Aceptan renuncia de procurador que fue denunciado por acosar a practicante

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[Actualización]

Después de la denuncia de una practicante de la Contraloría contra el procurador de la misma institución, Eugenio Rivera García, se decidió aceptar su renuncia. La resolución fue publicada en el diario oficial El Peruano, hoy el 10 de marzo, en el que no se menciona la denuncia formulada en contra del exfuncionario, aunque tampoco se le da las gracias por los servicios prestados, como es costumbre.

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 069-2019-JUS

Lima, 9 de marzo de 2019

VISTO, el Oficio N° 913-2019-JUS/CDJE, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos;

Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, dispone como finalidad del sistema fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones;

Que, el literal a) del artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que la designación de los procuradores públicos y procuradores públicos adjuntos culmina, entre otras razones, por renuncia;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 040-2018-JUS, del 22 de febrero de 2018, se designó al abogado Eugenio Rivera García como Procurador Público de la Contraloría General de la República;

Que, mediante Oficio N° 00115-2019-CG/DC, del 07 de febrero de 2019, el Contralor General de la República comunica al Presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado la renuncia del abogado Eugenio Rivera García como Procurador Público de la Contraloría General de la República;

Que, mediante Sesión Extraordinaria del 22 de febrero de 2019, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado acordó proponer se acepte la renuncia del abogado Eugenio Rivera García como Procurador Público de la Contraloría General de la República;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia del abogado Eugenio Rivera García como Procurador Público de la Contraloría General de la República.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros

VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos


[Nota original 7/3/2919]

El procurador público de la Contraloría General de la República, Eugenio Rivera García,  fue denunciado por hostigamiento de tipo de sexual contra una joven practicante de la mencionada entidad.

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Según un memorándum del 4 de febrero, el gerente de Capital Humano de la Contraloría General de la República, Colón Cruz, informó al secretario técnico de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, Edgar Canseco, la recepción de la denuncia verbal. Posteriormente, se dispuso el inicio de pesquisas preliminares.

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Un mes después, el Ministerio de Justicia recibió una carta, donde se señala que se pretende encubrir a Eugenio Rivera, pues la institución solo le solicitó su renuncia. En este sentido,se explica que se está omitiendo comunicar el hecho al Ministerio Público.

El 4 de marzo, el secretario general de la Contraloría,Luis Iglesias, remitió la investigación llevada a cabo dentro de la entidad a la fiscal de la nación Zoraida Ávalos.

La Contraloría informó que se inició un procedimiento administrativo disciplinario, este podrá concluir en la aplicación de una “sanción ejemplar”. Asimismo, la víctima ha solicitado que se le otorgue medidas de protección.

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