Jurisprudencia del artículo 360 del Código Procesal Civil.- Prohibición de doble recurso

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Artículo 360.- Prohibición de doble recurso
Está prohibido a una parte interponer dos recursos contra una misma resolución


Concordancias

CPC: arts. 51.4, 110, 112.1; DS 004-2019-JUS: art. 224.


Jurisprudencia del artículo 360 del Código Procesal Civil

  • Corte Suprema

  1. Casación formulada por municipalidad es improcedente si contra la misma resolución impugnada se dedujo nulidad procesal [Casación 9222-2012, Cusco]. Link: lpd.pe/krr1m
  2. Carece de objeto resolver casación presentada por abogado del municipio si alcalde empleó el mismo recurso para cuestionar la sentencia [Casación 3212-2012, La Libertad]. Link: lpd.pe/0WMGm

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