Covid-19: incluirían delito de acaparamiento en época de estados de emergencia

Esta propuesta contempla hasta cinco años de cárcel por acaparar bienes de primera necesidad y hasta cuatro años por acaparar bienes de consumo o producción. Adherimos documento al final de la nota.

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El congresista Guillermo Aliaga Pajares de Somos Perú presentó el Proyecto de Ley 4878/2020-CR que plantea modificar el Código Penal para incluir el delito de acaparamiento en época de estados de emergencia.

El proyecto contempla hasta cinco años de cárcel por acaparar bienes de primera necesidad y hasta cuatro años por acaparar bienes de consumo o producción. Esta propuesta de delito se tipificaría en el artículo 233 del Código y también precisa de 180 a 365 días multa, de acuerdo al caso concreto. Aquí la posible redacción del delito: 

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Acaparamiento en época de estados de emergencia

Artículo 233.- El que acapara o de cualquier manera sustrae del comercio, durante la vigencia de Estados de Emergencia debidamente declarados por decreto supremo, bienes de consumo o producción, con el fin de alterar los precios, provocar escasez y obtener lucro indebido en perjuicio de la colectividad, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y con noventa a ciento ochenta días-multa.

Si se trata de bienes de primera necesidad, la pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años y de ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa.


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En la exposición de motivos, el legislador explica que el delito de acaparamiento consiste en sustraer artículos o productos de primera necesidad para obtener ganancias particulares, poniendo en peligro la continuidad del sistema comercial.

Líneas más abajo, el documento cita al profesor Emilia Sandoval Huertas, autor del libro «El acaparamiento y la especulación desde las perspectivas criminológicas y jurídico penal», en donde asegura que la tipificación del delito de acaparamiento pretende garantizar la mínima reproducción de la fuerza de trabajo necesaria para la subsistencia del modo de producción capitalista.

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Antecedentes

En 2017, la Defensoría del Pueblo a través del oficio 045-2017/DP planteó al Congreso de la República un proyecto de ley que sanciona el acaparamiento y la especulación de bienes o servicios en zonas declaradas en emergencia por desastres. Este proyecto contempla penas de hasta 6 años de prisión efectiva.

En 2016, el congresista Juan Carlos Gonzales Ardiles presentó el Proyecto de Ley N° 731/2016-CR que planteó hasta 6 años de prisión efectiva y el decomiso de los bienes acaparados, cuando se traten de zonas declaradas en emergencia.

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