Hurtado Reyes niega que empresario haya influido ante Guido Aguila para ser nombrado juez supremo

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DECLARACIÓN DEL JUEZ SUPREMO MARTÍN HURTADO REYES

Frente a la noticia propalada el día de ayer respecto del Informe No. 01-05-2018-MP-FN dirigido por la Fiscal Sandra Castro Castillo al Fiscal Supremo Pablo Sánchez Velarde, de fecha 15 de agosto de 2018, el mismo que circula por las redes a texto completo, debo indicar lo siguiente:

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1. Contenido del informe: Se trata de una imputación absolutamente genérica y basada en la declaración de un colaborador eficaz respecto de mi nombramiento como Juez Supremo por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), ya que señala que la “información que reporta a su despacho tiene que ver con el nombramiento de los jueces supremos (…)”, indicando entre ellos mi nombre. Se precisa en el informe que “el colaborador señala que Mario Mendoza ayudó con sus influencias ante Guido Aguila Grados para que sean nombrados jueces”, entre ellos menciona a mi persona. Asimismo, en este informe se cita la conversación telefónica entre mi persona y César Hinostroza, la misma que ya fue propalada por la prensa televisiva, en la que éste último ofrece que me dejaría electo en la Corte Suprema.

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2. Conforme se podrá ver del punto precedente se me pretende involucrar como miembro de una organización criminal, debido a que mi nombramiento como juez supremo, se habría producido por apoyo de Mario Mendoza quien habría intercedidó –según el colaborador– ante Guido Aguila, para hacer valer sus influencias. Todo lo cual resultaABSOLUTAMENTE FALSO y afecta mi honor y el de mi familia, igualmente mi trayectoria profesional. Ya que con las personas indicadas ni antes, durante ni después del concurso me he reunido para pedirles apoyo para el citado concurso público. DEJANDO CONSTANCIA QUE NUNCA ME HE COMUNICADO CON LAS PERSONAS HOY DETENIDAS POR LOS HECHOS OCURRIDOS EN LA CORTE DEL CALLAO, entre ellos Mario Mendoza con el que nunca tuve amistad ni cercanía, tampoco recibí ningún tipo de apoyo.

3. En todo caso se hace necesario que la declaración del citado colaborador sea corroborada con otros elementos de convicción para definir la veracidad de su afirmación, siguiendo la doctrina imperante y los pronunciamientos de nuestro Tribunal Constitucional, ya que lo indicado resulta inconsistente y genérico.

4. Sobre este particular ya me he pronunciado en oportunidad anterior (sobre audio y nombramiento) en mi declaración de fecha 08 de agosto de 2018, publicada en el Portal del Poder Judicial, en el que dejé zanjada mi posición respecto de estas dos situaciones, al que me remito para los fines pertinentes.

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5. Sin embargo, no me niego a ninguna investigación objetiva y con respeto al debido proceso, por lo que me someto desde ya a cualquier investigación para que se investigue a profundidad y se pueda corroborar si esta situación se produjo en la realidad, ya que no basta una simple afirmación para dar por cierto un hecho, pues ello resultaría atentatorio a los derechos fundamentales de cualquier ciudadano y que se encuentran reconocidos en la Constitución Política del Perú.

Lima, 31 de agosto de 2018
Poder Judicial

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