El fiscal Hamilton Castro, excoordinador del Equipo Especial del caso Lava Jato, fue designado en la nueva Fiscalía Provincial Penal con competencia en Extinción de Dominio.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación 229-2019-MP-FN, publicada en el Diario Oficial El Peruano, se anunció el traslado de Hamilton Castro, quien formaba parte de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima.
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Artículo Quinto. Designar al abogado Hamilton Castro Trigoso, Fiscal Provincial Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal con competencia en Extinción de Dominio.
Asimismo, en la resolución se resolvió convertir el Décimo Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, a la a la Fiscalía Provincial Penal con competencia en Extinción de Dominio, con competencia en los Distritos Fiscales del Callao, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Ventanilla.
Según el documento, la legislación actual sobre pérdida de dominio tiene deficiencias que generan serias dificultades en los operadores jurídicos para su aplicación práctica como herramienta destinada a recuperar los bienes o ganancias provenientes de actividades delictivas.
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Deficiencias como la falta de autonomía del proceso de pérdida de dominio del proceso penal, así como la no especialización de los operadores, ha permitido que en el Perú la delincuencia continúe acumulando riqueza y lavando dinero producto de los delitos antedichos, permitiendo que la economía haya sido permeada por los flujos de capital de tales actividades que la soslayan, produciendo burbujas inflacionarias, reducción de las actividades productivas lícitas, riesgo de desestabilización de la economía legal, desconfianza en el sistema financiero, violencia generalizada, entre otras, señala la resolución.
Disponen convertir el Décimo Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios en Fiscalía Provincial Penal con competencia en Extinción de Dominio y dictan diversas disposiciones
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 229-2019-MP-FN
Lima, 2 de febrero de 2019
VISTO:
El Decreto Supremo Nº 007-2019-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 01 de febrero de 2019.
CONSIDERANDO:
Que, la legislación actual sobre pérdida de dominio adolece de diversas deficiencias e imprecisiones que ha generado serias dificultades en los operadores jurídicos para su aplicación práctica como herramienta destinada a recuperar los bienes o ganancias provenientes de actividades delictivas; deficiencias como la falta de autonomía del proceso de pérdida de dominio del proceso penal, así como la no especialización de los operadores, ha permitido que en el Perú la delincuencia continúe acumulando riqueza y lavando dinero producto de los delitos antedichos, permitiendo que la economía haya sido permeada por los flujos de capital de tales actividades que la soslayan, produciendo burbujas inflacionarias, reducción de las actividades productivas lícitas, riesgo de desestabilización de la economía legal, desconfianza en el sistema financiero, violencia generalizada, entre otras.
Que, en ese sentido ha sido necesario reformular estos mecanismos, implementando la extinción de dominio como una herramienta de política criminal independiente y autónoma del proceso penal, dirigida específicamente contra bienes y fortunas adquiridas como producto de actividades ilícitas reprochables por el ordenamiento jurídico peruano, estableciendo un proceso que se aplica únicamente respecto de derechos reales y que se realiza al margen de la acción penal, dado que el objeto de las dos acciones es distinto. Para ello, se establecen etapas y plazos céleres sobre la base de un subsistema especializado de Extinción de Dominio, con salas, juzgados, fiscalías y unidades policiales especializadas en la materia, que permita un tratamiento diferenciado, que conlleve a la celeridad y eficacia.
Que, en atención a ello, mediante Decreto Legislativo Nº 1373, Decreto Legislativo de Extinción de Dominio, se crea la figura jurídica de la extinción de dominio, con la finalidad de garantizar la licitud de los derechos reales que recaen sobre los bienes patrimoniales, evitando el ingreso al comercio en el territorio nacional o extrayendo de éste los bienes que provengan de actividades ilícitas o estén destinados a ellas.
Que, en la Sexta Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, se dispone que el Poder Ejecutivo reglamenta sus disposiciones en un plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario contados a partir de su publicación, plazo que puede ser prorrogado por una sola vez y por igual plazo debido a la complejidad de la materia.
Que, mediante el Decreto de visto se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1373, Decreto Legislativo sobre Extinción de Dominio, el mismo que contempla la figura del Fiscal Especializado, quien es el representante del Ministerio Público con competencia en Extinción de Dominio.
Que, considerando que el Decreto de visto dispone además que la implementación de la citada norma, en el caso de entidades públicas, se financia con cargo a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, es preciso que el Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para que con los recursos propios de la Institución se ponga en funcionamiento la Fiscalía Provincial Penal con competencia en Extinción de Dominio, para ello resulta necesaria la conversión de alguna de las fiscalías existentes en una Fiscalía Provincial Penal con competencia en Extinción de Dominio, con competencia en los Distritos Fiscales del Callao, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Ventanilla; el cual se adecuará a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1373, sobre Extinción de Dominio, así como el Reglamento correspondiente; en ese sentido, deberá ser el Décimo Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, conformado por un Fiscal Provincial y el personal administrativo correspondiente, el mismo que deberá ser reforzado con el traslado de una plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter permanente, de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Convertir el Décimo Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, conformado por un Fiscal Provincial y el personal administrativo correspondiente, en Fiscalía Provincial Penal con competencia en Extinción de Dominio.
Artículo Segundo.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter permanente, de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, a la Fiscalía Provincial Penal con competencia en Extinción de Dominio, con competencia en los Distritos Fiscales del Callao, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Ventanilla.
Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación del abogado Hamilton Castro Trigoso, Fiscal Provincial Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3940-2013-MP-FN, de fecha 29 de noviembre de 2013.
Artículo Cuarto.- Dar por concluida la designación del abogado Sergio Jiménez Niño, Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2798-2018-MP-FN, de fecha 08 de agosto de 2018.
Artículo Quinto.- Designar al abogado Hamilton Castro Trigoso, Fiscal Provincial Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal con competencia en Extinción de Dominio.
Artículo Sexto.- Designar al abogado Sergio Jiménez Niño, Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal con competencia en Extinción de Dominio.
Artículo Séptimo.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, conforme a lo establecido en el artículo 157º, literal “g” del Reglamento de Organización y Funciones – ROF 2018, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018, para que dispongan las medidas pertinentes, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ZORAIDA AVALOS RIVERA
Fiscal de la Nación (i)
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