Un día después de suspender a la congresista María Cordero, el presidente del Congreso, Alejandro Soto, envió al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) un comunicado para hacer oficial la salida de la parlamentaria acusada por el presunto delito de concusión.
Como se recuerda, Cordero Jon Tay fue suspendida del Parlamento mientras duren las investigaciones en su contra. La medida fue respaldada con 72 votos a favor, 16 en contra y 14 abstenciones.
El oficio dirigido a Jorge Luis Salas Arenas también solicita la acreditación a la accesitaria expedita Magally Santiesteban Suclupe, quien se incorporaría al Poder Legislativo conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 26486.
Oficializan suspensión
Este 15 de marzo, el Congreso de la República oficializó, mediante la Resolución Legislativa N° 015-2023-2024-CR publicada en el diario El Peruano, la suspensión del ejercicio de las funciones congresales de María Cordero Jon Tay.
El documento divulgado en el boletín de Normal Legales también declara haber lugar a la formación de causa penal contra la exfujimorista y por la comisión de delito de concusión.
Nota previa…
Día clave. La congresista María Cordero (no agrupada) fue suspendida por el Congreso de la República mientras dure la investigación en su contra por el caso «mochasueldos». La medida se logró en una segunda votación en el Pleno, tras un pedido de reconsideración.
La legisladora será reemplazada por su accesitaria de Fuerza Popular, bancada con la que ingresó a la actual gestión parlamentaria, Magally Santiesteban Suclupe.
Con la llegada de Santiesteban al Congreso, el partido de Keiko Fujimori recupera un escaño y suma 23 miembros.
Lea más: Requieren a Congreso que cumpla con elegir a su procurador titular
«Soy una mujer de bases y de altos principios morales, siempre dispuesta a trabajar y darlo todo por mi querido Tumbes, el pueblo me vio nacer. Y, desde aquí, reafirmo mi lealtad esté donde esté a mi querido partido Fuerza Popular», escribió la accesitaria en su cuenta de Facebook.
Magally Santiesteban Suclupe cursó estudios en Administración y Negocios Internacionales en la Universidad Tecnológica del Perú (UTP), de acuerdo a Linkedin. En las elecciones 2021, logró 1.597 votos en la jurisdicción de Tumbes.
El debate en el Pleno
En primera votación, con 51 votos a favor, 6 en contra y 24 abstenciones, el Congreso de la República acordó no inhabilitar por 10 años a la congresista María Cordero Jon Tay, acusada por presuntos recortes de sueldo a los trabajadores de su despacho.
Lee también: TikTok: Cuestionan a servidora por bailar en sede fiscal con chaleco de la entidad
Momentos previos a la votación, la parlamentaria de Fuerza Popular pidió a sus colegas dar «un voto de conciencia». Cordero criticó la medida de inhabilitación al considerar que ya fue sancionada con una suspensión de 120 días.
Asimismo, el Parlamento tampoco alcanzó los votos necesarios para levantar la inmunidad de la congresista, por lo que no podrá ser procesada a nivel judicial por el delito de concusión.
Ver la sesión aquí.
Nota previa:
El Congreso de la República evaluará el caso de la congresista María Cordero, acusada de presuntos recortes de sueldos a sus trabajadores parlamentarios, este jueves 14.
El Pleno debatirá el informe final de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, el cual recomienda acusar constitucionalmente a la legisladora no agrupada. Este busca suspenderla del cargo e inhabilitarla por diez años para ejercer cargos públicos.
María Cordero es señalada por la presunta comisión del delito de concusión. La exmiembro de la bancada de Fuerza Popular es acusada de «mochasueldo»; es decir, de exigirle un porcentaje de su sueldo a los trabajadores de su despacho, de acuerdo a un informe de periodístico de Punto Final en abril de 2023.
La inhabitación de María Cordero Jon Tay se votaría la semana pasada; sin embargo, fue postergado por «problemas técnicos».

![El fiscal superior no está obligado a notificar a las partes su avocamiento a la elevación de actuados [Queja NCPP 1367-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El pago de la reparación civil se transmite a los herederos del causante, quienes asumen la responsabilidad bajo el principio «intra vires hereditatis» (hasta el límite del valor de los bienes efectivamente heredados) [Exp. 12-2021-10-5001-JS-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La demora en rendir cuentas no equivale a la apropiación de caudales; de ahí que la jurisprudencia suprema le dé valor como indicio (ánimo de apropiación) y no como elemento de atribución directa [RN 1105-2024, Loreto, ff. jj. 16.6 y 16.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Trabajador vulnera la buena fe laboral si hace uso en beneficio propio de información privilegiada (a la cual tenía acceso debido a su cargo) en desmedro de su empleadora [Casación 104-2024, Lima, ff. jj. 16-17]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![Aunque el demandante en un proceso de prescripción adquisitiva no obtenga un resultado favorable, todos los años de duración del proceso no impedirán por sí mismos que dicho periodo en que el demandante continuó en posesión sea considerado como uno de posesión pacífica para un nuevo proceso de prescripción adquisitiva que decida iniciar después [Casación 4968-2021, Lima Este]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/casa-vivienda-propiedad-posesion-divorcio-separacion-bienes-herencia-desalojo-civil-mazo-balanza-LPDerecho-218x150.jpg)
![La modalidad formativa se desnaturaliza si, concluido el convenio de prácticas preprofesionales, la prestación de servicios continúa bajo un contrato civil de locación de servicios, pues no existió una real «ruptura» o «pausa» en el servicio; máxime si se evidencia la subordinación [Casación 55646-2022, Cusco, ff. jj. 9.2-9.3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)

![Los factores especiales de vulnerabilidad, como las condiciones socioeconómicas y el nivel educativo de las personas deben ser considerados por los proveedores de la salud en el acceso a la información y la obtención del consentimiento en procedimientos de anticoncepción quirúrgica [Ramos Durand y otros vs. Perú, ff. jj. 119, 164]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![Destituyen a secretario judicial por adulterar escritura pública de compraventa y cambiar monto del predio [Queja Odecma 419-2016-Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/Destituyen-a-servidor-judicial-sindicado-de-desviar-depositos-judiciales-ascendentes-a-S10-000-con-ayuda-de-sus-familiares-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Ley General del Sistema Concursal (Ley 27809) [actualizada 2026] Ley General del Sistema Concursal • Ley 27809](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Ley-27809-LP-218x150.png)
![Reglamento del Registro de Sociedades [Res. 200-2001-Sunarp-SNV]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Reglamento-del-Registro-de-Sociedades-LPDerecho-218x150.png)
![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-218x150.png)

















![[VÍDEO] Licitaciones públicas para compra de bienes y obras frente a concursos para servicios](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_clase-de-jorge-luis-herrera_LP-218x150.jpg)

![Trabajador vulnera la buena fe laboral si hace uso en beneficio propio de información privilegiada (a la cual tenía acceso debido a su cargo) en desmedro de su empleadora [Casación 104-2024, Lima, ff. jj. 16-17]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-100x70.jpg)


![Aunque el demandante en un proceso de prescripción adquisitiva no obtenga un resultado favorable, todos los años de duración del proceso no impedirán por sí mismos que dicho periodo en que el demandante continuó en posesión sea considerado como uno de posesión pacífica para un nuevo proceso de prescripción adquisitiva que decida iniciar después [Casación 4968-2021, Lima Este]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/casa-vivienda-propiedad-posesion-divorcio-separacion-bienes-herencia-desalojo-civil-mazo-balanza-LPDerecho-100x70.jpg)

