Modelo de descargos a papeleta de tránsito
SUMILLA Presento mis descargos de la imputación efectuada en la Papeleta de Infracción Nro. […identificar la papeleta respecto de la cual se realizan los descargos…]
SEÑOR […identificar al órgano de transporte o tránsito en la municipalidad provincial, por ejemplo, Gerente de Transporte Urbano y Circulación Vial…]
[…nombres y apellidos de quien presenta los descargos…], identificado con DNI Nro. […], con domicilio real en […], provincia […], y departamento de […]; a Ud., respetuosamente, digo:
No reconociendo expresa ni voluntariamente la comisión de la infracción imputada procedo a la presentación de mis descargos en los siguientes términos:
1.EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO
Como pretensión administrativa principal, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de notificado con la Papeleta de Infracción Nro. […], presento mis descargos para desvirtuar la imputación efectuada ofreciendo los medios de prueba pertinentes para que se emita Resolución Final que determine la no existencia de responsabilidad administrativa disponiéndose el archivo del procedimiento administrativo.
Como pretensión administrativa subsidiaria, solicito se declare la nulidad de la Papeleta de Infracción Nro. […] por contener una motivación defectuosa (genérica) que constituye la causal de nulidad prevista en el artículo 10, inciso 2, del TUO de la Ley 27444.
1.FUNDAMENTOS DE DESCARGO
II.1. PRESUNTA INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA
Se me imputa la Infracción Grave G47 consistente “Estacionar en lugar que afecte la operatividad del servicio de transporte público de pasajeros o carga o que afecte la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito o impida observar la señalización”.
II.2. CONDUCTA DE LA INFRACCIÓN DETECTADA
La conducta descrita en la papeleta es “Estacionar en el lugar donde afecta la operatividad vehicular”.
II.3. TIPICIDAD
1. Como se verifica la conducta imputada es estacionar en el lugar donde afecta la operatividad vehicular, sin embargo, dicha conducta no está tipificada en la Infracción grave G47, por cuanto la descripción de la infracción indica afectar la operatividad del servicios de transporte público de pasajeros (no indica afectar la operatividad vehicular), siendo que al haberse cometido la presunta falta en […], se verifica que dicha cuadra no está destinada al servicio de transporte público de pasajeros o carga por lo que la conducta imputada no tipifica en la infracción administrativa.
2.De esta manera, se ha producido la inobservancia del principio de tipicidad previsto en el artículo 248, inciso 4 del TUO de la Ley 27444 – Decreto Supremo 004-2019-JUS – que indica
“Solo constituyen conductas sancionables administrativamente las infracciones previstas expresamente en normas con rango de ley mediante su tipificación como tales, sin admitir interpretación extensiva o analogía”.
II.4. EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD
1.Si bien la conducta imputada no tipifica en la infracción administrativa, también se configura la eximente de responsabilidad prevista en el inciso 1 del artículo 257 del TUO de la Ley 27444 que indica
“1. Constituyen condiciones eximentes de la responsabilidad por infracciones las siguientes: a) El caso fortuito o la fuerza mayor debidamente comprobada”.
2. Es del caso, que mi persona dejo su vehículo en […] para atender una emergencia de salud (fuerza mayor), por lo que tenía que comprar en farmacia medicamentos, conforme lo acredito con la Boleta Electrónica de 14 de junio de 2023 que adjunto; por lo tanto, corresponde se exima de responsabilidad por existir un supuesto de fuerza mayor debidamente comprobado.
II.5. NULIDAD DE PAPELETA POR MOTIVACIÓN GENERAL
1.Se me imputa la conducta de Estacionar en el lugar donde afecta la operatividad vehicular que constituye la motivación del acto administrativo de papeleta, sin embargo, la descripción del hecho imputado es una fórmula general y vacía (afectación a la operatividad vehicular), más aún cuando la infracción imputada no tipifica la afectación a la operatividad vehicular, sino la afectación de la operatividad de los servicios de transporte público de pasajeros o carga, por lo que se contraviene el artículo 6, numeral 6.3 del TUO de la Ley 27444 que indica
“No son admisibles como motivación, la exposición de fórmulas generales o vacías de fundamentación para el caso concreto o aquellas fórmulas que por su oscuridad, vaguedad, contradicción o insuficiencia no resulten específicamente esclarecedoras para la motivación del acto”.
2.De esta manera, esta defectuosa motivación constituye la causal de nulidad prevista en el artículo 10, inciso 2 del TUO de la ley 27444 que indica
“Son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, los siguientes”: “2. El defecto o la omisión de alguno de sus requisitos de validez”.
III. MEDIOS PROBATORIOS DE DESCARGO
1.Boleta Electrónica que acredita que el 14 de junio de 2023 a horas 10:10:45 estaba comprando medicamentos de la Farmacia […] ubicada en […], con lo que acredito que el estacionamiento de mi vehículo se debió a un supuesto de fuerza mayor como es la salud.
2. Informe que emitirá la autoridad competente que indique que la […] no está destinada a transporte público de pasajeros o carga, con la finalidad de acreditar que la conducta imputada no tipifica en la infracción administrativa.
1.ANEXOS
1-A Copia de mi Documento Nacional de Identidad
1-B Copia de la Papeleta de Infracción Nro. […]
1-C Boleta Electrónica.
POR LO EXPUESTO
Pido a usted tener por presentados mis descargos.
Pucallpa, 18 de junio de 2023.
[…firma del presunto infractor, no es necesaria la firma de abogado…]