Expresidente Humala deberá tener autorización de juez para salir del país

682

El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional dispuso hoy que el expresidente de la República, Ollanta Humala Tasso, solo podrá ausentarse del lugar de su residencia, cambiar de domicilio o salir del país, si obtiene una autorización judicial.

Lea también: La resolución que impide la salida del país de Nadine Heredia sin autorización judicial

Lea también: Teoría preventiva de la pena y análisis crítico del proceso inmediato en el Perú

Así lo resolvió el juez Richard Concepción Carhuancho, al declarar fundado el pedido del Ministerio Público para que se varíe la regla de conducta inicial que se le impuso (dar aviso al juez), cuando pretenda establecerse en un lugar diferente de donde reside actualmente.

Lea también: ¿Cuál es el sistema procesal que ha asumido el Código Procesal Penal de 2004?

El cambio de la norma de conducta se enmarca dentro de la investigación preparatoria que se le sigue al exmandatario, por el presunto delito de lavado de activos en agravio del Estado.

Lea también: Casación 854-2015, Ica: Establecen criterios para la admisión en apelación de prueba testimonial ya rendida en primera instancia

[Peligro de fuga] 

Concepción Carhuancho considera que la exigencia de la autorización judicial para salir del país, es una medida eficaz, cumple con la finalidad del mandato de comparecencia con restricciones de evitar el peligro de fuga y permite un control judicial del investigado.

Lea también: Casación 326-2016, Lambayeque: Se vulnera derecho a la defensa si se admite recurso impugnatorio sin correr traslado a las partes durante plazo prudencial

Además, estableció que en el caso concreto del expresidente se ha intensificado el peligro de fuga, que se evidencia en dos poderes notariales, ambos de fecha 22 de noviembre de 2016. En el primero, Heredia Alarcón faculta a su esposo Ollanta Humala para que viaje con sus menores hijos, o con una persona que este designe, al interior o exterior del país, sin limitación alguna; y en el otro, ambos esposos otorgan la misma potestad a Rosa Elena Heredia Mendoza.

Lea también: Casación 326-2016, Lambayeque: Se vulnera derecho a la defensa si se admite recurso impugnatorio sin correr traslado a las partes durante plazo prudencial

El magistrado, asimismo, dispuso que la nueva norma de conducta se ejecute de inmediato, aunque esta sea apelada ante la instancia judicial superior, en aplicación del principio de ejecución provisional de las decisiones judiciales, que contempla el artículo 412 numeral 1 del Código Procesal Penal.

Lea también: D.L. 1327 que fija medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona denuncias realizadas de mala fe

Igualmente ordenó que se remita un oficio a la Superintendencia Nacional de Migraciones, a fin de que registre en su base de datos, bajo responsabilidad, que el exjefe de Estado solo puede salir del país si presenta la correspondiente autorización judicial.

Fuente: Poder Judicial

Comentarios: