La Corte Superior de Justicia de Lima organizó el día 19 de diciembre de 2022 el X Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional de la Corte Suprema de Justicia de Lima, en el cual participaron jueces superiores, especializados y de paz letrado.
Se abordaron tres temas, a saber:
1. Otorgamiento de pensión de viudez a favor de varón;
2. La reposición en el sector público como consecuencia de un despido nulo;
3. Las normas de remuneraciones máximas que aprueba el FONAFE como fuente normativa de la nivelación de remuneraciones;
4. El procedimiento disciplinario para sanciones distintas al despido.
A continuación compartimos las conclusiones del X Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional respecto del tema 1:
l. EL OTORGAMIENTO DE LA PENSIÓN DE VIUDEZ A FAVOR DEL VIUDO VARÓN
El Pleno, por unanimidad, acordó lo siguiente:
ACUERDO: Para el otorgamiento de la pensión de viudez a favor del viudo varón, que efectúe el trámite bajo el régimen previsional del Decreto Ley n.º 20530 o del Decreto Ley n.º 19990, en tanto no se produzcan las modificaciones legislativas por la declaración de estado de cosas inconstitucional al igual que las exhortaciones expedidas por el Tribunal Constitucional que deben efectuar tanto el Poder Legislativo como Ejecutivo, corresponde el otorgamiento de la pensión al viudo varón o integrante de la unión convivencial debidamente acreditada, sin que le resulte exigible el cumplimiento de los requisitos establecidos en el inciso c) del artículo 32 del Decreto Ley n.º 20530 o del artículo 53 del Decreto Ley n.º 19990, por vulneración del derecho a la igualdad de género, conforme al principio constitucional establecido en el inciso 2) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, que establece el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley y a no ser discriminado por ningún motivo; y el artículo 10, sobre el derecho a la seguridad social, de la Constitución Política del Perú, porque el derecho a la seguridad social es un derecho humano fundamental, como lo señala la Organización de Naciones Unidas en el artículo 22 de la Declaración Universal de Derecho Humanos, y el inciso 1) del artículo 25, sobre el derecho a un nivel de vida adecuado, y el artículo 28, respecto de un mundo libre y justo, de dicha declaración.
Hacer distinciones entre el viudo y viuda para percibir las pensiones de sus causantes es una clara discriminación de igualdad de género, de viudez y de vejez, que también tienen proteción en los artículos 6, sobre derecho a la vida y dignidad en la vejez, y 17, relativo al derecho a la seguridad social de la Convención Interamericana para la Protección de Derechos de Personas Adultas Mayores, ratificada por la República de Perú mediante el Decreto Supremo n.º 044-2020-RE, del 22 de septiembre de 2020, el cual entró en vigor el 31 de marzo de 2021, máxime si se trata de personas adultas mayores que, con arreg a las 100 Reglas de Brasilia, son consideradas dentro del grupo de seres humanos en condición de vulnerabilidad.




![Si bien el IX Pleno desarrolló doctrinariamente la facultad de declarar de oficio la nulidad manifiesta, esta está vigente desde 1984 en el art. 220 CC [Casación 1759-2023, Lima, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El pago del precio no es elemento esencial del contrato de compraventa; lo esencial es el «acuerdo sobre el monto del precio», no su ejecución, conforme lo establece el art. 1529 CC [Casación 3961-2024, Cusco, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/casa-vivienda-valor-posesion-predio-hipoteca-compraventa-venta-herencia-LPDerecho-218x150.jpg)
![El silencio administrativo negativo no habilita a la Administración a extender indefinidamente el plazo para declarar nulidad de oficio [Casación 3523-2023, Lima, f. j. 3.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Que a una misma persona se le abra diferentes procesos sobre los mismos objetos «solo con la finalidad de agravar su situación» no justifica transferencia de la competencia [Trans. de Competencia 13-2025, Lima Norte, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Clase modelo sobre alcances generales de la JPRD. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-MODELO-PAOLA-NAVIA_Alcances-generales-de-la-JPRD-218x150.jpg)

![[VIVO] Dudas frecuentes sobre la demanda de alimentos (lunes, 20 ABR)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/Entrevista-a-Juan-Carlos-Arenas-218x150.jpg)
![¿Se aplican los beneficios de un convenio colectivo a funcionarios en cargos de confianza o de dirección? [Informe Técnico 000605-2026-Servir-GPGSC] servidor - servidores Servir CAS - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Trabajadores-Servir-LPDerecho-218x150.jpg)
![La prueba del despido no solo se da a través de una constatación policial o judicial; también se puede valorar otras circunstancias como la propia aceptación de la demandada [Casación 1661-2024, Tacna, f. j. 5.1-5.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/fallecimiento-despido-laboral-trabajador-estres-renuncia-LPDerecho-218x150.jpg)
![Diferencias entre personal asistencial y personal administrativo en el sector salud [Informe Técnico 00534-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Trabajador debe acreditar el despido para que proceda la reposición por despido incausado o fraudulento [Casación 43847-2022, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)





![Suspenden plazos procesales en este distrito judicial por cortes de energía [RA 000108-2026-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-LPDerecho-218x150.png)
![Protocolo para la gestión del proceso especial de desalojo (versión 002) [RA 000103-2026-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/deshauciar-desalojo-casa-vivienda-LPDerecho-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Heredero no puede despojar a comprador que adquirió confiando en el Registro: si la sucesión no estaba inscrita al momento de la compra, no puede exigírsele al comprador que «adivine» que existían otros herederos del causante [Casación 6073-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/casa-desalojo-vivienda-posesion-civil-bien-construccion-mala-fe-LPDerecho-218x150.jpg)











![Responsabilidad de establecimiento médico se analiza dentro de la responsabilidad subjetiva [Casación 1312-1996, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/responsabilidad-civil-medica-5-LPDerecho-324x160.png)