Artículo 192 .- Apropiación irregular
Será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con limitación de días libres de diez a veinte jornadas, quien realiza cualquiera de las acciones siguientes:
(…) 2. Se apropia de un bien ajeno en cuya tenencia haya entrado a consecuencia de un error, caso fortuito o por cualquier otro motivo independiente de su voluntad.
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Aaron Aleman, abogado penalista
Sí es delito, opinó el abogado penalista Aaron Aleman para LP. Sostuvo que, según el artículo 192, inciso 2 del Código Penal, un taxista cometería el delito de apropiación irregular si advierte que el pasajero olvidó el bien y no hace nada para devolverlo.
En su opinión, no importa el valor del bien: un celular o una llave, pues el Código Penal no exige un monto mínimo para que se configurara el delito.
Artículo 192 .- Apropiación irregular
Será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con limitación de días libres de diez a veinte jornadas, quien realiza cualquiera de las acciones siguientes:
(…) 2. Se apropia de un bien ajeno en cuya tenencia haya entrado a consecuencia de un error, caso fortuito o por cualquier otro motivo independiente de su voluntad.
Aarón Alemán considera que, si el pasajero no exige la devolución del bien ni puede probar que dejó su celular en el taxi, será difícil sustentar el delito. El pasajero debe demostrar que el taxista sabía que el objeto estaba en su vehículo y que, aun así, eligió no devolverlo.
Es una figura dolosa. El taxista sabía que el objeto no le pertenecía y aun así eligió no devolverlo. De lo contrario, si intentó devolverlo y no pudo, el caso ya no se consideraría delito penal, sino un tema civil, agregó el abogado.
Felipe Salas Zegarra, abogado penalista
Sí es delito, opinó el abogado penalista Felipe Salas Zegarra. En su opinión, si un pasajero olvidó un bien en un taxi por aplicativo, lo primero es rastrear al conductor. En el caso de un taxi informal, lo recomendable es acudir a la comisaría, denunciar la pérdida y solicitar el acceso a cámaras de seguridad cercanas para identificar el vehículo.
Una vez ubicado el taxista, se debe enviar una solicitud formal para que devuelva el bien. Si no lo hace, el caso podría ser denunciado por apropiación ilícita, y no por hurto, pues no hubo una sustracción directa, sino una negativa a devolver un bien olvidado.
Tiene que haber un requerimiento previo. Es decir, el pasajero debe ubicar al taxista y pedirle que le devuelva el objeto. Si el conductor se niega o pone condiciones, ahí podría configurarse el delito. Mucha gente lo confunde con el delito de hurto, pero en el delito de hurto se requiere una sustracción del bien por parte del taxista, explicó.
Felipe Salas explicó que, tras la denuncia, la policía debe reunir pruebas que acrediten que el bien le pertenece al pasajero, y luego contrastar las versiones del pasaje y el taxista con apoyo de cámaras, testigos u otros indicios. Solo así se determinará si hay responsabilidad penal.
Presentada la denuncia por apropiación ilícita, lo primero que debe hacer el efectivo policial es solicitar al agraviado elementos de convicción que comprueben la existencia del bien y la posesión o propiedad por parte de la víctima y corroborar sus versiones con diversos elementos periféricos, esto es: cámaras, testigos, fotos, etc., explicó el abogado penalista.
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