Estos serán los costos de las nuevas placas de rodaje [RM 278-2022-MTC/01]

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El MTC ha publicado los nuevos costos para las placas de rodaje a través de la Resolución Ministerial 278-2022-MTC/01, Publicado el 7 de abril de 2022, en la edición extraordinaria de El Peruano.


Aprueban el Anexo N° 1: “Estructura de Costos de las Placas de Rodaje (En soles)”, el Anexo N° 2: “Especificaciones de la Arquitectura e Infraestructura de los Componentes Contenidos en los Pilotos para la Puesta en Funcionamiento de la Tercera Placa” y el Anexo N° 3: “Cronograma de Actividades del Proyecto de Implementación de los Puntos Pilotos para la Puesta en Funcionamiento de la Tercera Placa”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 278-2022-MTC/01

Lima, 6 de abril de 2022

VISTOS: Las Cartas Nos. 042-2021/AAP-GG y 1096-2021/AAP-GP de la Asociación Automotriz del Perú, el Informe N° 0165-2022-MTC/17.03 de la Dirección de Circulación Vial y el Memorando N° 0449-2022-MTC/17 de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 32 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que todo vehículo de transporte automotor que circule por las vías públicas está obligado a exhibir la Placa Única Nacional de Rodaje, cuya clasificación, características y el procedimiento para su obtención es establecida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiendo a esta misma entidad la manufactura y expedición de la misma, de acuerdo a las normas pertinentes;

Que, el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2008-MTC y modificatorias (en adelante, el Reglamento) tiene por objeto regular la Placa Única Nacional de Rodaje como elemento de identificación vehicular durante la circulación de los vehículos por las vías públicas terrestres, estableciendo su clasificación y características, así como los procedimientos para su manufactura, obtención y expedición, con el fin de alcanzar los estándares de seguridad internacional para evitar su falsificación, adulteración, destrucción o empleo indebido y conforme a los lineamientos establecidos en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre;

Que, la Décima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, señala que la Placa Única Nacional de Rodaje será fabricada a partir del 01 de enero de 2010 bajo las especificaciones técnicas y codificación establecidas en el referido Reglamento; y, en caso el Ministerio de Transportes y Comunicaciones previera que el inicio de operaciones de la entidad concesionaria no se producirá a esa fecha, podrá suscribir convenios con otras entidades, a fin de garantizar lo dispuesto en dicha disposición;

Que, al respecto, con fecha 11 de setiembre de 2009, se suscribió el Convenio de Administración del Sistema de Placa Única Nacional de Rodaje, mediante el cual el Ministerio de Transportes y Comunicaciones encarga a la Asociación Automotriz del Perú, la manufactura de la Placa Única Nacional de Rodaje y su expedición a favor de los usuarios a partir del 01 de enero de 2010 con arreglo a las características, especificaciones técnicas y procedimientos establecidos en el Reglamento;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 624-2009-MTC/01, se aprueba el texto del Convenio de Administración del Sistema de Placa Única Nacional de Rodaje entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Asociación Automotriz del Perú;

Que, la Cláusula Séptima del Convenio de Administración del Sistema de Placa Única Nacional de Rodaje señala que el valor de la Placa Única Nacional de Rodaje para el usuario se determinará respetando los límites establecidos en el artículo 45 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, debiendo reflejar dicho valor el costo real de producción de la placa y de la alícuota que corresponde a cada usuario por los dispositivos de almacenamiento de información y lectura de los mecanismos de seguridad que se empleen en éstas; del servicio de expedición y entrega de la placa y los demás conceptos establecidos en el Reglamento, para cuyo efecto el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobará la estructura de costos que le presente la Asociación Automotriz del Perú;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 882-2009-MTC/02, se aprueba la Estructura de Costos de la Placa Única Nacional de Rodaje, presentada por la Asociación Automotriz del Perú, de conformidad con la Cláusula Séptima del Convenio de Administración del Sistema de Placa Única Nacional de Rodaje;

Que, el Laudo Arbitral del Caso Arbitral N° 0608-2018-CCL entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Asociación Automotriz del Perú, ante el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, declara fundada en parte la Primera Pretensión Autónoma de la demanda arbitral formulada por la citada Asociación, señalando entre otros, lo siguiente: “Se declara que, de conformidad con el CONVENIO y la normativa aplicable, forma parte de los deberes y derechos de las partes que se actualice el valor de las placas de rodaje en función del costo real que considere los diversos componentes de acuerdo a la Cláusula Séptima del CONVENIO y a la normativa aplicable a que hace referencia la misma Cláusula Séptima, para lo cual en tales casos y cuando corresponda, la ASOCIACIÓN proporcionará al MTC una estructura de costos que contenga lo anterior y que se encuentre debidamente sustentada de acuerdo a la Cláusula Octava del CONVENIO”;

Que, en dicho contexto, a través de la Carta N° 042-2021/AAP-GG, la Asociación Automotriz del Perú, en el marco de lo dispuesto en la Cláusula Séptima del Convenio de Administración del Sistema de Placa Única Nacional de Rodaje y el Laudo Arbitral del Caso Arbitral N° 0608-2018-CCL, solicita la actualización del valor de la Placa Única Nacional de Rodaje, para lo cual remite una propuesta de estructura de costos;

Que, asimismo, mediante Carta N° 1096-2021/AAP-GP, la Asociación Automotriz del Perú, propone luego de aprobada la nueva Estructura de Costos de la Placa Única Nacional de Rodaje, desarrollar de forma gratuita un sistema informático, el cual incluye la instalación de dos (02) puntos piloto con lectoras y equipos necesarios, para la puesta en funcionamiento del holograma de seguridad (tercera placa) de vehículos;

Que, con Memorando N° 0449-2022-MTC/17, la Dirección General de Autorizaciones en Transportes remite el Informe N° 0165-2022-MTC/17.03 de la Dirección de Circulación Vial, a través del cual sustenta y propone un proyecto de Resolución Ministerial, a fin de aprobar: (i) El Anexo N° 1: “Estructura de Costos de las Placas de Rodaje (En soles)”, con el propósito de actualizar el valor de la Placa Única Nacional de Rodaje; (ii) El Anexo N° 2: “Especificaciones de la Arquitectura e Infraestructura de los Componentes Contenidos en los Pilotos para la Puesta en Funcionamiento de la Tercera Placa”, referido a la implementación del sistema informático ofrecido por la Asociación Automotriz del Perú de forma gratuita, el cual incluye la instalación de dos (02) puntos piloto con lectoras y equipos necesarios, para la puesta en funcionamiento del holograma de seguridad (tercera placa) de vehículos; y, (iii) El Anexo N° 3: “Cronograma de Actividades del Proyecto de Implementación de los Puntos Pilotos para la Puesta en Funcionamiento de la Tercera Placa”, el cual contiene los plazos correspondientes para la ejecución de las actividades referidas a la implementación de los puntos pilotos;

Que, en atención a lo indicado en los considerandos precedentes, y conforme a lo señalado por la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, corresponde emitir el dispositivo legal respectivo;

De conformidad con la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Decreto Supremo N° 017-2008-MTC, Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Resolución Ministerial N° 624-2009-MTC/01, que aprueba el texto del Convenio de Administración del Sistema de Placa Única Nacional de Rodaje entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Asociación Automotriz del Perú; y, la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Anexo N° 1: “Estructura de Costos de las Placas de Rodaje (En soles)”, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobar el Anexo N° 2: “Especificaciones de la Arquitectura e Infraestructura de los Componentes Contenidos en los Pilotos para la Puesta en Funcionamiento de la Tercera Placa”, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Aprobar el Anexo N° 3: “Cronograma de Actividades del Proyecto de Implementación de los Puntos Pilotos para la Puesta en Funcionamiento de la Tercera Placa”, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Derogar la Resolución Ministerial N° 882-2009-MTC/02.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NICOLÁS BUSTAMANTE CORONADO
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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