El presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, Jhonny Hans Contreras Cuzcano, emitió un pronunciamiento institucional frente a los cuestionamientos difundidos en medios de comunicación sobre la inaplicación de determinados dispositivos legales por parte de magistrados de dicho subsistema judicial.
En ese marco, la autoridad judicial expresó el respaldo institucional a la independencia de los jueces que integran la Corte, al señalar que esta constituye un mecanismo para la protección de derechos fundamentales y el control del poder público, conforme a la Constitución, la ley y los tratados internacionales suscritos por el Estado peruano.
Asimismo, se sostuvo que los magistrados cuentan con habilitación constitucional para interpretar y aplicar el derecho dentro de una visión sistemática del ordenamiento jurídico. En esa línea, se recordó que el artículo 138 de la Constitución Política reconoce la potestad de los jueces de inaplicar normas cuando adviertan su incompatibilidad con la Carta Magna.
El pronunciamiento también indicó que, en el desarrollo de los procesos penales, los jueces actúan con observancia del debido proceso, lo que implica garantizar el derecho de defensa, la presunción de inocencia y la intervención de una autoridad competente e imparcial. En ese contexto, se enfatizó el deber de excluir cualquier forma de arbitrariedad en la valoración probatoria o en la adopción de decisiones jurisdiccionales.
cuestionamientos que deslegitiman de manera generalizada y difamatoria la actuación constitucional de los jueces afectan el equilibrio de poderes, agravian el principio de independencia judicial y debilitan la confianza de la ciudadanía en sus instituciones y la democracia.
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De otro lado, se advirtió «cuestionamientos que deslegitiman de manera generalizada y difamatoria la actuación constitucional de los jueces afectan el equilibrio de poderes, agravian el principio de independencia judicial y debilitan la confianza de la ciudadanía en sus instituciones y la democracia». Si bien se reconoció la protección de la libertad de expresión, se precisó que esta no debe traducirse en presiones que condicionen el criterio jurídico de los magistrados.
Finalmente, la Corte destacó el pronunciamiento de la Comisión de Venecia respecto a la necesidad de no restringir la facultad de los jueces para ejercer el control difuso de constitucionalidad y el control de convencionalidad. En esa línea, se reafirmó el respaldo a los magistrados en el ejercicio de sus funciones, señalando que su labor se desarrolla dentro del marco de garantías procesales y orientada a la protección de derechos fundamentales.
El lunes 23, la Junta Nacional de Justicia inició una investigación preliminar contra Richard Concepción Carhuancho, juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, por la inaplicación de la ley 32107 (que prescribe delitos de lesa humanidad) a través del control difuso en el caso de Arturo Luis Castro Arias, imputado por el delito de asesinato en contexto de lesa humanidad.
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