Artículo 372.- Posición del acusado y conclusión anticipada del juicio*
1. El Juez, después de haber instruido de sus derechos al acusado, le preguntará si admite ser autor o partícipe del delito materia de acusación y responsable de la reparación civil.
2. Si el acusado, previa consulta con su abogado defensor, responde afirmativamente, el Juez declarará la conclusión del juicio. Antes de responder, el acusado también podrá solicitar por sí o a través de su abogado conferenciar previamente con el Fiscal para llegar a un acuerdo sobre la pena para cuyo efecto se suspenderá por breve término. La sentencia se dictará en esa misma sesión o en la siguiente, que no podrá postergarse por más de cuarenta y ocho horas, bajo sanción de nulidad del juicio. La reducción de la pena no procede en el delito previsto en el artículo 108-B y en los delitos previstos en el Libro Segundo, Título IV, Capítulo I: artículos 153, 153-A, 153-B, 153-C, 153-D, 153-E, 153-F, 153-G, 153-H, 153-I, 153-J y Capítulos IX, X y XI del Código Penal.
3. Si se aceptan los hechos objeto de acusación fiscal, pero se mantiene un cuestionamiento a la pena y/o la reparación civil, el Juez previo traslado a todas las partes, siempre que en ese ámbito subsista la contradicción, establecerá la delimitación del debate a la sola aplicación de la pena y/o a la fijación de la reparación civil, y determinará los medios de prueba que deberán actuarse.
4. Si son varios los acusados y solamente admiten los cargos una parte de ellos, con respecto a estos últimos se aplicará el trámite previsto en este artículo y se expedirá sentencia, continuando el proceso respecto a los no confesos.
5. La sentencia de conformidad, prevista en el numeral 2) de este artículo, se dictará aceptando los términos del acuerdo. No obstante, si a partir de la descripción del hecho aceptado, el Juez estima que no constituye delito o resulta manifiesta la concurrencia de cualquier causa que exima o atenúa la responsabilidad penal, dictará sentencia en los términos en que proceda. No vincula al Juez Penal la conformidad sobre el monto de la reparación civil, siempre que exista actor civil constituido en autos y hubiera observado expresamente la cuantía fijada por el Fiscal o que ha sido objeto de conformidad. En este caso, el Juez Penal podrá fijar el monto que corresponde si su imposición resultare posible o, en todo caso, diferir su determinación con la sentencia que ponga fin al juicio.
* Artículo modificado por la Ley 30963, publicada el 18 de junio de 2019 (link: bit.ly/44T7x9c).
Concordancias
CP: arts. 92-101; NCPP: art. 373; CPC: art. 474.
Jurisprudencia del artículo 372 del Código Procesal Penal
-
Corte Suprema
-
- NUEVO: La prohibición del acceso a la conclusión y terminación anticipada, establecida en el art. 5 de la Ley 30838 para delitos como el de violación sexual de menor de edad, quebranta el derecho a la igualdad ante la ley [Casación 2197-2022, Cajamarca, f. j. 15]. Link: lpd.pe/EPg65
- NUEVO: Aunque la encausada expresó su conformidad para arribar a la conclusión anticipada, esta no resulta válida, dado que el tribunal debió considerar la magnitud del estado puerperal en la imputada (control de legalidad), pues ello es necesario para determinar la imputabilidad en el delito atribuido (parricidio o infanticidio) [RN 829-2025, Lima Norte, ff. jj. 10, 14-15]. Link: lpd.pe/N71mg
- NUEVO: La prohibición del acceso a la conclusión y terminación anticipada en el delito de violación sexual quebranta el derecho a la igualdad ante la ley [Casación 4219-2024, La Libertad, f. j. 16]. Link: lpd.pe/z15nq
- Alcances sobre la conclusión anticipada (doctrina legal) [AP 5-2008/CJ-116]. Link: bit.ly/341l7Nr
- La prohibición de reducción de la pena por conclusión anticipada en delitos sexuales afecta la igualdad ante la ley [Casación 553-2021, Arequipa]. Link: bit.ly/3zaFBjh
- No se puede convenir una «aceptación parcial» de los cargos, máxime si se encuentran secuencias subjetivamente relacionadas [Casación 2048-2019, San Martín]. Link: bit.ly/3CUQIj0
- No existe justificación constitucional para inaplicar la reducción de pena por conclusión anticipada en los delitos sexuales [Casación 490-2019, Arequipa]. Link: bit.ly/3Kp1OOU
- NUEVO: No se aplica la reducción por conclusión anticipada, aunque la encausada se haya acogido mediante su abogado si no reconoce la tenencia de la droga y no firmo el acta [Casación 68-2019, Lambayeque]. Link: bit.ly/3M4yvlS
- Conclusión anticipada no impide al agraviado reclamar indemnización en vía civil [Casación 279-2018, San Martín]. Link: bit.ly/3C1Au58
- Si juez advierte una circunstancia agravante o un tipo legal distinto y más grave, debe denegar la conformidad [Casación 1511-2017, Santa]. Link: bit.ly/3QXtHAC
- Tercero civil rebelde está obligado a la indemnización de la sentencia conformada [Casación 1136-2016, Arequipa]. Link: bit.ly/3cQBZLh
- No es posible desvincular el tipo penal si ya se realizó arribo a una conclusión anticipada [RN 1316-2022, Lima Este]. Link: lpd.pe/0Komb
- Conclusión anticipada y confesión sincera: el «arrepentimiento» no es igual a la aceptación de cargos [RN 140-2020, Lima]. Link: bit.ly/3TUP9rs
- Disconformidad en el hecho de la imputación hace imposible dictar una sentencia conformada [RN 1000-2020, Lima]. Link: bit.ly/3KNnaWh
- Disconformidad de la defensa en tipificación del delito hace inaplicable conclusión anticipada [RN 988-2020, Lima Sur]. Link: bit.ly/3Auo2ue
- Conclusión anticipada no procede si abogado no está conforme con la aceptación de su patrocinado [RN 2213-2019, Lima]. Link: bit.ly/3Cz7WCg
- Conclusión anticipada: absolución solo se puede dar por atipicidad del hecho y no por la inexistencia de elementos probatorios [RN 1303-2019, Huancavelica]. Link: bit.ly/3RUN119
- NUEVO: Juez puede hacer un control de tipicidad en la sentencia conformada —conclusión anticipada— [RN 371-2018, Del Santa]. Link: bit.ly/3zLhVBR
- Se necesita de una mínima corroboración del delito para la conclusión anticipada [RN 916-2018, Callao]. Link: bit.ly/3thubq3
- Diferencias entre confesión sincera y conclusión anticipada [RN 1548-2018, Lima Este]. Link: bit.ly/3Tk9o1l
- Jueces no puede interpretar y valorar actos de investigación o prueba preconstituida [RN 339-2018, Lima Este]. Link: bit.ly/3Tl5Lbh
- La conclusión anticipada «tardía» es una figura inexistente en el proceso penal [RN 2734-2017, Lima Norte]. Link: bit.ly/3McKP2Z
- Delitos sancionados con cadena perpetua se reducen a 35 años por beneficio de conclusión anticipada [RN 1969-2017, Lima]. Link: bit.ly/3KsQotp
- NUEVO: Juez no necesariamente debe reducir hasta la sétima parte de la pena por conclusión anticipada [RN 1441-2017, Lima]. Link: bit.ly/3O8k8zJ
- Conclusión anticipada: cadena perpetua se reduce a la pena temporal máxima [RN 2583-2015, Callao]. Link: bit.ly/3pPTG0w
- [NUEVO] Nadie puede ir contra sus propios actos: Acusado que se somete a una conformidad procesal no puede impugnar alegando la existencia de una eximente [RN 125-2014, Lima Norte]. Link: bit.ly/3BGPaaF
- Juez no puede variar los hechos de la acusación en la conclusión anticipada [RN 3257-2014, Junín]. Link: bit.ly/3Mb3ZpO
- Reducción de un sétimo de pena se aplica al quantum determinado por el juez [RN 1947-2014, Lima]. Link: bit.ly/3Temld7
- Defensa técnica deficiente —vicio de voluntad— determina la falta de eficacia jurídica de conclusión anticipada [RN 2925-2012, Lima]. Link: bit.ly/3dU7pR3
- Es posible absolver al acusado que se acoge a la conclusión anticipada vía control judicial del acuerdo [RN 1318-2011, Ayacucho]. Link: bit.ly/35boFxn
- Las conformidades no vienen precedidas de actividad probatoria (doctrina jurisprudencial vinculante) [RN 2206-2005, Ayacucho]. Link: bit.ly/3A2Ytlh
- Juez está autorizado a recorrer la pena en toda su extensión e incluso a fijar su absolución [RN 1766-2004, Callao]. Link: bit.ly/3QkswJT
- Se puede arribar a una conclusión anticipada luego de que el acusado se declare inocente, siempre que no empiece el debate probatorio [Apelación 17-2022, Huánuco]. Link: bit.ly/3zgwo98
- Imputado que fue juez penal no puede alegar confusión al dar conformidad en conclusión anticipada [Apelación 22-2019, Lima Norte]. Link: bit.ly/3NIyEtW
- Violación: inaplican prohibición de reducción de pena por confesión sincera y conclusión anticipada por vulnerar el principio de igualdad [Consulta 11173-2020, Cajamarca]. Link: bit.ly/3cD318S
- Prohibir terminación y conclusión anticipada en delitos sexuales no vulnera el derecho de igualdad [Consulta 30146-2018, Cusco]. Link: bit.ly/3QVqm4A
-
Corte Superior
-
- Se debe inaplicar la ley que prohíbe la terminación y conclusión anticipada en delitos sexuales, ofensas al pudor y proxenetismo [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal del Callao, 2019]. Link: bit.ly/3pPSxpK
- NUEVO: Aplicación de la reducción por terminación y conclusión anticipada en los delitos contra la libertad sexual debe ser sometida a un control difuso caso por caso [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Lima Este, 2018]. Link: bit.ly/3IclqWz
- Desaprobado el acuerdo se continúa con el juicio y se actúa la prueba [Pleno Jurisdiccional Nacional Penal en Lima, 2013]. Link: bit.ly/3fRqcOl
- Sí procede aplicar la conclusión anticipada sobre una acusación complementaria [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Cusco, 2013]. Link: bit.ly/3W5OfJE
- Es posible aplicar la reducción por conclusión anticipada en delitos con cadena perpetua [III Pleno Jurisdiccional Distrital de Familia, Civil, Procesal Penal y Civil de Apurímac, 2011]. Link: bit.ly/3DPij5k
- Juez penal debe aceptar la conclusión anticipada aun cuando la Corte Suprema haya ordenado la realización de pruebas [Pleno Jurisdiccional Distrital Civil, Laboral, Contencioso Administrativo y Penal de Loreto, 2007]. Link: bit.ly/3SR4rf1
- Alcances de la conclusión anticipada de acusado que no declaró en la investigación [Pleno Jurisdiccional Distrital Civil, Laboral, Contencioso Administrativo y Penal de Loreto, 2007]. Link: bit.ly/3WuBOHw
- Aplicación de la conclusión o terminación anticipada no solo es para los procesos simples sino complejos [Pleno Jurisdiccional Regional sobre explotación sexual en niños, niñas y adolescentes de Loreto, Madre de Dios, Cusco, Lima, Lima Norte, Callao, Cañete y Huaura, 2007]. Link: bit.ly/3A3nFaF
-
Tribunal Constitucional
-
- Imputado puede apelar sentencia que aprobó conclusión anticipada [Exp. 02721-2019-PHC/TC]. Link: bit.ly/3pqD7YZ
- El juez no puede aprobar parcialmente el acuerdo de conclusión anticipada si Fiscalía se desiste [Exp. 03275-2015-PHC/TC]. Link: bit.ly/33Zws0u
-
Legislación
-
- NUEVO: Aprueban Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de la Conclusión Anticipada del juicio [DS 017-2025-JUS]. Link: lpd.pe/Em1rD
- NUEVO: Ley sobre conclusión anticipada de la instrucción en procesos por delitos de lesiones, hurto, robo y microcomercialización de droga, descubiertos en flagrancia con prueba suficiente o imputados sometidos a confesión sincera [Ley 28122]. Link: bit.ly/3PUaO3c
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Procesal Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
Comentarios:


![No se puede asumir que, en ejercicio del derecho a la objeción de conciencia, al considerar que las resoluciones en otros procesos eran arbitrarias, se pueda justificar su conducta evasiva de la justicia al ocultarse de las autoridades (caso Cerrón Rojas) [Exp. 00062-2021-40-5002-JR-PE-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/VLADIMIR-CERRON-DOCUMENTO1-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Los jueces tienen la obligación de no asumir una acepción tácita del silencio, pero si a darle un sentido interpretativo del mismo que pueda ayudar a dilucidar la causa [Casación 2987-2022, Piura f. j. 6.11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El silencio, tomando en cuenta los demás elementos probatorios actuados, puede inducir a sospecha, esto es, darle un sentido interpretativo, pero una sospecha no es un indicio [Casación 2987-2022, Piura, f. j. 6.11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala prohíbe cautelarmente el uso de los caballos para reprimir multitudes [Expediente 00316-2018-86]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/policia-montada-peru-protesta-caballo-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)



![[Balotario notarial] La función notarial y los instrumentos públicos notariales: estructura, límites y naturaleza administrativa](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/FUNCION-NOTARIAL-GESTION-PERU-LPDERECHO-218x150.jpg)


![¿Es válido el despido del trabajador por miccionar en una bolsa dentro del área de trabajo y dejarla expuesta a la vista de sus compañeros? [Cas. Lab. 8119-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Trabajandor-LPDerecho-218x150.png)

![Las medidas correctivas adoptadas tras un accidente laboral no liberan de responsabilidad al empleador [Resolución 0036-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/accidente-laboral-construccion-indemnizacion-caida-lesiones-dano-LPDerecho-218x150.png)
![La no efectiva y válida notificación de la sentencia condenatoria al imputado genera indefensión, pues se le habría imposibilitado conocer el contenido de dicha sentencia y, por tanto, impugnarla [Exp. 01649-2024-PHC/TC, f. j. 11] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Luz Pacheco sobre caso Cerrón: TC acordó que casos con repercusión política se verían antes de elecciones](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/Luz-Pacheco-Zerga-tribunal-constitucional-tc-LPDerecho-218x150.png)

![Aprueban características de los medios de defensa a emplearse por el personal de serenazgo municipal [Resolución Ministerial 0323-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/04/serenazgo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Modifican Reglamento de financiamiento de fondos partidarios de la ONPE [Resolución Jefatural 000042-2026-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/oficina-nacional-procesos-electorales-onpe-LPDerecho-218x150.jpg)
![JNE precisan condiciones para aplicar valla electoral en las elecciones generales 2026 [Acuerdo del Pleno (12/3/2026)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/JNE-218x150.png)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)









