sin ser atendido. Por lo tanto, exigimos que sea exonerado del trámite en comisiones, siendo práctica parlamentaria cuando la situación lo amerita, como es el presente caso.

Esta iniciativa del Ejecutivo es neurálgica a fin de generar condiciones objetivas que nos permitan entrar a debatir temas de fondo, con la finalidad definir reformas sistémicas a la Constitución, como las que contiene el Proyecto de Ley N° 474- 2021-PE, “Proyecto de Ley de Reforma Constitucional que fortalece la gobernabilidad y la confianza entre el Poder Ejecutivo y el Congreso de la República” el cuál, hasta la fecha, tampoco ha sido priorizado por el Parlamento.

El proyecto de ley N° 1704/2021-PE, se encuentra directamente relacionado con el Eje N°6 de la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026, aprobado mediante el Decreto Supremo N°164-2021-PCM, en lo que respecta al fortalecimiento del régimen democrático, toda vez que desde el Ejecutivo sostenemos que la propia existencia de la Ley N°31355 restringe de tal manera la facultad del Ejecutivo de usar la herramienta de la cuestión de confianza, que debilita el sistema democrático en cuanto a las atribuciones de un Poder Ejecutivo que se encuentra presidido por alguien democráticamente elegido, como es el Presidente Pedro Castillo Terrones.

El objetivo de esta cuestión de confianza es que el Congreso de la República agende en la siguiente sesión del Pleno el debate y eventual aprobación del Proyecto de Ley N° 1704/2021-PE, atendiendo a las consideraciones expuestas.
Por tanto, y de conformidad con las facultades otorgadas por la Constitución, acudiremos al Pleno del Congreso a plantear la cuestión de confianza y exponerla de manera exhaustiva y pormenorizada, la cual, por la importancia del tema a tratar, reiteramos sea agenciada en la próxima sesión del Pleno.

Hago propicia la oportunidad para expresarle mi especial consideración y estima personal.
Atentamente,

Documento firmado digitalmente

ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS

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