Ley 31558: Ley que otorga un grado inmediato superior al personal de oficiales de servicio PNP

publicado en el diario oficial El Peruano el 03 de agosto de 2022.

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Se ha publicado la Ley 31558, Ley que otorga un grado inmediato superior al personal de oficiales de servicio PNP en situación de actividad.


LEY Nº 31558

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE OTORGA UN GRADO INMEDIATO SUPERIOR AL PERSONAL DE OFICIALES DE SERVICIO PNP, EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD, COMPRENDIDO EN EL DECRETO SUPREMO 010-2005-IN, INCORPORAN A PROFESIONALES EN LABORATORIO CLÍNICO Y ENFERMERÍA A LA CATEGORÍA DE OFICIALES DE SERVICIOS EN EL GRADO DE TENIENTE PNP

Artículo 1. Otorgamiento de grado inmediato superior

Se otorga, por excepción y única vez, un grado inmediato superior al personal de oficiales de servicio PNP, en situación de actividad, comprendido en el Decreto Supremo 010-2005-IN, Incorporan a profesionales en Laboratorio Clínico y Enfermería a la Categoría de Oficiales de Servicios en el grado de Teniente PNP, con cargo al presupuesto del Ministerio del Interior.

El presente artículo no es aplicable para los que ostentan el grado de coronel de servicios PNP.

Artículo 2. Autorización para postular en el proceso de ascenso 2022

Se habilita, en forma excepcional, al personal de la Policía Nacional del Perú comprendido en el Decreto Supremo 010-2005-IN, Incorporan a profesionales en Laboratorio Clínico y Enfermería a la Categoría de Oficiales de Servicios en el grado de Teniente PNP, para postular al subsiguiente grado inmediato superior a partir del proceso de ascenso de oficiales del año 2022.

El presente artículo no es aplicable para los que ostentan el grado de coronel de servicios PNP.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiún días del mes de julio de dos mil veintidós.

MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO
Presidenta del Congreso de la República

LADY MERCEDES CAMONES SORIANO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de agosto del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República

ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
Presidente del Consejo de Ministros

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