[Actualizado 6.3.2020]
Declaran Duelo Nacional los días 6 y 7 de marzo de 2020, con motivo del deceso del Embajador Javier Felipe Ricardo Pérez de Cuéllar Guerra
DECRETO SUPREMO 040-2020-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el día 04 de marzo de 2020, se ha producido el lamentable fallecimiento del Embajador Javier Felipe Ricardo Pérez de Cuéllar Guerra, ex Secretario General de las Naciones Unidas, ex Presidente del Consejo de Ministros y ex Ministro de Relaciones Exteriores;
Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Embajador Javier Felipe Ricardo Pérez de Cuéllar Guerra fue elegido y reelegido como Secretario General de las Naciones Unidas, ocupando el cargo de 1982 a 1986 y de 1987 a 1991, desde el que contribuyó al fin de la Guerra Fría; a facilitar acuerdos de paz, entre Irán e Irak, Namibia, Afganistán, El Salvador, Nicaragua, entre otros; al fortalecimiento de las operaciones de mantenimiento de la paz, que las hizo merecedoras del Premio Nobel de la Paz; a la adopción del concepto de desarrollo sostenible y sus tres dimensiones, económica, social y ambiental; entre otras numerosas acciones efectivas y reconocidas internacionalmente;
Que, a lo largo de su carrera diplomática, el Embajador Javier Felipe Ricardo Pérez de Cuéllar Guerra ocupó los más altos cargos en el Servicio Diplomático de la República y ejerció funciones en el Ministerio de Relaciones Exteriores y en el exterior con profunda vocación, al servicio de los intereses nacionales y con aportes sustantivos a la política exterior del Perú, desempeño que lo califica como modelo en el ejercicio de su profesión, por lo que desde el año 2011 la Academia Diplomática del Perú lleva su nombre;
Que, frente a una de las más graves crisis republicanas, aceptó el cargo de Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores, entre noviembre de 2000 y julio de 2001, para hacer efectiva la recuperación de la democracia representativa y la celebración de elecciones libres y transparentes, así como restaurar la posición internacional del Perú;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el artículo 77 del Decreto Supremo N° 096-2005-RE;
DECRETA:
Artículo 1°.- Declárese Duelo Nacional los días 6 y 7 de marzo de 2020, con motivo del deceso del Embajador Javier Felipe Ricardo Pérez de Cuéllar Guerra, peruano ilustre y ex Secretario General de las Naciones Unidas.
Artículo 2°.- El Pabellón Nacional será izado a media asta en todos los edificios públicos, instalaciones militares, bases, buques, locales policiales y demás dependencias del Estado en todo el territorio nacional, así como en las misiones diplomáticas, consulares y representaciones permanentes del Perú en el exterior.
Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil veinte.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Presidente del Consejo de Ministros
GUSTAVO MEZA-CUADRA V.
Ministro de Relaciones Exteriores
Descargue en PDF la resolución
[Nota original 4.3.2020]
El Perú de duelo. El destacado diplomático peruano Javier Pérez de Cuéllar, quien fuera secretario general de las Naciones Unidas, entre enero de 1982 y diciembre de 1991, falleció en su domicilio, a los 100 años de su edad.
La familia informó que el cuerpo del expresidente del Consejo de Ministros en el gobierno de Valentín Paniagua será velado en privado este jueves, mientras que el viernes recibirá los homenajes póstumos en el palacio de Torre Tagle.
Semblanza de El Comercio:
Abogado de profesión, Pérez de Cuéllar tuvo una destacada carrera diplomática que se inició el año 1944. Fue embajador del Perú en Suiza, la Unión Soviética, Polonia, Venezuela y Francia.
Fue también representante permanente del Perú ante las Naciones Unidas entre 1971 y 1975. Su desempeño en dicho cargo lo llevó a ser nombrado subsecretario de la ONU en 1979 para luego ocupar la secretaría general de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) desde el 1 de enero de 1982 hasta el 31 de diciembre de 1991. El diplomático peruano es, hasta la fecha, el único americano en ocupar dicho puesto.
Asimismo, participó en la política nacional postulando a la presidencia en las Elecciones Generales de 1995, comicios en los que Alberto Fujimori fue reelecto.
Posteriormente fue convocado en noviembre del año 2000 por el presidente Valentín Paniagua para presidir el Consejo de Ministros del Gobierno de Transición, cargo que aceptó y ejerció a sus 81 años de edad hasta julio del 2001, junto con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
En los últimos años de su vida, Pérez de Cuéllar decidió abocarse a la actividad literaria. En 2012 publicó su libro autobiográfico “Memorias. Recuerdos personales y políticos”, mientras que en 2014 publicó la novela “Los Andagoya”.


![[VIVO] Clase magistral sobre los problemas del control de acusación (17 marzo)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-MAGISTRAL-CONTROL-DE-ACUSACION-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Sala prohíbe cautelarmente el uso de los caballos para reprimir multitudes [Expediente 00316-2018-86]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/policia-montada-peru-protesta-caballo-LPDerecho-218x150.png)
![Investigado que pagó la deuda tributaria en fecha posterior a la acusación penal pierde la oportunidad del ser eximido de la investigación penal por regularización tributaria [Casación 3641-2024, Lambayeque, f. j. 5.17]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La no efectiva y válida notificación de la sentencia condenatoria al imputado genera indefensión, pues se le habría imposibilitado conocer el contenido de dicha sentencia y, por tanto, impugnarla [Exp. 01649-2024-PHC/TC, f. j. 11] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)



![[Balotario notarial] La función notarial y los instrumentos públicos notariales: estructura, límites y naturaleza administrativa](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/FUNCION-NOTARIAL-GESTION-PERU-LPDERECHO-218x150.jpg)


![¿Es válido el despido del trabajador por miccionar en una bolsa dentro del área de trabajo y dejarla expuesta a la vista de sus compañeros? [Cas. Lab. 8119-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Trabajandor-LPDerecho-218x150.png)

![Las medidas correctivas adoptadas tras un accidente laboral no liberan de responsabilidad al empleador [Resolución 0036-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/accidente-laboral-construccion-indemnizacion-caida-lesiones-dano-LPDerecho-218x150.png)
![[VÍDEO] Luz Pacheco sobre caso Cerrón: TC acordó que casos con repercusión política se verían antes de elecciones](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/Luz-Pacheco-Zerga-tribunal-constitucional-tc-LPDerecho-218x150.png)

![Modifican Reglamento de financiamiento de fondos partidarios de la ONPE [Resolución Jefatural 000042-2026-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/oficina-nacional-procesos-electorales-onpe-LPDerecho-218x150.jpg)
![JNE precisan condiciones para aplicar valla electoral en las elecciones generales 2026 [Acuerdo del Pleno (12/3/2026)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/JNE-218x150.png)

![Reglamento de la Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado [DS 038-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)



















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Declaran ilegal que municipalidad prohíba a personas naturales la organización de espectáculos públicos no deportivos [Res. 0043-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)








