Jurisprudencia del artículo 886 del Código Civil.- Bienes muebles

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Artículo 886.-Bienes muebles 

Son muebles:

1.- Los vehículos terrestres de cualquier clase.
2.- Las fuerzas naturales susceptibles de apropiación.
3.- Las construcciones en terreno ajeno, hechas para un fin temporal.
4.- Los materiales de construcción o procedentesde una demolición si no están unidos al suelo.
5.- Los títulos valores de cualquier clase olos instrumentos donde conste la adquisición de créditos o de derechos personales.
6.- Los derechos patrimoniales de autor, derechos de patente, nombres comerciales, marcas y otros derechos de propiedad intelectual.
7.- Las rentas o pensiones de cualquier clase.
8.- Las acciones o participaciones que cada socio tenga en sociedades o asociaciones, aunque a éstas pertenezcan bienes inmuebles.
9.- Los demás bienes que puedan llevarse de un lugar a otro.
10.- Los demás bienes no comprendidos en el artículo 885.


Concordancias

CC: arts. 18, 885, 2043-2045; CPC: arts. 596, 599, 704; LGS: art. 82; LTV: arts. 1 y ss.; LMV: art. 3; DL 822: arts. 1 y ss.; DL 1075: arts. 1 y ss.; Ley 27261: art. 37.3; Ley 28296: art. 1.


Jurisprudencia del artículo 886 del Código Civil

  • Corte Suprema 

  1. Municipalidad debe pagar multa si organizó eventos de obras musicales sin autorización de autor y sin ser un acto oficial [Casación 26111-2017, Lima]. Link: lpd.pe/2XjbR  

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