Jurisprudencia del artículo 2039 del Código Civil.- Actos y resoluciones inscribibles

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

36

Artículo 2039.- Actos y resoluciones inscribibles
Se inscriben en este registro:

1. Los testamentos.

2. Las modificaciones y ampliaciones de los mismos.

3. Las revocaciones de los actos a que se refieren los incisos 1 y 2.

4. Las sentencias ejecutoriadas sobre nulidad, falsedad o caducidad de los testamentos.

5. Las sentencias ejecutoriadas en los juicios sobre justificación o contradicción de la desheredación.

6. Las escrituras revocatorias de la desheredación.


Concordancias

CC: arts. 686 y ss., 742-807, 808 y ss.; DL 1049: arts. 67-74.


Jurisprudencia del artículo 2039 del Código Civil

Tribunal Registral

  1. La aceptación expresa de la herencia solo es inscribible en el Registro de Testamentos dentro del mismo plazo que se tiene para renunciar a ella [Resolución 299-2016-Sunarp-TR-T]. Link: lpd.pe/9Lfrd
  2. No procede la inscripción de la caducidad del testamento de heredero fallecido cuando no se ha acreditado que haya dejado representación sucesoria [Resolución 2104-2016-Sunarp-TR-L]. Link: lpd.pe/4Trak
  3. La designación de un miembro de la Junta de Administración de los bienes de la masa hereditaria no es un acto inscribible en el Registro de Testamentos [Resolución 2134-2013-Sunarp-TR-L]. Link: lpd.pe/YU458

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Comentarios: