La congresista de la República, Arlette Contreras Bautista, en el pleno ejercicio del derecho a la iniciativa legislativa, presentó el Proyecto de Ley 5449/2020-CR, que plantea que los afiliados a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) puedan acceder a la devolución total de sus fondos.
El retiro se realizaría de acuerdo con el cronograma que apruebe la ONP, mediante un procedimiento gratuito, en un formato sencillo, simplificado e interoperable.
Esta iniciativa beneficiaría a quienes no hayan cumplido o no logren cumplir los veinte años de aportes.
PROYECTO DE LEY QUE RECONOCE EL DERECHO DE LOS AFILIADOS A LA DEVOLUCIÓN TOTAL DE SUS APORTES DEL FONDO DE PENSIONES A CARGO DE LA OFICINA NORMALIZACIÓN PREVISIONAL – ONP
Artículo 1. Objeto
La presente ley tiene por objeto reconocer el derecho de los afiliados a la devolución total del aporte al fondo de sus pensiones en caso no hayan cumplido o no logren cumplir los veinte (20) años de aportes al Sistema Nacional de Pensiones a cargo de la Oficina de Normalización Previsional – ONP.
Artículo 2. Plazo y procedimiento para la devolución de aportes
Dentro del plazo de treinta (30) días calendarios de entrada en vigencia de la presente norma, la Oficina de Normalización Previsional – ONP, aprobará un procedimiento especial para la devolución del total de los aportes de aquellas personas que la solicitan de manera voluntaria, la misma que será proporcional a los años de aportes acumulados en el fondo de pensiones.
El procedimiento será gratuito, en un formato sencillo, simplificado e interoperable. Para dicho fin son aplicables las disposiciones y prohibiciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 1246.
Artículo 3. De la priorización para la devolución de aportes
Una vez aprobado el procedimiento de devolución a favor de los aportantes, la Oficina de Normalización Previsional – ONP establecerá un cronograma de devoluciones priorizando en el orden de atención las solicitudes de mujeres aportantes cabeza de familias o que hayan quedado en estado de viudez, aportantes que hayan quedado en situación de discapacidad y personas aportantes adultas mayores.
El plazo del cronograma de devoluciones no deberá ser superior a los noventa (90) días calendarios.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA: Declaratoria de interés nacional
Declárese de interés público y prioridad nacional la reforma integral del Sistema Nacional de Pensiones a cargo de la Oficina de Normalización Previsional – ONP
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