El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial remitió el oficio respectivo al Ministerio de Economía y Finanzas, debidamente documentado y sustentado; solicitando los recursos económicos necesarios para concretar la homologación de los magistrados titulares, en consonancia con el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
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Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
Ref.: Oficio N° 334-2018-GG/PJ, cursado por la Gerente General del Poder Judicial, respecto a la homologación de ingresos de los jueces titulares.
Lima, veintiséis de marzo de dos mil dieciocho.-
VISTO:
El Oficio N° 334-2018-GG/PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, informa respecto a la homologación de ingresos de jueces titulares.
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CONSIDERANDO:
Primero. Que, el articulo 1o de la Ley N° 30125 modificó el numeral b), inciso 5), del artículo 186° del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, estableciendo que «el haber total mensual por todo concepto de los Jueces Superiores será del 80 % del haber total mensual por todo concepto que perciban los Jueces Supremos, conforme a lo establecido en el literal a) precedente: el de los Jueces Especializados o Mixtos será del 62 %; y el de los Jueces de Paz Letrados será del 40% referidos también a los dos últimos porcentaje al haber total mensual por lodo concepto que perciben los Jueces Supremos ”.
Segundo. Que, al respecto, la Gerencia General mediante Oficio N° 334-2018-GG/PJ, informando respecto al costo de aplicación de la mencionada normativa.
Tercero. Que el artículo 82°, inciso 23), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, es asegurar el pago íntegro de las remuneraciones de los magistrados y demás servidores del Poder Judicial, según lo establecido en la referida ley.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 244-2018 de la novena sesión extraordinaria del Consejó Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Primero.- Ratificar el apoyo a los jueces para homologar sus remuneraciones; acorde a la escala establecida en el numeral b), inciso 5, del artículo 186° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Segundo.- Remitir el oficio respectivo al Ministerio de Economía y Finanzas, debidamente documentado y sustentado; solicitando los recursos económicos necesarios para disponer la homologación, a que se hace referencia precedentemente. Para tal efecto, la Gerencia General remitirá el documento correspondiente.
Tercero.- Conformar una Comisión de Trabajo, integrada por los señores Consejeros Héctor Enrique Lama More, quien la presidirá, y Augusto Ruidías Farfán; así como, por los señores Jorge Hernán Ruiz Arias, Rolando Alfonzo Martel Chang y Wilbert Bustamante del Castillo, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Piura, Lima y Cusco, respectivamente; con la finalidad de efectuar coordinaciones con las autoridades competentes y hacer seguimiento al pedido de homologación de remuneraciones de jueces titulares.
Registrese, comuniqúese y cúmplase.
DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO