El Poder Ejecutivo oficializó la denominación del año 2026 como el «Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia», mediante el Decreto Supremo 011-2026-PCM.
El decreto dispone que, durante todo 2026, el nombre oficial deberá consignarse en los documentos oficiales. Además, encarga al Ministerio de Cultura establecer —mediante resolución ministerial— la traducción de la denominación a las lenguas indígenas u originarias que correspondan, para su uso en los territorios donde predominen, conforme al Mapa Etnolingüístico del Perú.
Decreto Supremo que declara el año 2026 como el “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
DECRETO SUPREMO Nº 011-2026-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 43 de la Constitución Política del Perú establece que la República del Perú es democrática, social, independiente y soberana;
Que, en el marco del ejercicio democrático de las instituciones que conforman el Estado peruano, pueden formularse, aprobarse e implementarse un conjunto de políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales, que se orientan hacia el desarrollo y el bienestar de la población;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 141-2025-PCM se aprueba la Política General de Gobierno 2025-2026: Transición Democrática y Reconciliación Nacional; la misma que establece como Eje 3: Garantizar una transición democrática ordenada y fortalecer la institucionalidad;
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Que, los lineamientos vinculados al Eje 3, que orientan el accionar del gobierno durante el mandato del Presidente de la República, son los siguientes: promover las condiciones necesarias para la realización de elecciones generales; respetar la libertad de prensa, la institucionalidad y autonomía de los organismos electorales; avanzar hacia un Estado moderno, predecible y confiable, capaz de ofrecer reglas claras y políticas públicas basadas en evidencia; realizar la rendición de cuentas al término del gobierno, de manera transparente; mejorar la concertación y espacios de diálogo entre los poderes del Estado, sector privado, actores políticos y sociales y la ciudadanía; y fortalecer la integridad pública y la lucha contra la corrupción en todas las entidades del Estado;
Que, en atención al marco normativo antes expuesto y ante la necesidad de seguir promoviendo la estabilidad institucional, fortalecer el Estado constitucional de derecho y reafirmar el compromiso democrático de la Nación, es prioritario promover un proceso de fortalecimiento de la democracia y del orden constitucional, que coadyuven a sensibilizar sobre la importancia de la democracia, la institucionalidad y su defensa, como medios para lograr el bienestar general; por lo que resulta necesario declarar el año 2026 como el “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1.- Declarar el año 2026 como el “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”.
Artículo 2.- Durante el año 2026, la frase aprobada mediante el artículo precedente se consigna en los documentos oficiales.
Artículo 3.- El Ministerio de Cultura, mediante Resolución Ministerial, establece la traducción de la denominación del año 2026 a las lenguas indígenas u originarias que correspondan, para su uso en los distritos, provincias y departamentos en donde predominen, conforme a lo señalado en el Mapa Etnolingüístico del Perú.
Artículo 4.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil veintiséis.
JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ
Presidente de la República
ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA
Presidente del Consejo de Ministros
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