Municipalidad prohíbe el castigo físico y humillante contra niños, niñas y adolescentes [Ordenanza Municipal 489-2023/MDL]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 20 de enero de 2023

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La Ordenanza Municipal 489-2023/MDL, emitida por la Municipalidad Distrital de Lurín el 22 de diciembre de 2023, prohíbe de manera efectiva el uso del castigo físico y humillante contra niños, niñas y adolescentes en el distrito. La normativa se fundamenta en principios constitucionales y acuerdos internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño. Establece definiciones precisas de castigo físico y humillante, reconociendo el derecho al buen trato de los menores.

La ordenanza abarca diversas acciones a implementar, asignando responsabilidades a diferentes entidades municipales, con el objetivo de prevenir y atender situaciones de violencia. Además, propone la difusión de la ley y la sensibilización mediante estrategias como la campaña «Ponte en #ModoNiñez». La norma es de cumplimiento obligatorio para todo el personal municipal, y se faculta al Alcalde para dictar disposiciones complementarias.


Prohíben el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes

ORDENANZA MUNICIPAL 489-2023/MDL

Lurín, 22 de diciembre de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN
POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LURÍN:

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos Nº 060-2023-CPAJ-REG/ML, el Dictamen de la Comisión Permanente de Comunicaciones, Cultura y Desarrollo Humano Nº 011-2023-CPCCDH-REG/ML, el Informe Nº 357-2023-UFDEMUNAMyF-GDH/MDL del Responsable de la UF Defensoría Municipal de la Niña, Niño y Adolescente, Mujer y Familia, el Memorándum Múltiple Nº 030-2023-GDH/MDL de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Memorándum Nº 907-2023-SG/MDL de la Secretaría General, el Informe Nº 480-2023-UFIIyP-SG/ MDL de la Unidad Funcional de Imagen Institucional y Protocolo, el Memorándum Nº 923-2023-SG/MDL de la Secretaría General, el Memorándum Nº 547-2023- GPC/MDL de la Gerencia de Participación Ciudadana, el Memorándum Nº 417-2023-GDH/MDL de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Memorándum Nº 591-2023- GPC/MDL de la Gerencia de Participación Ciudadana el Informe Nº 379-2023-GSCi/ML de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe Nº 225-2023-GDH/ MDL de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Proveído Nº 2160-2023-GPP/ML de la Gerencia de Participación Ciudadana, el Informe Nº 297-2023-SGPM-GPP/MDL de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 496-2023-GPP/MDL de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 492-2023-GAJ/ MDL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 598-2023-GM/MDL de la Gerencia Municipal, sobre la aprobación de la ORDENANZA QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN; y

[Continúa …]

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