¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase de manera gratuita a través de la plataforma facebook sobre introducción al derecho civil. La cual estará a cargo del especialista Fort Ninamancco Córdova.
Fort Ninamancco Córdova, es abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Magister en Derecho, con mención en Derecho Civil y Comercial, por la misma casa de estudios. Profesor de Derecho Civil en las universidades Mayor de San Marcos, San Ignacio de Loyola y Peruana de Ciencias Aplicadas. Profesor de Derecho Civil de la Academia de la Magistratura. Docente exclusivo de LP.
El doctor Ninamancco será parte de nuestro Curso de introducción al Derecho (• Derecho civil • Derecho penal • Derecho de familia • Derecho constitucional • Derecho laboral • Derecho administrativo). Iniciamos este domingo 13 de agosto de 2023.
Se trata de una valiosa oportunidad para periodistas, estudiantes de derecho, y todo aquel profesional que requiera aprender conocimientos jurídicos elementales o desee consolidar sus estudios básicos. Este remozado curso dotará a sus estudiantes con sólidos conocimientos jurídicos y, además, las sesiones se desarrollarán con una solvente perspectiva interdisciplinaria. Atendiendo a los nuevos retos y las más importantes tendencias jurídicas estudiadas en las universidades más importantes del mundo. Para más información clic aquí.
No se pueden perder esta clase llena de conocimientos además de consejos prácticos y útiles, algo que —estamos seguros— sólo podrán encontrar en nuestro portal.
Lea también: Curso de introducción al derecho. Libro gratis hasta el 7 de agosto
La clase se desarrollará este miércoles, 2 de agosto de 2023, desde las 6 p. m. Si desean recibir las diapositivas de esta clase, cuando inicie la sesión, pueden dejar su número de WhatsApp en los comentarios.

![Voto en discordia: Posteos y comentarios en redes sociales no constituyen actos de investigación ni elementos de convicción; por tanto, no pueden incorporarse como documentos en un informe policial ni ser considerados fundados y graves (publicaciones anónimas, troles y murmuraciones difundidas en redes sociales solo constituyen fuentes de información informal) [Exp. 00339-2026, Tumbes, f. j. 7.1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala Penal absuelve a imputados por video de sembrado de arma de fuego por policías [Exp. 4573-2025-40]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![Constituye prueba nueva la sentencia consentida en la que se absuelve a un coprocesado, en tanto desaparece la agravante específica de pluralidad de agentes [Rev. Sent. NCPP124-2023, San Martin]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Tres son los elementos constitutivos del hostigamiento sexual laboral: (i) la conducta relacionada con temas de carácter sexual, manifestada de forma verbal, escrita, física o mediante abuso de autoridad; (ii) la conducta no bienvenida, evidenciada por el rechazo de la víctima; y, (iii) la afectación del empleo, al perjudicar a la víctima mediante amenazas o la creación de un ambiente laboral hostil [Casación 3804-2010, Del Santa, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Suegra no puede desalojar a su nuera si la edificación construida por esta y su esposo en el segundo piso del inmueble fue realizada luego de que el cónyuge recibió un anticipo de legítima mediante el cual su madre le transfirió la propiedad de los aires del primer piso. Así, la posterior donación con la que el hijo devuelve a su madre lo adquirido por el anticipo no afecta la presunción de dicha edificación como bien social, por lo que la demandada mantiene un título que justifica su posesión [Exp. 00102-2021-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/propiedad-posesion-titulo-casa-vivienda-divorcio-familia-separacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![La calificación del bloqueo registral se circunscribe a las formalidades extrínsecas, la acreditación del tracto sucesivo y la inexistencia de obstáculos insalvables que aparezcan en la partida registral [Resolución 2043-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-registral-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Cuando el art. 209 del anterior Reglamento condicionaba el inicio del procedimiento de liquidación final a la “resolución” y “consentimiento” de las controversias pendientes, se refería a aquellas resueltas mediante conciliación, arbitraje o JRD, y/o consentidas por no haberse impugnado dentro del plazo correspondiente, asimismo, el recurso de anulación solo evaluaba la validez del laudo y no suspendía su cumplimiento ni ejecutividad [Opinión D000004-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Plan de medios de la franja electoral de la segunda vuelta [Resolución Jefatural 000086-2026-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/oficina-nacional-procesos-electorales-onpe-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Plataforma «JULIO» de Sunarp integrará consultas de precedentes registrales con IA [Resolución 00072-2026-Sunarp/SN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-LOGO-lp-derecho-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)












![¿Qué es la prescripción adquisitiva de dominio? Bien explicado [ACTUALIZADO 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/08/prescripcion-adquisitiva-de-dominio-LPDerecho-218x150.png)

![Cuando el art. 209 del anterior Reglamento condicionaba el inicio del procedimiento de liquidación final a la “resolución” y “consentimiento” de las controversias pendientes, se refería a aquellas resueltas mediante conciliación, arbitraje o JRD, y/o consentidas por no haberse impugnado dentro del plazo correspondiente, asimismo, el recurso de anulación solo evaluaba la validez del laudo y no suspendía su cumplimiento ni ejecutividad [Opinión D000004-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Plan de medios de la franja electoral de la segunda vuelta [Resolución Jefatural 000086-2026-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/oficina-nacional-procesos-electorales-onpe-2-LPDerecho-100x70.jpg)

![Tres son los elementos constitutivos del hostigamiento sexual laboral: (i) la conducta relacionada con temas de carácter sexual, manifestada de forma verbal, escrita, física o mediante abuso de autoridad; (ii) la conducta no bienvenida, evidenciada por el rechazo de la víctima; y, (iii) la afectación del empleo, al perjudicar a la víctima mediante amenazas o la creación de un ambiente laboral hostil [Casación 3804-2010, Del Santa, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)
![Plataforma «JULIO» de Sunarp integrará consultas de precedentes registrales con IA [Resolución 00072-2026-Sunarp/SN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-LOGO-lp-derecho-100x70.jpg)
![Cuando el art. 209 del anterior Reglamento condicionaba el inicio del procedimiento de liquidación final a la “resolución” y “consentimiento” de las controversias pendientes, se refería a aquellas resueltas mediante conciliación, arbitraje o JRD, y/o consentidas por no haberse impugnado dentro del plazo correspondiente, asimismo, el recurso de anulación solo evaluaba la validez del laudo y no suspendía su cumplimiento ni ejecutividad [Opinión D000004-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-100x70.jpg)
