Artículo 84.- Suspensión de la prescripción*
Si el comienzo o la continuación del proceso penal depende de cualquier cuestión que deba resolverse en otro procedimiento, se considera en suspenso la prescripción.
La suspensión de la prescripción no podrá prolongarse más allá de los plazos que se disponen para las etapas del proceso penal u otros procedimientos. En ningún caso dicha suspensión será mayor a un año.
*Artículo modificado por la Ley 31751, publicada el 25 de mayo de 2023 (link: bit.ly/3OmOT2s).
Concordancias
CC: arts. 1994, 1995.
Jurisprudencia del artículo 84 del Código Penal
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Corte Suprema
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- NUEVO: Control difuso: Se inaplica la Ley 31751, referida a «la suspensión del plazo prescripción por un año» por ser desproporcionada y contravenir la protección de la seguridad pública o ciudadana y el valor justicia material, así como la tutela jurisdiccional de la víctima (Suprema ratifica el AP 5- 2023/CIJ-112) [Casación 2871-2023, Amazonas, f. j.9]. Link: lpd.pe/yAaeL
- NUEVO: No rige la suspensión de la prescripción de la acción penal a supuestos de contumacia porque «no se trata de otro procedimiento» (inaplicación de la Ley Soto 31751) [RN 946-2024, Cusco]. Link: lpd.pe/0ZQzY
- NUEVO: La conducta del procesado no configura causal de suspensión del plazo de prescripción de la acción penal [RN 1019-2024, Amazonas]. Link: lpd.pe/p3jVg
- NUEVO: La aplicabilidad de la Ley Soto contraviene el valor justicia material y la tutela jurisdiccional de la víctima [Casación 2888-2021, Arequipa]. Link: lpd.pe/k15AZ
- NUEVO: Es inconstitucional la suspensión del plazo prescriptorio por un año —Ley 31751— (doctrina legal) [AP 5-2023/CIJ-112]. Link: lpd.pe/2VRPJ
- Límite de duración de la suspensión de la prescripción generada por la formalización de investigación preparatoria (doctrina legal) [AP 3-2012/CJ-116]. Link: bit.ly/41UgGw9
- Formalización de investigación: Suspensión del plazo de prescripción no es ilimitada (doctrina legal) [AP 1-2010/CJ-116]. Link: bit.ly/3P5q1ey
- Cómputo del plazo de prescripción ante la suspensión por la interposición del recurso de queja excepcional (doctrina legal) [AP 6-2007/CJ-116]. Link: bit.ly/3LsUrIz
- NUEVO: Se puede aplicar Ley Soto (Ley 31751) si se cumplen estas tres «circunstancias especiales» [Casación 2505-2022, Lambayeque]. Link: lpd.pe/0mWWy
- [NUEVO] Primera casación que aplica la Ley 31751: suspensión de la prescripción no puede ser mayor a un año [Casación 1387-2022, Cusco]. Link: lpd.pe/pnQYD
- La acusación directa y la incoación del proceso inmediato suspenden el plazo de prescripción [Casación 515-2020, Cajamarca]. Link: bit.ly/3Pt8s7E
- Concluido el plazo de suspensión del art. 339 del NCPP, debe seguirse con el cómputo del plazo de prescripción del delito [Casación 2211-2019, La Libertad]. Link: bit.ly/3ZDtLZr
- Suspensión de la prescripción del art. 339 del NCPP tiene como plazo máximo la culminación de la investigación preparatoria o, en su defecto, el extremo máximo más la mitad de la pena para el delito imputado [Casación 1875-2018, Cajamarca]. Link: bit.ly/3UaAp87
- Prescripción: La causal de suspensión del art. 339.1 del NCPP es un precepto material y no puede aplicarse retroactivamente [Casación 666-2018, Callao]. Link: bit.ly/41WpiCq
- Regulación de la suspensión del plazo de prescripción de los arts. 84 del CP y 339 del NCPP (doctrina jurisprudencial) [Casación 442-2015, Del Santa]. Link: bit.ly/3RthKTg
- Periodo comprendido entre la denuncia formalizada hasta la acusación constitucional no se computa para el plazo prescriptorio [Casación 76-2010, Arequipa]. Link: bit.ly/3H8UiHz
- NUEVO: La suspensión del plazo prescriptorio por un año —Ley 31751— se debe aplicar por respeto al principio de legalidad y porque tiene «plenos alcances constitucionales» [RN 755-2023, Ica]. Link: lpd.pe/pAbrN
- NUEVO: Modificación del art. 84 del CP no alcanza a los supuestos de suspensión de la prescripción por contumacia (Ley Soto) [RN 175-2023, Lima]. Link: lpd.pe/pbmX4
- NUEVO: Ocho supuestos que suspenden la prescripción de la acción penal [RN 813-2023, Lima Este]. Link: lpd.pe/0LO1A
- NUEVO: Plazos de suspensión de la prescripción no pueden regularse a través de normas infralegales o interpretaciones judiciales [RN 323-2022, CSNJ Penal Especializada]. Link: lpd.pe/0Q3Q5
- NUEVO: No cabe computar, como causa de suspensión de la acción penal, resoluciones administrativas o criterios interpretativos que no se ajusten a la ley [RN 1417-2022, Lima]. Link: lpd.pe/pnZz3
- Declaración de contumacia suspende automáticamente el cómputo del plazo de prescripción de la acción penal [RN 972-2021, Cusco]. Link: bit.ly/411rwjr
- Los plazos de prescripción pueden ser aplicados retroactivamente si favorecen al reo, mas no los plazos de suspensión [RN 616-2020, Puno]. Link: bit.ly/41DiHxg
- Cuarentena por el Covid-19 constituye una circunstancia excepcional de suspensión del plazo de la prescripción de la acción penal [RN 616-2020, Puno]. Link: bit.ly/3ZKhRwN
- Opera la suspensión de la prescripción cuando se declara «contumaz» al procesado [RN 1999-2017, Lima Norte]. Link: bit.ly/3HaQRjM
- Plazo de prescripción de la acción penal se suspende por huelga judicial [RN 2622-2015, Lima]. Link: bit.ly/3ZHoVKo
- Cómputo del plazo de prescripción ante la suspensión por un procedimiento parlamentario de acusación constitucional [RN 2304-2014, Lima]. Link: bit.ly/3oBM3NM
- No procede la suspensión de prescripción si no se mencionó de modo expreso en la resolución de contumacia y si la fiscal no la cuestionó en su oportunidad [RN 2606-2013, Lima]. Link: bit.ly/3Uo1IeF
- NUEVO: No es posible aplicar retroactivamente la Ley 31751 —que fija el plazo de 1 año para la prescripción de la acción penal— por ser inconstitucional [Apelación 87-2023, Cajamarca]. Link: lpd.pe/kvEzE
- NUEVO: La interposición de la queja excepcional suspende el plazo de prescripción de la acción penal [Queja Excepcional 471-2022, Lima Este]. Link: lpd.pe/0Ab4N
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Corte Superior
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- NUEVO: Jurídicamente no se reconoce la suspensión del plazo de prescripción de la acción penal por la pandemia del covid-19 [Exp. 61-2021-53]. Link: lpd.pe/k57Ey
- [NUEVO] Juez inaplica, vía control difuso, la Ley 31751, ya que en los hechos «promueve la impunidad en los delitos de corrupción» [Exp. 00004-2015-87-5001-JR-PE-01]. Link: lpd.pe/kj7jg
- [NUEVO] Aplican el «test de proporcionalidad» a la ley Soto (Ley 32104) [Exp. 2740-2018-4]. Link: lpd.pe/kj74q
- [NUEVO] No cabe desvincularse del AP 05-2023, puesto que la Ley 32104 (ley Soto) no resulta proporcional ni constitucional [Exp. 2740-2018-4]. Link: lpd.pe/exB5Nj
- Control difuso: Se inaplica el plazo de suspensión de prescripción de la acción penal —Ley 31751— en hechos de delincuencia transnacional (caso Odebrecht) [Exp. 00011-2017-39]. Link: bit.ly/3rAyHTr
- Para calcular el plazo prescriptorio, se debe agregar al plazo extraordinario «un año» por la suspensión de la formalización de investigación (aplicación de la nueva Ley 31751) [Exp. 00978-2016-5]. Link: bit.ly/3ru9cTA
- No se debe suspender el plazo de prescripción de la acción penal por las disposiciones administrativas dictadas por el Covid-19 [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Lima Norte, 2022]. Link: bit.ly/3oE0Ebz
- El cómputo de los plazos de prescripción por formalización de investigación no es ilimitado si no equivale al plazo ordinario más la mitad [Pleno Jurisdiccional Nacional Penal y Procesal Penal, 2021] (virtual). Link: bit.ly/3fRqrcf
- Formalización de investigación: Vencido el plazo de suspensión para el cómputo del plazo de prescripción, se le suma el plazo que existía antes de la suspensión [Pleno Jurisdiccional Nacional Penal y Procesal Penal en Cajamarca, 2016]. Link: bit.ly/3DOPiWc
- La formalización de la investigación preparatoria suspende la prescripción de la acción penal [I Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Ica, 2011]. Link: bit.ly/3Kvw6kO
- La «contumacia» suspende la prescripción de la acción penal [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Penitenciario de Apurímac, 2007]. Link: bit.ly/41WJ4hs
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Tribunal Constitucional
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- NUEVO: El plazo de prescripción de la acción penal no puede ser modificado vía decreto de urgencia, resolución administrativa o criterio judicial interpretativo [Exp. 01063-2022-PHC/TC]. Link: lpd.pe/k6Dwv
- Juez no puede modificar, mediante decreto de urgencia, el plazo de la prescripción, pero sí el inicio del cómputo, la suspensión y la interrupción [Exp. 00985-2022-PHC/TC]. Link: bit.ly/3L5DUbP
- NUEVO: Modificaciones a las regulaciones de la prescripción de la acción penal no son retroactivas [Exp. 05179-2022-PHC/TC]. Link: lpd.pe/kDx53
- NUEVO: TC señala que la suspensión de la prescripción no puede prolongarse más allá de un año [Exp. 03496-2021-PHC/TC]. Link: lpd.pe/pqebm
- NUEVO: Resoluciones administrativas del CEPJ no puede modificar los plazos de prescripción al no tener rango de ley [Exp. 03580-2021-HC/TC]. Link: lpd.pe/0Jd9B
- Un trámite parlamentario en el antejuicio político suspende la prescripción penal [Exp. 5068-2006-PHC/TC]. Link: bit.ly/3Ao8gBy
- Diferencia entre la suspensión y la interrupción de la acción penal [Exp. 4118-2004-HC/TC]. Link: bit.ly/3Kb9jcC
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Juzgados
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- NUEVO: Corresponde aplicar la Ley 31751 —que fija el plazo de 1 año para la prescripción de la acción penal— declarada inconstitucional por el AP 5-2023 por razón de jerarquía y favorabilidad [Exp. 02710-2018-60]. Link: lpd.pe/kXqYx
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Congreso de la República
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- NUEVO: El límite a la investigación que señala la «Ley 31751» debió atender a la complejidad del caso (caso Soto Reyes) [Exp. 0143-2023-2024/CEP-CR]. Link: lpd.pe/kwojv
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