Concluyen designación de fiscal al que se le encontró con «evidentes signos de embriaguez»

La Fiscalía de la Nación concluyó las labores de Marcelino Alejo Mosquera Mejía, como fiscal adjunto del Distrito Fiscal de Áncash, debido a que fue encontrado al interior del vehículo institucional con «evidentes signos de embriaguez».

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El hecho nació a partir de una intervención policial-fiscal ocurrida el 10 de enero de 2025, al promediar las 12:00 horas, en la que se encontró al abogado al interior de una camioneta después de haber consumido bebidas alcohólicas.

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Mosquera Mejía había sido designado al despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Antonio Raymondi y, en el momento de su intervención, se encontraba en una diligencia para participar en la Cámara Gesell en la Unidad Médico Legal I de Huari, es decir, estaba en horario de trabajo.

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La Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Ancash indicó que el accionar del funcionario «no es compatible con el perfil que exige el cargo para el que fue nombrado» y que daña «la imagen institucional», por lo que solicitó que se concluya su designación.


Dan por concluido nombramiento de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 112-2025-MP-FN

Lima, 15 de enero de 2025

VISTOS:

El oficio N° 000093-2025-MP-FN-PJFSANCASH, de fecha 13 de enero de 2025, e Informe N° 0005-2025-MPFN-OREF-JABE, de fecha 14 de enero de 2025, y;

CONSIDERANDO:

Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2140-2017-MP-FN, de fecha 22 de junio de 2017, se nombró al abogado Marcelino Alejo Mosquera Mejía como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash y se le designó en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Antonio Raymondi, con reserva de su plaza de origen.

De acuerdo al numeral 3 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo N° 052, modificado por el artículo único de la Ley N° 31718, corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal.

El numeral 4 del artículo 65 de la citada Ley Orgánica establece que corresponde al Fiscal de la Nación designar, según corresponda, a los Fiscales Titulares y Provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza especifica. Así como, el artículo 32 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, refiere que la designación de los fiscales, en todos los niveles y especialidades, compete al Ministerio Público y se realiza en la plaza específica, para el órgano fiscal respectivo y sobre la base de la especialidad, experiencia, desempeño y antigüedad.

Al respecto, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fiscal de los fiscales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, en el caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que esta “no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”.

En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, resuelve disponer, a partir del 1 de enero de 2025, que los nombramientos y designaciones de los fiscales provisionales a nivel nacional mantengan su vigencia hasta que se presente alguna de las siguientes causales resolutorias: (i) El nombramiento del fiscal titular por la Junta Nacional de Justicia; (ii) La designación del fiscal titular en la plaza ocupada por el fiscal provincial; (iii) El nombramiento y designación del fiscal provisional como consecuencia del concurso/convocatoria de mérito en el Ministerio Público; (iv) Por orden presupuestal, comprendiendo en este supuesto la condición de la plaza fiscal a ocupar -sea de carácter permanente o transitorio-, conforme se haya establecido para su creación. Así como, otra disposición por necesidad de servicio; (v) La afectación al principio de probidad que se erige como componente esencial del fiscal desde su nombramiento y designación; u otro motivo que termine dañando la imagen institucional; (vi) El incumplimiento o afectación a las condiciones que se requieren para su nombramiento como fiscal, o se transgreda el orden normativo aplicable a los fiscales (vii) se presente alguna otra condición, circunstancia u otra causal, que amerite el término del ejercicio de la función fiscal para lo cual han sido nombrados.

En el presente caso, a través del oficio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, informa que de acuerdo al acta de intervención policial – fiscal, el día 10 de enero de 2025 al promediar las 12:00 horas, el abogado Marcelino Alejo Mosquera Mejía fue encontrado al interior del vehículo institucional del Ministerio Público, con evidentes signos de embriaguez por el consumo de bebidas alcohólicas, lo cual no es compatible con el perfil que exige el cargo para el que fue nombrado, dado que se encontraba en una diligencia para participar en la Cámara Gesell en la Unidad Médico Legal I de Huari; por lo que, solicita dar por concluido su nombramiento como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash y su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Antonio Raymondi.

Lo señalado en el párrafo precedente se evidencia la afectación al principio de probidad que se erige como componente esencial del fiscal desde su nombramiento y designación; lo que además, termina dañando la imagen institucional. Ello, constituye una condición resolutoria, conforme a lo señalado en el sexto párrafo de los considerandos de la presente resolución.

En ese sentido y estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, resulta necesario adoptar las acciones pertinentes a fin de garantizar la función fiscal, para un servicio eficiente y oportuno; por lo que, se ha considerado pertinente, emitir el acto resolutivo por el cual se concluya el nombramiento y designación del abogado Marcelino Alejo Mosquera Mejía, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash y su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Antonio Raymondi.

Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú, y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley N° 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Marcelino Alejo Mosquera Mejía, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, y su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Antonio Raymondi, consecuentemente dejar sin efecto su nombramiento y designación; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2140-2017-MP-FN, de fecha 22 de junio de 2017; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Marcelino Alejo Mosquera Mejía que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano, de acuerdo a sus atribuciones realice la gestión correspondiente a fin de que el abogado Marcelino Alejo Mosquera Mejía contratado a plazo indeterminado en el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, retorne a desempeñar funciones de acuerdo a la reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación

2362441-2

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