Jurisprudencia del artículo 119-A del Código Procesal Penal.- Audiencia

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Artículo 119-A.- Audiencia*
1. La presencia física del imputado es obligatoria en la audiencia del juicio, conforme al inciso 1) del artículo 356, así como en aquellos actos procesales dispuestos por ley.

2. Excepcionalmente, a pedido del fiscal, del imputado o por disposición del juez, podrá utilizarse el método de videoconferencia en casos que el imputado se encuentre privado de su libertad y su traslado al lugar de la audiencia encuentre dificultades por la distancia o porque exista peligro de fuga.(*)

*Artículo incorporado por la Ley 30076, publicado el 19 de agosto de 2013 (link: bit.ly/44KHMrq)


Jurisprudencia del artículo 119-A del Código Procesal Penal

  • Corte Suprema

    1. Es posible realizar partes del juicio por videoconferencia si es de carácter urgente y no resulta necesaria la presencia física [RN 795-2018, Cajamarca]. Link: bit.ly/3A0436m
    2. Audiencia por videoconferencia: Se vulnera el derecho de defensa si no se le permite al imputado reunirse presencialmente con su abogado [RN 999-2016, Loreto]. Link: bit.ly/3QsZTv0
  • Corte Superior

    1. Registro de audiencias en audio es compatible con la oralidad del proceso penal [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de La Libertad, 2010]. Link: bit.ly/3WgbJvI
  • Tribunal Constitucional

    1. Audiencia por videoconferencia no vulnera el derecho de defensa [Exp. 02738-2014-PHC/TC]. Link: bit.ly/3ApiWk0
  • Legislación

    1. Lineamientos para el desarrollo e instalación de audiencias realizadas en los procesos penales [Directiva 002-2018-CR-PJ]. Link: bit.ly/3SS8CIx
    2. Protocolo de actuación interinstitucional específico de gestión y dirección de audiencias [DS 010-2018-JUS]. Link: bit.ly/3QGPyuI
    3. Lineamientos para el uso de la videoconferencia en los procesos penales [Directiva 001-2014-CE-PJ]. Link: bit.ly/3NEr6KG
    4. Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias [RA 008-2011-SP-CS-PJ]. Link: bit.ly/3sZW8D2
    5. Reglamento general de audiencias bajo las normas del Código Procesal Penal [RA 096-2006-CE-PJ]. Link: bit.ly/3qjpjQf

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