El Concejo Metropolitano de Lima aprobó la Ordenanza 2817, que declara en situación de emergencia el tránsito en las vías del Sistema Vial Metropolitano por un plazo de 180 días, con el fin de ejecutar acciones urgentes para mejorar la circulación en la ciudad.
La medida busca priorizar labores de control, fiscalización, intervención vial y recuperación de la operatividad de la red metropolitana, frente a los problemas de congestión y desorden vehicular.
Para su implementación, se encargó a entidades como EMAPE, la Gerencia de Movilidad Urbana, INVERMET y el Gobierno Regional Metropolitano de Lima coordinar acciones dentro de sus competencias.
Asimismo, se dispuso la articulación con la Policía Nacional del Perú y la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) para reforzar la ejecución de medidas en campo.
La ordenanza también faculta a la Municipalidad de Lima a emitir disposiciones complementarias en materia de fiscalización electrónica, semaforización y educación vial.
Ordenanza que declara en Situación de Emergencia el tránsito en las vías del Sistema Vial Metropolitano
ORDENANZA N° 2817
LA TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, ENCARGADA DEL DESPACHO
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha; en uso de las facultades indicadas en los artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Movilidad Urbana y Obras de Infraestructura Vial a través del Dictamen N° 005-2026-MML/CMMUOIV, por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización mediante Dictamen N° 033-2026-MML/CMAEO y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales en su Dictamen 037-2026-MML/CMAL; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución:
Ha dado la ordenanza siguiente:
ORDENANZA QUE DECLARA EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA EL TRÁNSITO EN LAS VÍAS DEL SISTEMA VIAL METROPOLITANO
Artículo 1.- Declárese como medida excepcional en SITUACIÓN DE EMERGENCIA el tránsito en las vías del Sistema Vial Metropolitano de Lima, comprendidas en la Ordenanza N° 341, sus modificatorias y ratificada mediante Ordenanza N° 2590, con el objeto de priorizar acciones inmediatas de control, fiscalización, intervención vial y recuperación de la operatividad de la red metropolitana, por el plazo de 180 días calendarios.
Artículo 2.- Encárguese a la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos S.A. (EMAPE S.A.), a la Gerencia de Movilidad Urbana, al Fondo Metropolitano de Inversiones (INVERMET) y al Gobierno Regional Metropolitano de Lima, desarrollar las acciones, en el marco de sus competencias, para el cumplimiento de la presente ordenanza, acorde con la normativa vigente.
Artículo 3.- Encárguese a las unidades de organización descritas en el artículo precedente, desarrollar las coordinaciones con la Policía Nacional del Perú y con la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, para la adecuada implementación de la presente ordenanza.
Inscríbete aquí Más información
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Facúltese al alcalde metropolitano de Lima para que, mediante decreto de alcaldía, emita el reglamento de la presente ordenanza y las medidas complementarias que resulten necesarias, así como ampliar el plazo establecido, previo sustento técnico de las áreas antes señaladas, con conocimiento del pleno del Concejo Metropolitano de Lima.
Segunda.- Facúltese a la Gerencia de Movilidad Urbana para dictar las disposiciones necesarias en materia de fiscalización electrónica, educación vial, semaforización y otros, a través de las unidades orgánicas competentes.
Tercera.- La presente ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Cuarta.– Encárguese a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y, a la Oficina de Gobierno Digital, su publicación, en el Portal de Transparencia Estándar (PTE) de la Municipalidad Metropolitana de Lima: https://transparencia.munlima.gob.pe el mismo día de su publicación en el Diario Oficial.
POR TANTO:
Al promulgarla, mando se registre, publique, comunique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los veintitrés días de abril de dos mil veintiséis.
FABIOLA MARÍA MORALES CASTILLO
Teniente Alcalde


![Se consolidad criterio según el cual las pericias grafotécnicas practicadas sobre fotocopias son válidas, aunque su fuerza probatoria puede verse limitada y debe evaluarse caso por caso [Casación 1080-2022-Apurimac]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Sancionan a banco que no informó oportunamente a la denunciante que el tipo de cambio que se aplicaría a la operación de compra de dólares sería distinto al ofrecido [Res. 1227-2026/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Habiéndose emitido un pronunciamiento por una Sala del Tribunal Registral respecto a un título; cuando se presente el mismo título en otra presentación, la misma sala u otra sala deberá sujetarse al criterio ya establecido, con lo cual se garantiza la predictibilidad en el procedimiento registral, salvo las excepciones taxativamente previstas en la normativa [Res. 1515-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-registral-LPDerecho-218x150.jpg)
![La investigación preparatoria concluye cuando el fiscal emite y notifica su disposición de conclusión, no por el solo vencimiento del plazo ni por el control judicial del mismo (diligencias realizadas fuera del plazo no son inválidas) [Apelación 341-2024, Junín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![[VIVO] Clase modelo sobre Liquidación de pensiones devengadas en procesos de alimentos. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-MODELO-CLAUDIA-FELIX-PACHECO_Liquidacion-de-pensiones-devengadas_lp-218x150.jpg)
![[VIVO] Preguntas frecuentes sobre la audiencia única en el proceso de alimentos (viernes, 08 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/4b684563-1ec6-4597-b2ea-8571d40ee9b5-218x150.jpg)
![Se evidencia la aceptación de la culminación del contrato de trabajo, pese a que el trabajador no firmó el convenio de mutuo disenso, si este no manifestó su voluntad de reintegrar el beneficio económico que le fuera depositado [Casación 16234-2023, Cusco, f. j. 5.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![La motivación suficiente de la actuación administrativa es una garantía de razonabilidad y no arbitrariedad de las decisiones administrativa, lo cual se traduce en una exigencia o condición impuesta para la vigencia efectiva del principio de legalidad (fundamento de voto) [Exp. 00170-2019-PA/TC, Tumbes, f.j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La administración pública está sometida al principio jurídico de supremacía de la Constitución; por lo que la legitimidad de los actos administrativos no viene determinada por el respeto a la ley, sino por su vinculación a la Constitución [Exp. 3741-2004-AA/TC, Lima, f.j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-justicia-juez-jueza-defensa-civil-penal-juicio-LPDerecho-218x150.jpg)
![El principio de legalidad no significa sólo la ejecución de la ley, sino su compatibilidad con el orden objetivo de principios y valores constitucionales, aplicando criterios de razonabilidad, racionalidad y proporcionalidad [Exp. 3741-2004-AA/TC, Lima, f.j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![MML declara en emergencia el tránsito en las vías del Sistema Vial Metropolitano [Ordenanza 2817]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/metropolitano-de-lima-bus-estacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Prorrogan vigencia del grupo de trabajo encargado de revisar y proponer mejoras en el Código Procesal Penal [RM 165-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/05/minjus-5-LP-218x150.jpg)
![Modifican el Reglamento de la defensa jurídica del Estado para reforzar autonomía institucional [Decreto Supremo 005-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sancionan a inmobiliaria que se quedó con el anticipo (S/8570) que le pagó una consumidora: la empresa alegó que la pandemia había afectado sus finanzas sin poder probarlo [Res. Final 0081-2026/Indecopi-TAC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)















![TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (Decreto Supremo 004-2019-JUS) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/02/TUO-DE-LA-LEY-27444-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Dictan medidas para la formalización de terrenos ocupados por posesiones informales [Decreto Supremo 007-2026-Vivienda]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/cofopri-LPDerecho-100x70.png)







![¡ATENCIÓN! Conozca las medidas para reactivar los órganos jurisdiccionales y administrativos [RA 146-2020-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/06/PJ-medidas-LP-324x160.png)