PJ amplía competencia de dos juzgados para atender denuncias sobre violencia contra la mujer

Incluyen los órganos jurisdiccionales de los distritos de Lunahuaná y Acora de las Cortes de Cañete y Puno, respectivamente.

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 El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ)  atenderán directamente las denuncias sobre violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar.


El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), que preside José Luis Lecaros, amplió la competencia funcional de dos juzgados de paz letrados más, sumando en total 58 los órganos jurisdiccionales en todo el país, que atenderán directamente las denuncias sobre violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar.

Se trata de los juzgados de paz letrado del distrito de Lunahuaná, provincia de Cañete, y de Acora, provincia de Puno, que pertenecen a las cortes superiores de Cañete y Puno, respectivamente.

Esta medida fue en respuesta a un informe de la Oficina de Productividad Judicial, la cual determina que, además de los 56 órganos jurisdiccionales que realizan esa labor desde el 20 de mayo del 2020, debe incluirse a los otros dos juzgados de paz letrado al cumplir con los requisitos de ley.

“A parte de los cincuenta seis órganos jurisdiccionales ha sido identificado que los siguientes juzgados de paz letrado cumplen con las condiciones para ampliar sus competencias funcionales para que, de manera excepcional y por razones de acceso a la justicia, atiendan directamente las denuncias sobre estos casos”, señala la Resolución Administrativa N° 000254-2020-CE-PJ.

El pasado 20 de mayo del 2020, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso ampliar la competencia funcional de cincuenta seis juzgados de Paz Letrado de las cortes superiores de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cañete, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín y La Libertad.

A esta relación fueron incluidos también los distritos judiciales de Lambayeque, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno y Selva Central.

Ello en cumplimiento del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1386 que modifica los artículos 14° y 15° de la Ley 30364, el cual señala que las denuncias contra la mujer y los integrantes del grupo familiar pueden presentarse, además, ante los juzgados de paz letrado o juzgados de paz.

OTRAS MEDIDAS

Por otro lado, el CEPJ aprobó mantener la Resolución Administrativa N° 000181-2020-CEPJ que prorroga la vigencia de la primera fase del Protocolo “Reinicio de Actividades de los Jueces de Paz en Aplicación en Distritos Judiciales” que están ubicados dentro de la jurisdicción de los departamentos de Cusco, Moquegua, Puno, Tacna.

También para órganos de algunas jurisdicciones de varias provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Madre de Dios y Pasco, hasta el 30 de setiembre del presente año.

La medida dispone que los juzgados de paz cuya jurisdicción no está en los departamentos y provincias en mención brindarán las ofertas de servicio de justicia en materias de demandas o denuncias nuevas en conflictos patrimoniales y faltas respectivamente.

Fuente: PJ

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